La empresa fracciona­dora de la cadena Big­gie se encuentra bajo investigaciones tanto por la Dirección Nacional de Vigi­lancia Sanitaria (Dinavisa) y por la Secretaría de Defensa del Consumidor y el Usuario (Sedeco), quienes abordan el caso desde las perspectivas sanitaria y de defensa al con­sumidor, respectivamente. Aclaran que Dinavisa tiene la facultad exclusiva de rea­brir los locales.

Dinavisa abrió un sumario por cuestiones sanitarias y Sedeco se aboca a un procedi­miento ante posibles infrac­ciones de la Ley de Defensa del Consumidor, explicó Gus­tavo Benítez, asesor jurídico de la Sedeco, ayer viernes, en comunicación con el pro­grama “Arriba hoy” del canal GEN y Universo 970 AM/Nación Media.

Benítez recordó que la resolu­ción del 12 de agosto dispuso la suspensión temporal de actividades y la prohibición de comercialización de pro­ductos regulados es exclusiva competencia de Dinavisa.

Invitación al canal de WhatsApp de La Nación PY

“Cuando hablamos de defensa del consumidor siempre nos referimos a la relación con el consumidor final. En este caso, se trata de un eslabón anterior de la cadena, por lo que no entra en nuestra com­petencia directa”, aclaró.

No obstante, la institución realizó fiscalizaciones previas en el marco de una denuncia ciudadana y, posteriormente, inspecciones aleatorias que detectaron irregularida­des en el 100 % de los locales visitados. Señaló que estos hallazgos fueron remitidos a Dinavisa y derivaron en una fiscalización conjunta.

DOS SUMARIOS

“Son dos sumarios paralelos porque estamos hablando de una cuestión que tiene que ver con la vigilancia sanitaria y otra cosa que tiene que ver con la ley de defensa del con­sumidor. Cuando hablamos de derecho al consumidor está garantizado y se reconoce el derecho a la protección a la salud y la seguridad frente al riesgo provocado. Entonces son dos normativas distin­tas que pudieran haber sido infringidas”, dijo.

En cuanto a versiones que hablaban de un “cierre” defi­nitivo, Benítez remarcó que la medida es una suspensión temporal respaldada por un acto administrativo, cuyo alcance está claramente esta­blecido en la resolución.

Déjanos tus comentarios en Voiz