En las primeras dos semanas de enero, el Ministerio de Tra­bajo, Empleo y Seguridad Social (MTESS) recibió 286 denuncias contra 201 empre­sas por incumplimiento del pago de aguinaldo.La institu­ción también empezó el pro­ceso de fiscalización de los establecimientos que no acu­dieron a la conciliación para ponerse al día con sus traba­jadores, y tramita los pedi­dos de órdenes judiciales de allanamiento para ingresar a aquellas empresas que recu­rrieron a mecanismos obs­tructivos para impedir la ins­pección, publicó el portal IP.

Del total de denuncias reci­bidas, 207 son nominales y 79 anónimas. En cuanto al medio que utilizaron los trabajadores para hacer saber la vulneración de su dere­cho a percibir el aguinaldo, 160 lo hicieron de manera presencial, 72 a través del WhatsApp, 53 vía online y 1 mediante llamada telefónica.

Un 57,5 % de las denuncias afecta a empresas de Asun­ción y Central y el 42,5 % a establecimientos del interior del país. Otros datos que arro­jan los registros del MTESS es que el 65 % de los denun­ciantes son varones y el 35 % mujeres.

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En el marco del operativo aguinaldo, la cartera de Tra­bajo también comenzó el proceso de fiscalización de empresas, con el objetivo de garantizar el respeto de los derechos laborales y asegu­rar que los trabajadores reci­ban los beneficios correspon­dientes.

Los primeros procedimien­tos de inspección abarcaron a empresas de la construcción, de transporte y de servicios de limpieza, las cuales figuran entre los sectores con mayor cantidad de denuncias por incumplimiento del pago del aguinaldo, junto con el rubro de comercio y de seguridad.

La orden de fiscalización se emite luego de que la empresa no haya comparecido a la ins­tancia de conciliación entre las partes, en la que se busca el cumplimiento de la remu­neración complementaria. El proceso puede culminar en una multa administrativa a la patronal denunciada, que va de 10 a 30 jornales mínimos por cada trabajador afectado.

Igualmente, el MTESS alista los trámites para ingresar a aquellas empresas que se negaron a ser fiscalizadas. El artículo 18 de la Ley n.º 5115/2013 autoriza a la ins­titución a recurrir a un juez competente para una orden de allanamiento de los esta­blecimientos y de institucio­nes y entidades públicas y pri­vadas, en caso de oposición a que sean inspeccionados y hacer uso de la fuerza pública a dicho efecto.

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