El Servicio Nacional de Calidad y Salud Animal (Senacsa) informó sobre la prohibición del uso de promotores de crecimiento en la alimentación de los animales que figuren dentro de los establecimientos inscriptos en el Sistema de Trazabilidad del Paraguay (Sitrap). La disposición se aplicará además a instalaciones de otras especies de animales, cuyas carnes sean destinadas a exportación a la Unión Europea.

A través de la resolución n.° 1654 resolvieron que en el territorio nacional no será permitida la elaboración, importación, comercialización, uso y tenencia de sustancias farmacológicamente activas, cuya finalidad sea promover el crecimiento, mejorar el desempeño o la eficiencia alimentaria en alimentos para ejemplares que estén bajo dicho sistema.

La medida entrará en vigencia a partir del 24 de noviembre de este año. Las empresas titulares de registros de alimentos para animales que ya cuenten con registros sanitarios aprobados tendrán un plazo 120 días corridos, a partir de la emisión de la resolución a fin de cumplir con la impresión de una leyenda en los envases, etiquetados o rotulados que indiquen la prohibición del uso en ganados cuyas carnes sean destinadas al mercado europeo, y detallar otras documentaciones.

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Desde el Senacsa alegaron que la producción ganadera ocupa un lugar muy importante en la actividad agropecuaria de nuestro país y esta regulación tiene una influencia considerable en el cuidado y la cría de animales, incluidos los no destinados a la producción de alimentos, y en la elaboración de productos de origen animal. Mencionaron que la protección de la sanidad animal debe constituirse en uno de los principales pilares del sector agropecuario.

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