La directora del Trabajo y presidenta del Consejo Nacional de Salarios Mínimos (Conasam), Karina Gómez, confirmó que finalmente se reunirán este martes 20 de junio, para estudiar las posibles implicancias del reajuste del salario mínimo, que en base al informe del Banco Central del Paraguay (BCP), sería del 5,1 %, es decir, G. 130.000. Recordó que existen otras actividades fuera de lo que sería el salario mínimo legal vigente, que también deberán aplicar su reajuste conforme lo establece la normativa salarial a la cual está sujeta el país, así como el aumento de las tasas judiciales y la asistencia alimenticia, dijo.

“Este martes estaríamos estudiando el reajuste, viendo las implicancias en el sistema laboral y establecer políticas salariales. Esto contempla que en julio ya se tiene que aplicar automáticamente a todos los salarios mínimos, pero también existe el monto determinado para actividades diversas y unas 350 actividades específicas, estas también se verán impactadas”, expresó a la 1000 AM.

LEY RIGE DESDE 2016

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Gómez explicó que la ley que estipula el salario mínimo en Paraguay rige desde 2016, la cual establece claramente que la base del reajuste salarial se debe dar conforme a la variación interanual de los índices del precio del consumidor (IPC) que dan la inflación y su impacto en la economía nacional, analizados por el BCP.

Sobre este punto, es que desde la Central Nacional de Trabajadores (CNT), uno de los integrantes del Conasam al igual que los empleadores y los representantes del gobierno, en este caso del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTESS), objetaban que la propia banca matriz sea la institución que analice las variaciones de los precios, que además incluye a más de 450 denominaciones más allá de la canasta básica familiar.

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