Desde el Ministerio de Hacienda informan que hasta el próximo 30 de junio del 2023 seguirá vigente el régimen excepcional y transitorio para la regularización de deudas impositivas con 0% de recargo o interés. Al respecto, la Subsecretaría de Estado de Tributación (SET), con el fin de dispersar dudas, recuerda que este régimen excepcional y transitorio rige para las obligaciones tributarias vencidas de periodos fiscales mensuales y ejercicios fiscales cerrados al 31 de diciembre del 2020.
Los mismos hacen referencia a certificados de deuda en gestión de cobro por parte de la Abogacía del Tesoro para ajustes fiscales de determinaciones tributarias y sanciones en trámite en sede jurisdiccional; así también, para ajustes fiscales de determinaciones tributarias y sanciones en procesos de gestión de cobro por parte de la SET, siempre que cuente con conformidad o allanamiento expreso del contribuyente.
En ese sentido, reiteran que los interesados deberán abonar el monto total de la deuda o formalizar un plan de facilidad de pago, el cual podrá realizarse hasta en 36 cuotas mensuales a una tasa de interés mensual del 0,75% y excepcionalmente hasta en 60 cuotas mensuales a una tasa del 1,1%, siempre que el monto individualmente o en su conjunto supere los G. 1.000 millones. Los que quieran acceder a este régimen deberán enviar una solicitud a uno de estos contactos, según corresponda: abogacia@hacienda.gov.py, gestiondocumental@set.gov.py, regionales@set.gov.py, cobranzas@dgror.gov.py, cobranzas@dggc.gov.py
Por otro lado, también es importante recordar que este marzo vence el plazo para la liquidación del impuesto a la renta personal (IRP) por rentas provenientes de la prestación de servicios personales (IRP-RSP) y por rentas y ganancias del capital (IRP-RGC).