El Banco Central del Paraguay (BCP) aclaró que las entida­des financieras no están obli­gadas a aceptar billetes daña­dos pese a que sean mínimos. Mencionaron que depende de las políticas internas de cada entidad, por lo que no se dis­pone de ningún tipo de impo­sición para las financieras, bancos y casas de cambios.

La Resolución N° 7, acta 68 de la fecha 25 de noviembre del 2022, en cuanto a la comer­cialización de billetes con daños mínimos que deben aceptar dichas entidades, lo que dispone es justamente, el procedimiento y las condi­ciones mínimas para realizar remesas físicas de divisas al exterior.

UN PROBLEMA

La medida no dispone de manera alguna ni obligación a las entidades para reali­zar remesas, ni cuestiones relativas a la comercializa­ción de billetes con daños mínimos que deban acep­tar las entidades financieras puesto que hace referencia a políticas internas de cada entidad financiera. Casas de cambios cuestionaron dicha resolución porque si bien aceptan los billetes con daños, no pueden realizar las ventas al exterior, deri­vando en un problema bas­tante importante.

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