La Subsecretaría de Estado de Tributación (SET) emitió la reso­lución general Nº 112/2022, a través de la cual estable­ció que la solicitud para la obtención de la resolución de liberación de Impuesto al Valor Agregado (IVA) para la elaboración de bio­combustible, prevista en la Ley Nº 6.389/2019, deberá ser presentada y tramitada a través del Sistema de Ges­tión Tributaria Marangatu, informó ayer la depen­dencia del Ministerio de Hacienda a través de un comunicado

En el documento aclara que para esta finalidad, el con­tribuyente, el representante legal o el tercero autorizado debe ingresar utilizando su clave de acceso confiden­cial de usuario, en la opción “Franquicias fiscales/Solici­tud franquicias/Solicitud de franquicias fiscales”.

“A dicho efecto, el contribu­yente deberá estar al día con el cumplimiento de la pre­sentación de sus declaracio­nes juradas determinativas e informativas, así como en el pago de sus obligaciones tributarias, y adjuntar los documentos señalados en el Artículo 2 en la citada regla­mentación”, menciona.

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Por otro lado, la SET tam­bién aclaró que la solici­tud para la obtención de la resolución de liberación de impuesto a través del Sis­tema de Gestión Tributa­ria Marangatu, prevista en la Resolución General Nº 112/2022, estará disponi­ble dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la publicación de la mencio­nada resolución.

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