El Instituto de Previsión Social (IPS) informó acerca de la nueva Resolución N° 059-002/2021, vía Consejo de Administración, de fecha 6 de julio, sobre las solicitudes de Prestaciones a Derechos Habientes (PDH).

La administración resolvió que para los casos de solicitudes de PDH, en los que el haber jubi­latorio de jubilados fallecidos excedan los dos salarios míni­mos legales vigentes, serán recepcionadas y concedidas provisoriamente en un 50%. El comunicado aclara a la vez que la resolución contempla hasta que se presente la Sen­tencia Declaratoria de Herede­ros, para lo cual se firmará una Declaración Jurada (DDJJ).

Explica, además, que esta modalidad de pago será como máximo por un período de dos años, cuyo inicio será conside­rado desde la fecha de la reso­lución de concesión del bene­ficio, período durante el cual se deberá adjuntar la Senten­cia Declaratoria de Herederos. Por otro lado, el Consejo Admi­nistrativo recalca que para la concesión de las Pensiones a Derecho Habientes, en las que el haber jubilatorio del jubilado fallecido sea inferior a dos sala­rios mínimos, no requerirá la presentación de la Sentencia Declaratoria de Herederos.

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