La Dirección General de Per­sonas y Estructuras Jurídi­cas y Beneficiarios Finales (DGPEJBF), dependiente del Ministerio de Hacienda, aclara que las sanciones de prohibición de operar con entidades que integran el sistema financiero y el blo­queo del Registro Único del Contribuyente (RUC) para las sociedades anónimas y demás personas y estruc­turas jurídicas en gene­ral empezarán a ser efecti­vamente aplicadas una vez emitida la reglamentación correspondiente por el Poder Ejecutivo, así como la remi­sión del listado de sociedades anónimas que han cumplido dichas normas.

Esta disposición va para aquellas sociedades anóni­mas y personas y estructu­ras jurídicas que se encuen­tren en incumplimiento de las obligaciones estableci­das en la Ley N° 5895/2017, Ley N° 6399/2019 y Ley N° 6446/2019.

La DGPEJBF y la Abogacía del Tesoro, dependientes del Ministerio de Hacienda, se encuentran trabajando con la Superintendencia de Bancos del Banco Cen­tral del Paraguay (BCP), la Subsecretaría de Estado de Tributación (SET) y en con­sulta con gremios del sector financiero, en la reglamenta­ción que establecerá los pla­zos, formas y alcances para la correcta aplicación de las sanciones correspondien­tes por parte de las entida­des que integran el sistema financiero y la administra­ción tributaria.

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