La Subsecretaría de Estado de Tributación (SET) dispuso la simplificación de los procedimientos de inscripción, actualización y cancelación del Registro Único de Contribuyentes (RUC) en un solo cuerpo normativo, a través de la Resolución General 79/2021, teniendo en cuenta las disposiciones de la Ley N° 6380/2019 de Modernización y Simplificación del Sistema Tributario Nacional. La adecuación de los procedimientos administrativos agilizará y facilitará a los contribuyentes el acceso a las informaciones necesarias para la realización de los referidos trámites.
Respecto al proceso de inscripción en el RUC y con el objeto de facilitar el registro de dicha solicitud, se implementará a partir del 1 de mayo del presente año la posibilidad de editar la información de la solicitud de inscripción cuando los datos consignados no correspondan o los documentos anexados se encuentren incompletos o no cumplan con los requerimientos establecidos. En estos casos, la SET remitirá las observaciones y un enlace al correo electrónico declarado, para que el interesado pueda realizar las correcciones dentro de los 5 días hábiles luego de la remisión del enlace para dicho efecto.
También la administración tributaria procesará las solicitudes de inscripción y actualización de datos dentro de los 3 días hábiles siguientes a su ingreso, la solicitud de cancelación del RUC será gestionada dentro de los 10 días hábiles y la suspensión temporal del RUC podrá realizarse hasta un plazo máximo de 60 meses. Además, desde el 1 de mayo se habilitará una opción en la página web para el ingreso de las solicitudes de reactivación de RUC cancelado, mientras tanto las mismas se recepcionarán a través de la sección “Contáctenos”.
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Gobierno ya instaló 12 mesas de protección social en 7 departamentos
El ministro de Desarrollo Social, Tadeo Rojas, explicó el proceso de instalación de mesas de protección social, que hasta el momento ya se logró en 12 distritos de 7 departamentos. Indicó que todas las instituciones del Estado trabajan de manera coordinada en el plan de la protección social.
“Todas las instituciones que conforman el Gabinete Social trabajan localmente en la mesa de protección social y hacen un diagnóstico de todos los problemas que hacen relación a sus roles y se elabora un plan de acción territorial”, indicó en entrevista a Paraguay TV.
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Este plan de acción territorial establece las prioridades, las necesidades que tiene cada distrito, en todos los ámbitos, de acuerdo a las explicaciones del ministro Rojas.
“Ese plan de acción territorial establece las prioridades de las necesidades que tiene ese distrito, ya sea en programa social, ya sea en agricultura, ya sea en salud, en educación, en caminos, en seguridad, en violencia contra los derechos de la mujer, los derechos del niño, todo lo que hace relación a la vida de la ciudadanía”, mencionó.
Indicó además, que una vez que se haya elaborado en un documento firmado por todos los integrantes de la mesa, este plan de acción territorial se elevará al gabinete social y, posteriormente, el presidente de la República, Santiago Peña, encargará a sus ministros los trabajos que estarán a cargo.
“El presidente en su momento, cuando tengamos todos los planes de acciones territoriales de cada distrito, va a convocar al gabinete y le va dar la misión a cada ministerio para que funcione ese plan de acción se puedan ejecutar las acciones”, detalló el ministro de Desarrollo.
Finalmente, adelanto que “habrán acciones inmediatas, corto, mediano, largo plazo, pero sí enfocarse sobre los problemas y las necesidades más prioritarias que tienen estos distritos”.
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Cerca de destrabar proceso penal de Abdo y su gavilla
El proceso penal por siete hechos punibles que enfrentan el expresidente de la República Mario Abdo Benítez y su gavilla, por la filtración de información de la Seprelad, debe destrabarse en la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia. Los integrantes de la sala son los ministros Luis María Benítez Riera, Manuel Ramírez Candia y César Diesel.
Los altos magistrados deben resolver la recusación que presentó el abogado Felino Amarilla, defensor del imputado Carlos Arregui, contra los camaristas María Belén Agüero, Jesús Riera y Arnaldo Fleitas.
El ministro Benítez Riera es el preopinante en el presente caso y el mismo ya emitió su voto sobre la recusación contra los camaristas. Ahora, el expediente pasó al gabinete del ministro Diesel, quien deberá votar igualmente, ya sea en el mismo sentido o en disidencia, para luego emitir su voto el ministro Ramírez, sobre el planteamiento dilatorio de la defensa del imputado Arregui.
Una vez que se tengan los votos de los tres altos magistrados, se tendrá la resolución sobre la recusación que pesa sobre el Tribunal de Apelación. En caso de ratificarse la competencia de los camaristas, estos deben decidir sobre la recusación de la jueza Cynthia Lovera. Esta, a su vez, una vez que sea confirmada, deberá estudiar doce chicanas más presentadas por los abogados de los imputados en el presente caso.
Hasta el momento, los abogados defensores de los imputados solo se dedican a presentar incidentes dilatorios, debido a que la imputación fiscal está bien elaborada y sostenida, conforme a los elementos de prueba que se recolectaron durante la etapa investigativa.
Entre las chicanas que se presentaron en el referido expediente judicial, se encuentra el recurso de reposición con apelación en subsidio en contra de la providencia de fecha 14 de marzo de 2024, que admite el acta de imputación. Todos los imputados presentaron este recurso que es al solo efecto de dilatar el caso.
IMPUTACIÓN
En el presente caso, están imputados Mario Abdo Benítez, Carlos Arregui, Arnaldo Giuzzio, René Fernández, Carmen Pereira, Daniel Farías, Guillermo Preda, Francisco Pereira y Mauricio Espínola.
Los supuestos delitos cometidos que se les atribuyen son: revelación de secretos de servicio, revelación de secretos privados por funcionarios o personas con obligación especial, inducción a un subordinado a un hecho punible, denuncia falsa, simulación de un hecho punible, usurpación de funciones públicas y asociación criminal.
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Filtración Seprelad: en puertas de destrabar proceso penal de Mario Abdo y su gavilla
El proceso penal por siete hechos punibles que enfrentan el expresidente de la República Mario Abdo Benítez y su gavilla, por la filtración de información de la Seprelad, debe destrabarse en la sala penal de la Corte Suprema de Justicia. Los integrantes de sala son los ministros de justicia Luis María Benítez Riera, Manuel Ramírez Candia y César Diesel.
Los altos magistrados deben resolver la recusación infundada que presentó el abogado Felino Amarilla, defensor del imputado Carlos Arregui, contra los camaristas María Belén Agüero, Jesús Riera y Arnaldo Fleitas.
El ministro Benítez Riera es el preopinante en el presente caso y el mismo ya emitió su voto sobre la recusación contra los camaristas. Ahora, el expediente pasó al gabinete del ministro Diesel, quien deberá votar igualmente, ya sea en el mismo sentido o en disidencia, para luego emitir su voto el ministro Ramírez, sobre el planteamiento dilatorio de la defensa del imputado Arregui.
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Una vez que se tengan los votos de los tres altos magistrados, se tendrá la resolución sobre la recusación que pesa sobre el Tribunal de Apelación. En caso de ratificarse la competencia de los camaristas, estos deben decidir sobre la recusación de la jueza Cynthia Lovera. Esta, a su vez, una vez que cuando sea confirmada, deberá estudiar más doce chicanas presentadas por los abogados de los imputados en el presente caso.
Hasta el momento, los abogados defensores de los imputados solo se dedican a presentar incidentes dilatorios, debido a que la imputación fiscal está bien elaborada y sostenida, conforme a los elementos de prueba que se recolectaron durante la etapa investigativa.
Entre las chicanas que se presentaron en el referido expediente judicial, se encuentra el recurso de reposición con apelación en subsidio en contra de la providencia de fecha 14 de marzo de 2024, que admite el acta de imputación. Todos los imputados presentaron este recurso que es al solo efecto de dilatar el caso.
Imputación
En el presente caso, están imputados: Mario Abdo Benítez, Carlos Arregui, Arnaldo Giuzzio, René Fernández, Carmen Pereira, Daniel Farías, Guillermo Preda, Francisco Pereira y Mauricio Espínola.
Los supuestos delitos cometidos que se les atribuyen son: revelación de secretos de servicio, revelación de secretos privados por funcionarios o personas con obligación especial, inducción a un subordinado a un hecho punible, denuncia falsa, simulación de un hecho punible, usurpación de funciones públicas y asociación criminal.
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Proceso penal por lavado de dinero de Erico Galeano seguirá su curso ordinario, resolvió el juez
El juez Osmar Legal decidió que el proceso penal por lavado de dinero que enfrenta el senador Erico Galeano siga su curso procesal normal.
Fue al rechazar el incidente de excepción de falta de acción presentado por la defensa del citado parlamentario que pretendía que el caso se paralice debido a que Galeano cuenta con fueros parlamentarios.
Ahora la defensa del legislador tiene la posibilidad de apelar el presente fallo judicial y en caso de ser así será un tribunal de apelación el que tendrá que definir si confirma la determinación adoptada en primera instancia.
Legal argumentó su resolución señalando que “El estudio del desafuero se produce en un único momento, antes del inicio de la causa, dado que es el acto que levanta la inmunidad de proceso, para que el mismo pueda tener inicio.
Una vez producido el desafuero e iniciado el proceso, no cabe un ulterior estudio de la inmunidad parlamentaria para ese mismo proceso, que ya ha iniciado respecto del parlamentario”.
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También sostiene que “En esta tesitura, el nuevo requerimiento realizado por el Ministerio Público en el juzgado en fecha 4 de julio de 2023 a la Honorable Cámara de Senadores, y la correspondiente resolución N° 48 de fecha 20 de julio de 2023 que hace lugar al desafuero del senador de la Nación Erico Galeano Segovia, tampoco tienen relevancia en el proceso dado que, se reitera, el proceso ya se dio por iniciado y tal decisión ha pasado en autoridad de cosa juzgada, y operada la preclusión procesal”.
Igualmente menciona el juez Legal que “La resolución que restituye los fueros al hoy senador Erico Galeano Segovia no tiene incidencia alguna en el presente proceso: en primer lugar, dado que en la misma no se dispone la suspensión de la causa, en segundo lugar, atendiendo que como ya se apuntara precedentemente, el desafuero es requerido únicamente para que el proceso pueda tener inicio, con lo cual una vez otorgado, el mismo debe proseguir hasta su culminación y, por último, la resolución que se pretende hacer valer en la presente causa es la que deroga la resolución N° 48 de fecha 20 de julio de 2023, dictada por la Honorable Cámara de Senadores con posterioridad al inicio del proceso penal”, señala la resolución del magistrado.
Del mismo modo refiere el fallo que “esta magistratura concluye la improcedencia de la excepción de falta de acción, atendiendo que la inmunidad de proceso no implica exención de responsabilidad penal ante la supuesta comisión de un hecho punible por parte de un parlamentario y, respecto de la Resolución Nº 502 de fecha 4 de abril de 2023, dictada por la Honorable Cámara de Senadores, que la misma no tiene incidencia alguna en el presente proceso, atendiendo que el mismo ya ha iniciado y dicha etapa se encuentra preclusa.
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