La dirección ejecutiva del Consejo Nacional de Zonas Francas, a través del reciente decreto N° 4.611/2020, amplía las acti­vidades de servicios para el Régimen de Zonas Francas en Paraguay, entendiendo que el nuevo escenario creado por la pandemia del covid-19 deberá ser afron­tado con medidas de auxilio dirigidas a aliviar la presión sobre las empresas genera­doras de empleo y a mitigar el impacto generado ante esta situación. Actualmente se encuentran instaladas en las zonas francas empresas con actividades comerciales e industriales, y con la firma del mencionado decreto se abre la posibilidad para incorporar a las mismas para actividades de servi­cios bajo el régimen.

INVERSIÓN EXTRANJERA

Las zonas francas se cons­tituyen en un motor impor­tante para la recuperación económica ante la crisis glo­bal, teniendo en cuenta las bondades que ofrece para la atracción de inversión extranjera, más aún cuando se avecina una fuerte compe­tencia a nivel internacional.

Según señalan, esta deci­sión generará un ambiente propicio para que las empre­sas con actividades de servi­cios tengan la posibilidad de formar parte de dicho régi­men y de esta manera dar cumplimiento a las políticas económicas que incentiven y promuevan las inversio­nes extranjeras, el comer­cio exterior y la generación de empleos.

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Las zonas francas son espa­cios del territorio nacio­nal localizadas y autoriza­das como tales por el Poder Ejecutivo, sujetas al control fiscal, aduanero y administrativo. Se instalan en áreas de propiedad privada, cer­cadas en forma de garanti­zar su aislamiento respecto del territorio aduanero, con un solo sector de entrada y salida de las mismas. En la zonas francas se pueden desarrollar, separada o con­juntamente, las actividades comerciales, industriales y de servicios.

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