La dirección ejecutiva del Consejo Nacional de Zonas Francas, a través del reciente decreto N° 4.611/2020, amplía las actividades de servicios para el Régimen de Zonas Francas en Paraguay, entendiendo que el nuevo escenario creado por la pandemia del covid-19 deberá ser afrontado con medidas de auxilio dirigidas a aliviar la presión sobre las empresas generadoras de empleo y a mitigar el impacto generado ante esta situación. Actualmente se encuentran instaladas en las zonas francas empresas con actividades comerciales e industriales, y con la firma del mencionado decreto se abre la posibilidad para incorporar a las mismas para actividades de servicios bajo el régimen.
INVERSIÓN EXTRANJERA
Las zonas francas se constituyen en un motor importante para la recuperación económica ante la crisis global, teniendo en cuenta las bondades que ofrece para la atracción de inversión extranjera, más aún cuando se avecina una fuerte competencia a nivel internacional.
Según señalan, esta decisión generará un ambiente propicio para que las empresas con actividades de servicios tengan la posibilidad de formar parte de dicho régimen y de esta manera dar cumplimiento a las políticas económicas que incentiven y promuevan las inversiones extranjeras, el comercio exterior y la generación de empleos.
Las zonas francas son espacios del territorio nacional localizadas y autorizadas como tales por el Poder Ejecutivo, sujetas al control fiscal, aduanero y administrativo. Se instalan en áreas de propiedad privada, cercadas en forma de garantizar su aislamiento respecto del territorio aduanero, con un solo sector de entrada y salida de las mismas. En la zonas francas se pueden desarrollar, separada o conjuntamente, las actividades comerciales, industriales y de servicios.