Paraguay logró un avance en la imple­mentación de están­dares de transparencia, con­siderando que cuenta con la Ley 6446/19 sobre el registro de beneficiarios finales y que levantó el “Secreto bancario” a efectos fiscales con la Ley 6657/20, resaltó el análisis de la consultora Mentu, que enfatiza que Paraguay pro­mueve transparencia fiscal. La ley entrará en vigencia a finales de febrero del 2021 a partir de la cual las entidades financieras deberán propor­cionar a la Administración Tributaria información rele­vante sobre las operaciones realizadas y movimientos de depósitos y créditos.

A través de la Subsecretaría de Tributación, el Gobierno participó de la Reunión Ple­naria del Foro Global de la Organización para la Coo­peración y el Desarrollo Eco­nómico (OCDE) “Transpa­rencia para fines fiscales en tiempos de covid-19, traba­jando juntos para generar ingresos”, la cual gira en torno a la función que deben desem­peñar los gobiernos en cuanto a transparencia e intercam­bio de información para pro­mover la equidad de los sis­temas impositivos y facilitar la recaudación de impuestos.

Además, se promulgó la Ley N° 6656/20 que permite el intercambio de información tributaria con más de 140 países. Según esta norma, se deben suministrar informa­ción sobre personas físicas y jurídicas, así como de entida­des de seguridad social o pre­visionales, notarios y escri­banos públicos, las unidades económicas y entes colecti­vos de derecho privado.

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Tam­bién incluyen informaciones sobre las cámaras y corpora­ciones, colegios y asociacio­nes profesionales, además de los juzgados y tribunales de la República. Engloba datos de las entidades binaciona­les, y de autoridades de todos los niveles de la organización política del Estado, además de quienes en general ejerzan funciones públicas.

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