El ministro de la Secretaría de Prevención de Lavado de Dinero o Bienes (Seprelad), Carlos Arregui Romero, resolvió aprobar el reglamento de prevención de lavado de activos (LA) y financiamiento del terrorismo (FT), basado en un sistema de administración y gestión de riesgos, dirigido a las personas físicas y jurídicas que, de manera habitual, realicen actividades que involucren la compra-venta de bienes inmuebles.
La norma se emite debido a que en el objetivo Nº 16 del Plan Estratégico del Estado paraguayo (PEEP) se prevé la necesidad de actualizar e implementar el enfoque basado en riesgos en el marco regulatorio nacional y sectorial ALA/CFT. El objetivo es establecer condiciones que deben ser tenidas en cuenta en políticas y procedimientos a ser aplicados por los sujetos obligados.
PREVENCIÓN
Todo esto basado en la administración de riesgos para la prevención del LA/FT, conforme a un perfil integral de riesgo, su objetivo, su tamaño, el volumen y la complejidad de sus operaciones, contemplando los criterios y parámetros considerados mínimamente necesarios y definidos.
Indican que por lo expuesto antes, se torna indispensable implementar la norma para las personas físicas o jurídicas que desarrollan actividades y profesiones no financieras relativas a las inmobiliarias, agentes, corredores, comisionistas, desarrolladores inmobiliarios y otras formas de denominación, a fin de apoyarlos en el fortalecimiento de sus políticas de prevención de LA/FT/FP, de conformidad a las recomendaciones del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI). Así queda derogada la resolución de la Seprelad Nº 264/07 y las disposiciones de la Ley Nº 2421/04 “De reordenamiento administrativo y de adecuación fiscal” y la Ley Nº 1015/97 “Que previene y reprime los actos ilícitos destinados a la legitimación de dinero o bienes”.
Los sujetos obligados deben implementar un sistema integral de prevención de lavado de activos y financiamiento del terrorismo, cuyo alcance abarque a toda la entidad, incluyendo a aquellas que delegan la ejecución de los procesos en intermediarios y estará constituido por dos componentes, cumplimiento y gestión de riesgos.