“Hoy el comercio fronterizo depende de la voluntad de los países vecinos”, señaló el empresario Armando “Tony” Santamaría, presidente de la Federación de Cámaras de Comercio de Ciudad del Este (Fedecamara), quien afirmó que el decreto para bajar el impuesto del Impuesto Selectivo al Consumo requiere más ajustes. “No deja de ser un gesto de respaldo a las fronteras de parte del Gobierno paraguayo (el decreto), pero las circunstancias generan que se hagan las siguientes sugerencias, como que la fecha de vencimiento se extienda hasta el 30 de junio del 2021”, dijo.
La razón es que es muy poco el tiempo para hablar de una recuperación, al tener en paralelo el coronavirus y la devaluación significativa del valor del real ante el dólar, ya que estos factores afectan el poder adquisitivo y de movilidad de la sociedad consumidora brasileña, dijo, de la que el comercio fronterizo depende hasta en el 97%. De igual forma Fedecamara considera que es importante que el Gobierno Nacional vaya analizando el tema de la vigencia de la lista nacional de excepciones que es hasta el 31 de diciembre del 2023, y que, en nuestra opinión, es importante que se le diga al inversionista de la frontera si esta lista puede ser considerada extendida más allá. “O tener en cuenta, la alternativa que quedaría para la frontera y el comercio, que es la incursión en la instalación de free shop o duty free, y de igual manera consideran los otros rubros vigentes, que son la industria del servicio y la maquila”, agregó.
Fedecamara como premio, igual que muchos empresarios y comerciantes, solicitan respetuosamente al Gobierno que se aproveche la oportunidad para considerar lo expuesto; además, y que si fuese conveniente, se incluya la lista de excepciones para que se respalde el régimen de turismo en los diálogos con el Brasil. También, para que se defina la situación para el desarrollo del comercio y de las inversiones a realizar en el presente y futuro, dijo. “El tema sobre este decreto y el próximo decreto que va a confirmar los otros términos pendientes de la baja de aranceles de algunos artículos, y la inserción hasta donde entendemos de 68 artículos en la lista de excepción, que respalda el régimen de turismo, sí podría ser un respaldo o punto de equilibrio ante la situación creada por la pandemia del coronavirus”, manifestó.
RÉGIMEN DE DEPÓSITO PARA TURISMO
El Poder Ejecutivo también decretó la ampliación del Régimen de Depósito Aduanero Privado Comercial para Turismo, para la comercialización exclusiva en ciudades fronterizas de Encarnación, Ciudad del Este, Salto del Guairá y Pedro Juan Caballero, de mercaderías importadas a consumo para personas físicas no domiciliadas en el país.
El valor máximo será de US$ 1.000 dólares por mes por cada persona física. Las operaciones deberán estar respaldadas por comprobantes de ventas en los que se deberán consignar: nombre y apellido de la persona no domiciliada en el país; tipo y número de documento de identidad de la persona; país de residencia, entre otros. Las mercaderías sometidas al régimen podrán permanecer en esta condición por 30 días corridos e improrrogables, cumplido el plazo y de no ser regularizados, se procederá a liquidar el IVA por el régimen general. Si la venta es a personas domiciliadas en el país, el IVA se liquidará por régimen general.