Para acceder al bene­ficio de la jubilación ordinaria, el profe­sional odontólogo y el bioquí­mico deben haber cumplido 55 años de edad y 25 años de aporte jubilatorio, en cuyo caso le corresponderá el 90% del promedio de salarios de los 36 meses anteriores al último aporte jubilatorio. Este por­centaje aumentará a razón del 2% por cada año adicional de aporte posterior a los 55 años de edad, en las mismas condi­ciones, hasta un tope del 100%, según precisó el Ministerio de Hacienda.

La reglamentación de la Ley N° 6337/19 “Del Régimen de Jubi­laciones de los Profesionales Odontólogos y Bioquímicos” se dio a través del Decreto N° 3660 por el cual reglamentó. La normativa abarca el ejerci­cio profesional de la odontolo­gía y la bioquímica, así como también de la docencia, investi­gación, asesorías, administra­ción, gestión y cualquier otra función ejercida por un profe­sional odontólogo y el profesio­nal bioquímico, dependiente del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social (MSPyBS).

Aclara que en caso de haber cumplido los 60 años de edad y 30 años de aporte, le corres­ponderá el 100% del promedio de los salarios de los 36 últimos meses anteriores al último aporte. Asimismo, la jubilación será obligatoria cuando el pro­fesional odontólogo o bioquí­mico cumpla 65 años de edad, y 30 años de aportes jubilatorios requeridos en servicios presta­dos como profesional odontó­logo o bioquímico.

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En cuanto a la media jubila­ción, podrán acogerse los pro­fesionales que hayan cumplido 55 años de edad y aportado como mínimo 15 años en el carácter de profesional odon­tólogo o bioquímico. Hacienda afirma que en este supuesto, la tasa de sustitución será del 50% y aumentará a 4 puntos porcentuales por cada año adi­cional de aporte, hasta el 86%. La pensión de invalidez será dada a quienes hayan cum­plido 55 años de edad y hayan efectuado 10 años de aportes efectivos por servicios presta­dos, cuya proporción será esta­blecida de acuerdo con el grado de incapacidad parcial o total del profesional. En ese caso, la pensión podrá ser temporal o definitiva.

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