El Banco Central del Paraguay (BCP) se encuentra analizando en sesión permanente distintos escenarios orientados a emitir, modificar o ampliar cualquier medida que contribuya a aliviar los efectos del COVID-19 en la vida de los conciudadanos, familias y empresas paraguayas que desarrollan actividades de distinta naturaleza, comerciales, productivas, industriales, de servicios, sea en relación de dependencia o de manera independiente.

En este marco, las últimas disposiciones amplían el “régimen excepcional”, facilitando aún más la formalización de las renovaciones, refinanciaciones y reestructuraciones de créditos otorgados a personas físicas y jurídicas. De esta manera, se exceptuará a los riesgos menores de un análisis caso por caso; permitiendo la renovación de esta cartera en forma automática; además de autorizar estas operaciones sin requerir documentación adicional. De esta manera, se le concederá al cliente la facultad de oponerse a la renovación.

Es importante aclarar que el beneficio se otorga a todos aquellos deudores que demuestren no contar con un atraso superior a 30 días al 29 de febrero del corriente. Por otra parte, dado que la coyuntura exige contar con recursos líquidos suficientes, las entidades financieras podrán disponer del 2% de los fondos depositados en concepto de encaje legal en moneda local y extranjera para satisfacer las necesidades del mercado. Las disposiciones se orientan —sobre todo— a otorgar alivio financiero a la población y agentes de la economía nacional, contribuyendo enfrentar la difícil tarea de obtener ingresos suficientes para enfrentar el cumplimiento de sus obligaciones financieras.

Dejanos tu comentario