El Banco Central del Paraguay (BCP) se encuentra analizando en sesión permanente distintos escenarios orientados a emitir, modificar o ampliar cualquier medida que contribuya a aliviar los efectos del COVID-19 en la vida de los conciudadanos, familias y empresas paraguayas que desarrollan actividades de distinta naturaleza, comerciales, productivas, industriales, de servicios, sea en relación de dependencia o de manera independiente.

En este marco, las últimas disposiciones amplían el “régimen excepcional”, facilitando aún más la formalización de las renovaciones, refinanciaciones y reestructuraciones de créditos otorgados a personas físicas y jurídicas. De esta manera, se exceptuará a los riesgos menores de un análisis caso por caso; permitiendo la renovación de esta cartera en forma automática; además de autorizar estas operaciones sin requerir documentación adicional. De esta manera, se le concederá al cliente la facultad de oponerse a la renovación.

Es importante aclarar que el beneficio se otorga a todos aquellos deudores que demuestren no contar con un atraso superior a 30 días al 29 de febrero del corriente. Por otra parte, dado que la coyuntura exige contar con recursos líquidos suficientes, las entidades financieras podrán disponer del 2% de los fondos depositados en concepto de encaje legal en moneda local y extranjera para satisfacer las necesidades del mercado. Las disposiciones se orientan —sobre todo— a otorgar alivio financiero a la población y agentes de la economía nacional, contribuyendo enfrentar la difícil tarea de obtener ingresos suficientes para enfrentar el cumplimiento de sus obligaciones financieras.

Invitación al canal de WhatsApp de La Nación PY

Dejanos tu comentario