Por Decreto N° 3323/2020, el Poder Ejecutivo aprobó el Plan Financiero y estable­ció normas y procedimien­tos para la ejecución del Presupuesto General de la Nación(PGN) para el ejerci­cio fiscal 2020. Contiene toda la información cuantitativa de cada plan de actuación de los organismos y entidades del estado y permite a la admi­nistración central tener una herramienta para analizar la viabilidad económica y finan­ciera de los gastos de mante­nimiento de la estructura de las instituciones.

El Plan Financiero contempla el 100% de los gastos autoriza­dos en el PGN 2020 con énfa­sis en resultados, con todas las Fuentes de Financiamiento. Para la ejecución, los Planes Financieros Institucionales aprobados servirán de marco de referencia para la progra­mación de caja y la asignación de cuotas de la Tesorería Gene­ral y Tesorerías Instituciona­les de los OEE. Se establece que la programación del gasto corriente primario de la Admi­nistración Central, entre enero a julio, no será mayor al 60% del presupuesto aprobado para el año.

Se excluye al Poder Judi­cial, por la restricción aplicada en el marco de la Ley de Res­ponsabilidad Fiscal, por ser año de elecciones municipa­les. Se establece la migración mensual de por lo menos el 80% de los saldos no ejecuta­dos del Plan Financiero, con­forme a la disponibilidad de recursos financieros, al resul­tado de la ejecución presupues­taria y al comportamiento de las metas de recaudación de los meses de abril a mayo y los meses subsiguientes, exclu­sivamente para los subgru­pos y objetos del gasto finan­ciado con recursos del Tesoro; Organismo Financiador 001, Genuino, con las excepciones previstas para cada caso.

Invitación al canal de WhatsApp de La Nación PY
Etiquetas: #.

Déjanos tus comentarios en Voiz