El Banco Central del Paraguay resolvió que las emisoras y operadoras deberán publi­car en sus respectivos sitios web todas las comisiones por intermediación que cobran a los comercios adheridos por las ventas que realizan con tarjetas de débito y crédito.

Vía Resolución N° 10 del 12 de julio del 2019, el Directorio del BCP modificó el Reglamento para la emisión, operación y administración de tarjetas de crédito y débito, que fuera aprobada por Resolución N° 43, Acta N° 95 de fecha 30 de diciembre del 2015, en el marco de la Ley N° 5476/15. Tiene como objetivo adoptar las mejores prácticas en mate­ria regulatoria de la transpa­rencia de la información, en el ámbito de las operadoras de medios de pagos, tarjetas de crédito y de débito.

Esto se da luego de las medidas toma­das por el sector privado, en especial por restaurantes y bares, sobre dejar de cobrar con tarjetas de créditos de la marca Visa un fin de semana, por las altas comisiones que se les cobraba. Las discusiones siguieron y las negociaciones con Bancard y otras emiso­ras se alargaron para tratar de solucionar el problema.

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La publicación de comisiones por intermediación deberá ser realizada en una matriz por cada rubro comercial (giro comercial) con el siguiente formato: se discriminarán en filas los grupos de montos de facturación y en columnas los grupos de comprobantes de pago (ticket) promedio. La matriz de comisiones se dis­tinguirá por tipo de tarjeta: débito y crédito. La publi­cación deberá ajustarse al siguiente formato: matriz de comisiones de las entida­des emisoras y/o las opera­doras: supermercados (rubro comercial) – tarjeta de débito (tarjeta ejemplificada).

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