El Banco Central del Paraguay resolvió que las emisoras y operadoras deberán publicar en sus respectivos sitios web todas las comisiones por intermediación que cobran a los comercios adheridos por las ventas que realizan con tarjetas de débito y crédito.
Vía Resolución N° 10 del 12 de julio del 2019, el Directorio del BCP modificó el Reglamento para la emisión, operación y administración de tarjetas de crédito y débito, que fuera aprobada por Resolución N° 43, Acta N° 95 de fecha 30 de diciembre del 2015, en el marco de la Ley N° 5476/15. Tiene como objetivo adoptar las mejores prácticas en materia regulatoria de la transparencia de la información, en el ámbito de las operadoras de medios de pagos, tarjetas de crédito y de débito.
Esto se da luego de las medidas tomadas por el sector privado, en especial por restaurantes y bares, sobre dejar de cobrar con tarjetas de créditos de la marca Visa un fin de semana, por las altas comisiones que se les cobraba. Las discusiones siguieron y las negociaciones con Bancard y otras emisoras se alargaron para tratar de solucionar el problema.
La publicación de comisiones por intermediación deberá ser realizada en una matriz por cada rubro comercial (giro comercial) con el siguiente formato: se discriminarán en filas los grupos de montos de facturación y en columnas los grupos de comprobantes de pago (ticket) promedio. La matriz de comisiones se distinguirá por tipo de tarjeta: débito y crédito. La publicación deberá ajustarse al siguiente formato: matriz de comisiones de las entidades emisoras y/o las operadoras: supermercados (rubro comercial) – tarjeta de débito (tarjeta ejemplificada).