Un plazo de 90 días fue solicitado por diferentes gremios contables al Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTESS) para que las empresas puedan inscribirse como tal sin tener que ser multadas por la institución.
Según Lilian Torres, presidenta del Movimiento Resistencia Contable del Paraguay, uno de los gremios impulsores de la solicitud, lo que se pidió al Ministerio de Trabajo es un periodo de blanqueo desde octubre hasta el 31 de diciembre del 2018 para inscripciones patronales y comunicaciones varias, suspendiendo los efectos de la aplicación de multas del Decreto Nº 8.304/17.
“El periodo de blanqueo es para permitir la regularización de las inscripciones de empresas y demás comunicaciones, tanto de personas físicas como jurídicas, previstas en los artículos 4 y 10, con aplicación de multas en los artículos 6, 11 y 12 del mencionado decreto”, detalló.
En ese mismo sentido, la profesional afirmó que a causa de las altas multas aplicadas en los últimos años más del 40% de las patronales del país se encuentren en situación irregular en el MTESS. Esto comparando la cantidad de patronales registradas en el IPS y en el Ministerio de Trabajo.
“El MTESS, en representación del Estado, tiene un rol muy importante que es el de fiscalizar el cumplimiento de las normas laborales y el cumplimiento de seguridad e higiene en el trabajo (conforme dicta el Art. 99 de la Constitución Nacional). Por ello, el Ministerio de Trabajo precisa contar con la información relativa de las empresas patronales y los movimientos de trabajadores”, sostuvo Torres.
De acuerdo a los datos proveídos por el Movimiento Resistencia Contable del Paraguay, el Decreto Nº 9.368/18 estipula multas por el plazo de demora que tuvo una empresa para comunicar su formación e inscribirse en el Ministerio de Trabajo.
Una vez conformada, la empresa tiene tiempo hasta 60 días para inscribirse, en caso que no lo haga, deberá abonar una multa que es establecida de acuerdo a la demora. Las multas a ser aplicadas van desde 10 jornales (G. 812.520) a 30 jornales (G. 2.437.560).