El modelo “obra por impuesto”, aplicado hoy con éxito en Perú, tiene el visto bueno del sector empresarial. El Club de Ejecutivos manifiesta su total apoyo a esta iniciativa, que actualmente está en la etapa de la elaboración de un proyecto de ley que será presentado por el Poder Ejecutivo al Congreso Nacional para su correspondiente estudio, según anunció esta semana el presidente de la República, Mario Abdo Benítez.

Alejandro Jara, miembro del Club de Ejecutivos y especialista tributario, asegura que replicar el modelo de “obra por impuesto” en Paraguay ayudará a mejorar la calidad del gasto público en infraestructura, donde hoy se observa un importante déficit.

“La calidad de la obra pública es hoy fuertemente criticada por la mala forma en que es llevada. Hoy se tienen hospitales mal terminados, escuelas que se caen, caminos que se hunden, rutas deterioradas”, agregó Jara.

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Por su parte, el presidente de la Unión de Gremios de la Producción (UGP), Héctor Cristaldo, mencionó que el modelo parece ser muy bueno, aunque aclaró que no conoce a profundidad el proyecto en sí.

HACER BIEN

En ese mismo sentido, Cristaldo también insistió en que se debe pensar en mejorar la calidad del gasto público, que se hagan las cosas como deben ser, para que funcionen y lleguen a la gente.

El modelo de “obra por impuesto” lo que hace es generar una matriz con ciertas características técnicas que deben ser tenidas en cuenta para la construcción del proyecto, que serán controlados en el momento de la entrega, explicó Jara, un entendedor del modelo peruano.

El empresario y especialista tributario señaló que la entrega del producto (la obra) de parte del sector privado será en nombre de un porcentaje del impuesto que debe pagar el empresario en concepto del impuesto a la renta, no del Impuesto al Valor Agregado (IVA), aclaró.

“Este modelo sustenta el canje de certificación de obras públicas con renta comercial o agropecuaria, no el IVA. En caso de incumplimiento de parte del sector privado; es decir, que no construya atendiendo los requisitos establecidos, este será sancionado en la parte penal (imputado) y tributaria (reponer con impuesto)”, señaló.

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