El Ministerio de Hacienda suspendió de manera temporal la aplicación de las sanciones, multas y medidas no sancionatorias previstas en la Ley N° 5895/2017 “Que establece reglas de transparencia en el régimen de las sociedades constituidas por acciones y se establecen disposiciones en materia societaria”. Esta ley está reglamentada por el Decreto N° 9043/2018, que indica que las sanciones deben ser aplicadas mediante la Abogacía del Tesoro.
La suspensión será hasta el 31 de agosto del 2018. Esta decisión fue tomada por el fisco en base a los pedidos existentes, y considerando correcto establecer un plazo prudencial para la aplicación efectiva de las multas.
En ese sentido, el Ministerio de Hacienda prepara una serie de capacitaciones y canales de comunicación, que permitan a los usuarios del sistema, comprender el correcto funcionamiento de la norma y su efectivo cumplimiento. Esto se realizará durante el período de suspensión, informaron desde la cartera económica.
“El Ministerio de Hacienda, a través de la Abogacía del Tesoro, estará iniciando próximamente jornadas de capacitación a los interesados, referente a la correcta aplicación de la Ley N° 5895/2017 y el Decreto N° 9043/2018. Estas jornadas serán debidamente difundidas y se desarrollarán en la capital e interior del país”, reiteró el fisco en un comunicado.
Por otro lado, aclaró que los trámites y plazos contemplados en el Decreto N° 9043/18 se mantienen inalterables y no sufren modificaciones, a fin de que los usuarios vayan familiarizándose con el mismo. “El incumplimiento de los plazos no generará multas hasta el próximo 31 de agosto. A partir del día siguiente las multas serán aplicadas, siempre que se den los incumplimientos señalados en la norma”, advirtió.