El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTESS) recordó que los trabajadores asalariados que hayan desempeñado funciones durante los feriados del 14 y 15 de mayo deberán recibir una remuneración adicional equivalente al 100 % sobre su jornal ordinario por cada jornada trabajada.

La disposición se encuentra contemplada en el artículo 234 del Código Laboral, el cual establece que el trabajo realizado en días feriados debe ser remunerado económicamente con un recargo especial, sin posibilidad de compensación mediante días libres.

El MTESS señaló además que los feriados son considerados días de descanso obligatorio para los trabajadores, conforme al artículo 217 del Código del Trabajo. La cartera laboral indicó que, en aquellos sectores donde resulte indispensable mantener la prestación de servicios, las empresas podrán convocar a sus trabajadores siempre que se cumplan determinadas condiciones establecidas por la normativa vigente. Entre ellas, figuran la comunicación previa al personal, el pago correspondiente con un recargo del 100 % sobre el salario ordinario y el respeto a los demás derechos laborales.

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Habilitan denuncias por incumplimientos

La institución recordó además que estas disposiciones tienen carácter obligatorio para todos los empleadores del país y que las notificaciones serán remitidas mediante el sistema de Registro Obrero Patronal (REOP).

En caso de incumplimiento en el pago correspondiente, los trabajadores podrán presentar denuncias ante el Ministerio de Trabajo, ya sea a través del portal de Denuncias Web o mediante la línea de WhatsApp habilitada: 0993 308 100.

El MTESS reiteró que el pago adicional por trabajo en feriados debe efectuarse de forma económica y no puede sustituirse por compensaciones en tiempo libre.

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