Paraguay se posicionó como el cuarto país con mayor participación en el hashrate global de Bitcoin (minería de criptomonedas), con aproximadamente un 4,3 % del total mundial, ubicándose por detrás de Estados Unidos, Rusia y China, según reportes recientes de Hashrate Index, un portal internacional dedicado al análisis de la industria minera de bitcoin.
Además, cuenta con más de 40 EH/s (exahashes por segundo) de aporte a la red, liderando actualmente en Latinoamérica. Dicho crecimiento estuvo impulsado por la energía eléctrica abundante, barata y renovable proveniente principalmente de las represas de Itaipú y Yacyretá, factores que han convertido al país en un punto estratégico para la instalación de operaciones vinculadas a la minería de criptomonedas.
Se detalló además que las mineradoras operan con instalaciones que cuentan con medidores especiales y pagan una tarifa superior a la del consumo residencial o industrial. En torno a ello, la Administración Nacional de Electricidad (Ande) espera recaudar este año 350 millones de dólares, una cifra significativamente mayor a la que hubiera recibido mediante la venta de esa energía a países vecinos.
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Resolución de la DNIT
Al respecto, Cecilia Maio, analista y fundadora de Ransen Group, se refirió acerca de la resolución 40/2026 emitida en marzo por la Dirección Nacional de Ingresos Tributarios (DNIT), que establece nuevas obligaciones informativas para el sector de criptoactivos, agregando que incluso abarca operaciones como uso, transferencias, y un universo importante de ítems.
“Lo que lanza la DNIT en esta regulación, que es la 47/2026, es que es una obligación informativa sobre este tipo de operaciones. No hay un marco regulatorio general ni integral, sino lo que dicen es que se tiene que empezar a informar sobre el uso de criptoactivos”, comentó a la 1020 AM.
Dicha normativa llegó en el contexto en el que nuestro país quedó como el cuarto país con mayor participación en hashrate de bitcoin a nivel global, impulsado por su energía y capacidad operativa. En ese sentido, Maio indicó que la regulación es retroactiva, empezando a funcionar desde el mes de enero de este año y aclaró que no se trata de un impuesto nuevo, sino que es un régimen de información que debe ser tomado como tal.
“Tiene ciertas novedades porque alcanza a todos los que lo usan, ya sean personas físicas, jurídicas, a todas las plataformas, siempre que superen los USD 5 mil anuales en operaciones. Es una de las cosas importantes”, explicó sobre las novedades, detallando que los integrantes del sector deberán solicitar la inclusión en el Registro Único del Contribuyente (RUC) a efectos de presentar la declaración jurada informativa a través del Sistema Marangatú.