El Instituto de Previsión Social (IPS) informó que ya fueron emitidas las resoluciones reglamentarias que permiten la implementación de los beneficios previstos en la Ley N.º 7444/2025 para micro y pequeñas empresas (mipymes), con lo cual se habilita el acceso a la seguridad social para este segmento.
Según la institución, la normativa establece que tanto trabajadores como propietarios de mipymes podrán incorporarse al sistema del IPS, accediendo a seguro de salud y jubilación. La cobertura incluye enfermedades comunes, accidentes de trabajo, maternidad, invalidez, vejez y muerte.
En el marco del nuevo régimen, se dispone que el aporte al IPS para microempresas se realizará sobre una base mínima imponible equivalente al 80 % del salario mínimo legal vigente, durante un periodo máximo de hasta 36 meses.
El IPS indicó además que se encuentran en etapa final los trabajos para la habilitación de la plataforma de inscripción, la cual estará disponible próximamente para las empresas interesadas en adherirse al sistema.
Por su parte, el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTESS) será el encargado de implementar mecanismos de validación y control a través del Sistema de Registro Obrero Patronal (REOP) y otras herramientas tecnológicas. Estos instrumentos estarán orientados a verificar el cumplimiento de las condiciones establecidas en la ley, su decreto reglamentario y la resolución vigente.
El control abarcará tanto la aplicación del régimen laboral especial para microempresas y pequeñas empresas como, en los casos correspondientes, el régimen salarial especial previsto para microempresas.
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