Atendiendo al auge de viajes por vacaciones que se reporta en esta temporada veraniega, desde la Dirección Nacional de Ingresos Tributarios (DNIT) emitieron una serie de recomendaciones y recordatorios para los viajeros.
Entre estas indicaciones resalta el hecho de que se encuentra vigente la Declaración Electrónica Aduanera para Viajeros (eDAV). A través de la misma, las personas que ingresan o salen del país, conforme corresponda al tipo de bienes o instrumentos monetarios transportados, podrán presentar su declaración tributaria de manera rápida y sencilla.
Conforme a la normativa vigente, toda persona que transporte una suma superior o igual a los USD 10.000 o su equivalente en otras monedas o instrumentos como cheques de viajero, bonos, acciones, entre otros, deberá realizar la declaración correspondiente a través del sistema eDAV, obteniendo el “Código QR” para su exhibición a la autoridad aduanera.
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A fin de orientar el control, recuerdan que el viajero debe conducirse por el circuito verde cuando porte efectos de uso o consumo personal o instrumentos monetarios inferiores a los USD 10.000.
Mientras que deben pasar por el circuito rojo, cuando porten bienes sujetos a declaración como exceso de franquicia o mercaderías con presunción comercial, instrumentos monetarios iguales o superiores a USD 10.000, o mercaderías restringidas que requieran autorizaciones de otros organismos competentes.
Recordaron, además, que los viajeros que ingresen al país por vía aérea o fluvial disponen de una franquicia de hasta USD 1000 o su equivalente en moneda nacional para otros bienes. En el caso de quienes ingresen por pasos fronterizos terrestres, la franquicia es de USD 300 o su equivalente. En todos los casos, siempre que no se presuma el fin comercial de los mismos.
En cuanto a las compras, los viajeros que las realicen en tiendas libres de impuestos (duty free) al ingresar al país cuentan con una franquicia adicional de USD 500.
Entre los bienes personales que el viajero debe tributar ante la aduana, se consideran exentos de pago las prendas de vestir, objetos personales, libros, joyas, cámaras fotográficas, reproductores de sonido portátiles, teléfonos celulares, computadoras personales con sus accesorios, cochecitos de bebé, sillas de ruedas y equipos deportivos de uso individual.
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