Más de 400 fiscalizaciones tributarias fortalecieron la recaudación en 2025
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Durante el año 2025, la Gerencia General de Impuestos Internos de la Dirección Nacional de Ingresos Tributarios (DNIT), realizó un total de 431 fiscalizaciones tributarias puntuales a contribuyentes de distintos sectores económicos. Estas acciones formaron parte de una estrategia permanente de control y verificación del cumplimiento de las obligaciones impositivas.
Las fiscalizaciones no se hicieron al azar. Fueron planificadas con base en criterios de análisis de riesgo fiscal, es decir, se priorizaron los casos donde existían mayores probabilidades de inconsistencias, omisiones o irregularidades en la declaración y el pago de impuestos, explican desde la DNIT.
El objetivo principal fue detectar posibles incumplimientos, corregirlos y, al mismo tiempo, fomentar una cultura de cumplimiento voluntario entre los contribuyentes.
Como resultado de estos operativos, el fisco logró recaudar más de G. 45.000 millones en concepto de tributos derivados de fiscalizaciones puntuales que fueron aceptadas por los contribuyentes.
Este monto refleja la efectividad de los controles implementados por la DNIT y confirma que el enfoque preventivo y persuasivo de la administración tributaria está dando resultados concretos.
Además de los ingresos generados, las fiscalizaciones permitieron la recuperación de más de G. 9.000 millones en créditos fiscales indebidos, vinculados a facturas de contenido falso.
Esto significa que se detectaron y depuraron operaciones irregulares que afectaban la transparencia del sistema tributario y distorsionaban la competencia entre empresas formales.
Con estas acciones, la DNIT reafirma su compromiso con un sistema impositivo más justo, transparente y eficiente.
La intensificación de los controles busca no solo aumentar la recaudación, sino también combatir la evasión fiscal, proteger a los contribuyentes cumplidores y garantizar que los recursos públicos puedan ser utilizados en beneficio de toda la ciudadanía, especialmente en áreas como salud, educación e infraestructura.
El piso congelado del IRP reduce el efecto real de los aumentos salariales
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Mientras el salario mínimo volvió a incrementarse un 5 % para compensar parcialmente la inflación, el umbral de ingresos para tributar el Impuesto a la Renta Personal (IRP) continúa fijado en G. 80 millones anuales desde 2020. La falta de actualización del mínimo imponible provoca el denominado “arrastre fiscal”, un fenómeno que incorpora cada vez a más trabajadores al régimen tributario sin que necesariamente haya mejorado su capacidad económica.
“Nada es seguro, excepto la muerte y los impuestos”. La célebre frase atribuida a Benjamín Franklin mantiene plena vigencia más de dos siglos después. En Paraguay, sin embargo, la realidad tributaria incorpora un elemento adicional que afecta silenciosamente a miles de asalariados: mientras los salarios se ajustan año tras año para acompañar la inflación, el ingreso mínimo para comenzar a tributar el Impuesto a la Renta Personal (IRP) permanece inalterable desde hace seis años.
Desde el 1 de julio, el salario mínimo aumentó un 5 %, pasando de G. 2.899.048 a G. 3.044.000 mensuales. Como ocurre cada año, el reajuste busca preservar parcialmente el poder adquisitivo frente al incremento del costo de vida.
Sin embargo, el mínimo para quedar alcanzado por el IRP-Rentas y Prestación de Servicios Personales (IRP-RSP) continúa fijado en G. 80 millones brutos anuales, exactamente el mismo monto establecido para el ejercicio fiscal 2020.
Esta diferencia entre la evolución de los salarios y la inmovilidad del umbral genera un fenómeno ampliamente estudiado en economía pública denominado “arrastre fiscal” o bracket creep. Consiste en que la inflación y los aumentos nominales de los ingresos hacen que cada vez más personas ingresen al sistema tributario, aunque en términos reales mantengan prácticamente el mismo nivel de vida.
Zunilda Trinidad, consultora organizacional y especialista en proyectos de inversión y auditoría, explica que la Dirección Nacional de Ingresos Tributarios (DNIT) no tiene atribuciones para modificar ese monto por decisión propia.
“El umbral de G. 80 millones está establecido por la Ley 6380/19. Su modificación requiere un cambio en el marco legal. A diferencia de la legislación anterior, la actual no contempla un mecanismo automático de actualización del mínimo imponible según la inflación”, señala.
En consecuencia, más que una decisión administrativa, la permanencia del umbral responde a la ausencia de una reforma legislativa que adapte el monto a la evolución de los precios.
Cada año el límite vale menos. Aunque nominalmente el mínimo imponible continúa siendo de G. 80 millones, su valor económico se redujo de manera importante desde 2020.
La inflación acumulada durante los últimos seis años disminuyó el poder adquisitivo de ese monto. Si el límite hubiera sido ajustado para mantener el mismo valor real que tenía cuando fue fijado, actualmente se ubicaría aproximadamente entre G. 105 millones y G. 108 millones, según la inflación acumulada del período.
En otras palabras, el umbral vigente conserva apenas alrededor del 76 % del poder adquisitivo que tenía originalmente.
Como consecuencia, numerosos trabajadores que únicamente recibieron incrementos destinados a compensar la inflación hoy superan el límite legal y deben inscribirse en el IRP, aun cuando su situación económica real prácticamente no haya cambiado. ¿Pierde poder adquisitivo el trabajador?
La consultora tributaria Cinthia Ayala Maciel, de Inversiones Paraguay, sostiene que el efecto debe analizarse desde dos perspectivas. En primer lugar, explica que el impacto directo del impuesto suele ser moderado.
“El IRP grava la renta neta y posee una estructura progresiva, con tasas del 8 % y del 10 %. Por ello, quien recién supera el umbral normalmente no enfrenta una carga tributaria elevada”, señala.
Sin embargo, considera que el aspecto más relevante está en los costos asociados al cumplimiento de las obligaciones tributarias.
“La inscripción en el registro, la presentación de declaraciones, la conservación de documentos respaldatorios y, en muchos casos, la contratación de un contador o de servicios de teneduría de libros representan gastos que son prácticamente iguales para quien apenas supera el umbral y para quien obtiene ingresos considerablemente mayores”, explica.
Ese fenómeno provoca que los costos administrativos tengan un peso proporcionalmente mayor sobre los contribuyentes de menores ingresos dentro del propio universo alcanzado por el impuesto.
Menor ingreso disponible. El efecto del arrastre fiscal no implica necesariamente una pérdida automática del poder adquisitivo, pero sí puede reducir el ingreso disponible de los trabajadores.
Una parte de los reajustes salariales destinados a compensar la inflación termina absorbida por el pago del impuesto y por los costos administrativos derivados de cumplir con las obligaciones tributarias.
Un ejemplo permite visualizar el fenómeno. Un asalariado que en 2020 percibía G. 78 millones anuales no estaba alcanzado por el IRP. Si durante los años siguientes únicamente recibió incrementos equivalentes a la inflación, hoy podría superar los G. 100 millones anuales sin haber experimentado una mejora significativa en su capacidad económica. Sin embargo, al mantenerse congelado el mínimo imponible en G. 80 millones, pasa a integrar el universo de contribuyentes.
Especialistas en política fiscal sostienen que este mecanismo modifica gradualmente la carga tributaria sin necesidad de elevar las alícuotas ni crear nuevos impuestos. Basta con que el mínimo imponible permanezca inmóvil mientras los salarios nominales continúan creciendo.
Mientras el salario mínimo sigue ajustándose para intentar preservar el poder adquisitivo de los trabajadores, el piso del IRP permanece congelado desde 2020. En ese contexto, cada nuevo reajuste salarial acerca a más paraguayos al régimen tributario, ampliando la base de contribuyentes mediante el denominado “arrastre fiscal”, un fenómeno que cobra cada vez mayor relevancia en un escenario de inflación acumulada y salarios en constante actualización.
DNIT y bancos avanzan hacia un sistema de intercambio de información con autorización del cliente
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La administración tributaria y el sector bancario conformarán un equipo técnico y tecnológico para desarrollar una plataforma que permita intercambiar información tributaria y bancaria de manera específica y bajo autorización de los contribuyentes.
Fortalecimiento conjunto. La Dirección Nacional de Ingresos Tributarios (DNIT) y el sistema bancario avanzan en el desarrollo de un mecanismo de intercambio de información que permitirá facilitar el acceso a determinados datos tributarios y bancarios, con autorización previa de los clientes.
El anuncio fue realizado por el director nacional de la DNIT, Óscar Orué, durante la segunda Convención Bancaria, organizada por la Asociación de Bancos del Paraguay (Asoban)
Orué explicó que ambas partes conformarán un equipo técnico y tecnológico encargado de trabajar en el desarrollo del sistema, con la expectativa de que pueda estar disponible a mediados del próximo año. La herramienta permitirá que las entidades financieras puedan acceder a información tributaria de sus clientes y que, a su vez, la DNIT pueda consultar determinados datos bancarios para fortalecer sus procesos de control.
Óscar Orue, director nacional de la DNIT. Foto: Archivo
El director de la DNIT aclaró que el mecanismo no implicará un acceso irrestricto a la información de los contribuyentes. El alcance estará limitado a determinadas declaraciones y registros, entre ellos las declaraciones del impuesto al valor agregado (IVA), estados financieros, facturación de empresas, impuesto a la renta empresarial (IRE) e impuesto a la renta personal (IRP).
Autorización con firma electrónica. Para acceder a estos datos será indispensable la autorización expresa del cliente. Según explicó Orué, cada banco deberá gestionar este consentimiento con sus clientes y posteriormente presentar la autorización ante la DNIT mediante la firma electrónica correspondiente. De esta manera, las entidades podrán consultar y descargar las declaraciones juradas habilitadas.
El sistema apunta principalmente a facilitar los procesos de evaluación de clientes que requieran acceder a productos financieros, como créditos. Sobre el punto, Orué señaló que todavía no se cuenta con una estimación de cuántos contribuyentes podrían otorgar esta autorización, pero remarcó que el acceso estará condicionado al consentimiento de cada cliente.
El banco afirma que cuenta con mecanismos de seguridad y controles aprobados a nivel internacional para resguardar la información y las operaciones de sus clientes. Foto: Archivo
Itaú aclara que sus sistemas no fueron vulnerados y alerta sobre dos modalidades de fraude
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Ante las consultas surgidas tras la difusión de recientes casos de fraude bancario, Itaú emitió un comunicado dirigido a sus clientes en el que aclaró que sus sistemas de seguridad no fueron vulnerados y explicó que las estafas reportadas corresponden a ataques informáticos que buscan engañar a los usuarios para obtener sus credenciales de acceso.
La entidad sostuvo que cuenta con mecanismos de seguridad y controles aprobados a nivel internacional para resguardar la información y las operaciones de sus clientes, por lo que remarcó que los incidentes conocidos recientemente no fueron consecuencia de una brecha en sus plataformas.
Mecanismos
El banco identificó dos modalidades de fraude que actualmente están siendo utilizadas por ciberdelincuentes para cometer estafas: el malware tipo RAT (Remote Access Trojan o Troyano de Acceso Remoto) y los sitios web falsos, conocidos como web spoofing.
Comunicado de Itaú sobre supuestos fraudes bancarios. Foto: Gentileza
Respecto al primer caso, detalló que se trata de un programa malicioso que se instala en la computadora cuando el usuario abre un archivo infectado o descarga contenido desde fuentes no confiables, como programas, juegos o archivos multimedia.
Una vez que el equipo queda comprometido, el atacante puede acceder de forma remota al dispositivo, observar la actividad del usuario, conocer las páginas que visita e incluso monitorear movimientos realizados.
Posteriormente, el delincuente despliega ventanas emergentes que aparentan ser legítimas para solicitar información confidencial, como claves o códigos de seguridad, datos que luego son utilizados para ejecutar transacciones fraudulentas desde la cuenta de la víctima.
La segunda modalidad advertida por la entidad corresponde aweb spoofing, una técnica mediante la cual los estafadores crean páginas prácticamente idénticas al sitio oficial del banco. El objetivo es que el cliente ingrese sus credenciales creyendo que accede a la plataforma auténtica, cuando en realidad está entregando sus datos directamente a los ciberdelincuentes.
Para reducir el riesgo de ser víctima de estos ataques, la entidad recomendó verificar siempre que los correos electrónicos provengan de dominios oficiales del banco, evitar abrir archivos adjuntos enviados desde direcciones sospechosas y escribir manualmente la dirección www.itau.com.py en el navegador al momento de acceder a la banca digital.
Decomisan marihuana premium oculta en paquetes de alimentos para reptiles
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En el marco del fortalecimiento de los controles en los principales puntos de ingreso al territorio nacional, agentes especiales de la Secretaría Nacional Antidrogas (Senad) decomisaron 5,2 kilogramos de marihuana premium distribuida en paquetes que simulaban contener alimentos para reptiles y un cargador de batería.
La droga formaba parte de encomiendas procedentes de Miami, Estados Unidos, y fue descubierta durante una inspección efectuada con canes detectores en zona aérea portuaria.
De acuerdo con el informe de la institución, la marihuana premium estaba oculta en dos paquetes de encomienda a través de las cuales se intentaba burlar los controles mediante ingeniosos métodos de ocultamiento. La primera caja contenía coloridos empaques que declaraban contener alimentos para reptiles, pero en su interior se halló marihuana premium “cuidadosamente oculta”.
En tanto que, la segunda encomienda simulaba ser un cargador de batería, pero al ser inspeccionada los intervinientes constataron que no contenía ningún componente electrónico, sino únicamente un armazón acondicionado para el transporte de la droga.
La apertura de los paquetes se llevó a cabo en la Oficina de Atención Permanente en presencia del agente fiscal José Morínigo y del juez Osmar Legal.
Otros procedimientos
Este procedimiento se suma a las recientes incautaciones llevadas a cabo en en los aeropuertos y en terminales portuarias. En cuanto al último punto, un operativo de control efectuado la semana pasada en un puerto privado de Villeta a un contenedor que transporta dos vehículos procedentes de Estados Unidos posibilitó el decomiso de 311,2 kilogramos de marihuana premium tipo hachís, valorada en USD 4,3 millones.