El Servicio Nacional de Calidad y Sanidad Vegetal y de Semillas (Senave) informó acerca de la actualización de los requisitos fitosanitarios, para el intercambio comercial de ciertos productos entre los Estados Partes del Mercado Común del Sur (Mercosur).

Se trata de las especies beta vulgaris o subespecie vulgaris, de la variedad conditiva, conocida como remolacha hortícola. También la brassica napus de la variedad oleífera o lo que sería la colza o canola, y en tercer lugar del sorgo spp o cereal conocido también como maicillo.

La institución explica a los importadores que la citada medida fitosanitaria entrará en vigencia desde el próximo 1 de noviembre, la cual fue establecida mediante la Resolución del Senave N° 223 del 16 de octubre de 2023.

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La resolución dicta: “Por la cual se incorpora al ordenamiento jurídico nacional, las resoluciones Mercosur/Grupo Mercado Común-GMC/Res N° s 30/22, 37/22 y 38/22, actualizadas y aprobadas por el grupo Mercado Común Mercosur”.

Y en virtud de las facultades y atribuciones conferidas por la Ley N° 2459/04 que crea el Senave, se resuelve incorporar al ordenamiento jurídico nacional las resoluciones señaladas en materia fitosanitaria que se encuentran como Anexo I, II y III en su versión en español y forman parte de la presente resolución.

Por lo tanto, los importadores de dichos productos tienen tiempo de ocho días para estar adentrados en cuanto a los nuevos requisitos que se dictan en la resolución señalada.

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