La Subsecretaría de Estado de Tributación (SET) comunicó el calendario de vencimientos de este mes que incluye las distintas obligaciones asumidas por los contribuyentes. La cartera tributaria informó que se regirán por el calendario perpetuo los casos del impuesto al valor agregado (IVA) general, el anticipo del impuesto a la renta empresarial (IRE) simple, el IRE presunto y especial, así como el del régimen general.

La liquidación de retenciones del impuesto a los dividendos y a las utilidades (IDU) del período fiscal de abril de 2023, correspondientes al formulario N.° 526, se podrá presentar hasta el día 12 de mayo para la confirmación, mientras que el plazo para el pago será hasta el sábado 13. La declaración jurada mensual y pago del INR que aplica solo para aquellos proveedores de servicios digitales no residentes que cuenten o no con representación o poder en el país vencerán el día 15 de mayo.

Asimismo, el informe sobre los productos derivados del tabaco tendrá una fecha tope para su presentación que es hasta el 25 del mes. En el caso de aquellos ya vencidos, la SET mencionó que, conforme a las fechas fijas de cada mes correspondiere a un día inhábil, dicho vencimiento se trasladará al primer día hábil siguiente, sin que ello implique el diferimiento de los demás.

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En ese sentido, aquellos impuestos que vencieron el fin de semana pasado son: la liquidación de retenciones del IVA, que tenía hasta el día 6 de mayo para la confirmación y hasta ayer 7 para ser abonado, al igual que los impuestos a las rentas, los cuales se podían confirmar hasta el sábado pasado y abonar hasta ayer domingo.

Hay que mencionar que hasta el 30 de junio no constituirá incumplimiento tributario la falta de confirmación del talón de presentación del registro de comprobantes correspondiente a los periodos fiscales de enero, febrero, marzo, abril y mayo por parte del registro mensual de los comprobantes. Durante este periodo igualmente la dependencia seguirá recibiendo la documentación a través del Sistema Marangatu, de acuerdo con el plazo establecido en la reglamentación vigente.

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