Se acerca cada vez más la fecha para percibir el décimo tercer salario del año, conocido como aguinaldo, uno de los más esperados por los trabajadores, y si bien no hay una fecha específica para ello, lo que la ley establece es que el trabajador lo debe percibir antes del 31 de diciembre y no importan los meses en que se haya desempeñado en la empresa, pues es un derecho y debe cobrarlo sí o sí de manera proporcional.
Es lo que manifestó el presidente de la Asociación de Abogados Laboralistas, Eduardo Pérez Avid, con relación a cómo se debe calcular esta remuneración complementaria, en la que se debe sumar todos los ingresos del año o el periodo trabajado, como ser los salarios propiamente, horas extraordinarias, comisiones u otros extras, todo esto divido por 12 meses.
“No importa en qué época del año uno entra a trabajar, siempre se debe calcular tomando todos los salarios percibidos mensualmente. Se suma y se divide por 12″, expresó Pérez Avid en contacto con la 1020 AM, atendiendo las muchas dudas y consultas que salen durante esta época del año.
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Es decir, si una persona ingresó a trabajar desde marzo hasta diciembre, por consiguiente será menos meses que aquel que trabajó durante todo el año. Igualmente, se suma todo lo que ganó y se divide por los 12 meses que contiene el año, lo que se convierte en el resultante que va a percibir como aguinaldo, explicó.
Otra de las consultas constantes es si el aguinaldo se puede cobrar en cuotas, a lo que el especialista laboralista aseveró que es un derecho adquirido que no se puede pagar fraccionado, debe ser percibido íntegramente antes del último día hábil de diciembre. Asimismo, reiteró que en ningún caso puede ser objeto de embargo.
Y en cuanto al cumplimiento por parte de los empleadores, según el presidente de la asociación, estos cumplen en un 97%; es decir, se suelen dar casos o irregularidades, ante lo que los trabajadores deben reclamar sus derechos y asesorarse con un abogado laboralista, pues el aguinaldo es un derecho que los trabajadores en relación de dependencia, independientemente de la modalidad del contrato y salario que perciben, pueden exigirlo.
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Presentaron el libro “Derecho Procesal Civil II” con la presencia de cinco ministros de la Corte
El decano de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la Universidad Nacional de Asunción, profesor doctor Carlos Gustavo González Morel, y el profesor doctor Horacio Pettit, presentaron su libro de Derecho Procesal Civil II. El acto contó con la presencia de autoridades de la Corte Suprema de Justicia. Luego de la presentación se realizó un reconocimiento honorífico a destacados docentes jurídicos.
El Salón Auditorio “Dra. Serafina Dávalos” del Palacio de Justicia fue escenario del lanzamiento oficial de la obra. El acto contó con la presencia del presidente de la Corte Suprema de Justicia, César Diesel, y de los ministros profesores Luis María Benítez Riera, Manuel Dejesús Ramírez Candia, Alberto Joaquín Martínez Simón y Víctor Ríos Ojeda, además de autoridades del Consejo de la Magistratura, del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados y representantes del sistema de justicia.
Durante la presentación, el doctor Joel Melgarejo Allegretto ofreció un análisis crítico de la obra, destacando su rigor conceptual, su estructura acorde al programa oficial de la Cátedra de Derecho Procesal Civil II y su aporte a la consolidación doctrinaria del proceso civil en el Paraguay.
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El libro aborda el proceso ordinario, las medidas cautelares, el juicio ejecutivo y los procesos especiales, incorporando además herramientas prácticas, modelos, referencias al expediente electrónico y regulación de honorarios, constituyéndose en un manual integral para estudiantes y profesionales.
En sus palabras, el doctor Carlos Gustavo González Morel agradeció el acompañamiento de su familia y colegas, y señaló que la obra busca combinar la práctica judicial con los avances tecnológicos contemporáneos, garantizando que el proceso civil mantenga como eje central una justicia humana y equitativa.
Como parte central de la jornada, la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la UNA procedió a la entrega de placas honoríficas en reconocimiento a la trayectoria de maestros del Derecho Procesal Civil, reafirmando el valor de la continuidad académica y el legado doctrinario.
Fueron distinguidos destacados docentes y juristas, incluyendo un homenaje póstumo, en un emotivo momento que puso en relieve la importancia de honrar las raíces sobre las cuales se edifica la ciencia jurídica nacional.
El evento no solo celebró la presentación de una nueva publicación académica, sino que reafirmó el compromiso institucional de la FDCS-UNA con la excelencia, la investigación jurídica y el fortalecimiento del pensamiento procesal en el país.
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¿Tu empresa no te pagó aguinaldo? Esto es lo que podés hacer
El décimo tercer salario es la remuneración anual complementaria y es de carácter obligatorio si sos trabajador en situación de dependencia. Si no lo percibiste, podes denunciarlo ante el Ministerio del Trabajo.
Ya pasó fin de año, y si bien comenzó un nuevo ciclo, hay que hablar de un aspecto que en dicha temporada suele ser uno de los más esperados, el cobro del décimo tercer salario o más conocido como aguinaldo. Sí, ese oxígeno que llega para disfrutar de las fiestas de fin de año, ponerse al día con obligaciones o darse algunos gustos.
Lo cierto es que, existe o se dan casos de trabajadores que no llegan a percibir ese beneficio, el cual está estipulado según el artículo 243 del Código del Trabajo, siempre y cuando los trabajadores estén en situación de dependencia.
La normativa indica que se trata de una remuneración anual complementaria de carácter obligatorio, y que debe ser abonada por el empleador antes del 31 de diciembre de cada año.
Es por ello que, vencido este plazo, el trabajador afectado puede presentar la denuncia correspondiente ante el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTESS), que ya habilitó el canal de recepción de las acusaciones.
El proceso de denuncia puede ser nominal o anónima y es muy sencillo, ya que podés hacerlo escribiendo al WhatsApp (0993) 308 100 o de forma presencial en la sede central del Ministerio, ubicada en Luis Alberto de Herrera esquina Paraguarí en Asunción.
En el caso de las personas que se encuentran en el interior, también pueden hacerlo presencialmente en las 14 Direcciones Regionales de Trabajo distribuidas en todos los departamentos del país.
En el departamento de Boquerón, se dispone además de una oficina exclusiva para los Pueblos Originarios, y el horario de atención es de lunes a viernes, de 07:00 a 15:00 horas. Asimismo, se encuentra habilitada la opción de Denuncia Web, disponible en www.mtess.gov.py, en la pestaña Servicios.
Una vez recibida la denuncia, el MTESS abre una instancia de mediación con el objetivo de garantizar el pago correspondiente al trabajador. En caso de incomparecencia del empleador, el caso es derivado a la Dirección General de Inspección y Fiscalización del Trabajo.
Hay que mencionar que la falta de pago del aguinaldo puede dar lugar a la aplicación de multas de entre 10 y 30 jornales mínimos por cada trabajador afectado.
En cuanto al monto a percibir, se calcula sumando todos los ingresos percibidos por el trabajador durante el año en concepto de salario, horas extras, comisiones u otros conceptos remunerativos, y dividiendo el total por 12.
Quedan excluidos del cálculo la bonificación familiar, el permiso por maternidad y los reposos médicos, y un dato no menor, es que el aguinaldo es inembargable, por lo que no puede ser objeto de descuentos bajo ningún concepto.
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Senadora critica la eliminación de la paridad y defiende el rol clave de las mujeres liberales
La senadora liberal Hermelinda Alvarenga lamentó el retroceso por el que atraviesa el Partido Liberal Radical Auténtico (PLRA), respecto a la eliminación de la Paridad. Sostuvo que esto ha sido una gran conquista de las mujeres liberales. Además, defendió el aporte y el trabajo de las mujeres que contribuyó para la grandeza del partido.
Durante una charla con La Nación/Nación Media, sostuvo que como política y académica rechaza los argumentos esgrimidos durante la última convención partidaria que se desarrolló el pasado 21 de diciembre. Anunció que va a trabajar con su equipo para que, en una nueva mesa, con las nuevas autoridades que sean electas en junio próximo, puedan volver a restituir la paridad en el PLRA.
“Esto ha sido un logro conquistado por las mujeres liberales, y hay que tener en cuenta que la participación de las mismas dentro de la política partidaria es muy importante, ya que son las que definen el voto popular. Porque son las que salen a buscar y a convencer cuando recorren casa por casa”, comentó.
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Señaló que ahora con este retroceso consumado por los hombres del partido, con quienes no comparte su opinión, que manifestaron que es muy difícil completar las listas electorales, lo cual aseguró es una mentira, ya que al final, son las mujeres las que definen los votos.
Restituir con nuevas autoridades
Explicó que, si bien en este momento ya casi no hay tiempo para volver a modificar el estatuto, ya que están corriendo los plazos electorales con miras a los próximos comicios internos que se realizarán el 7 de junio. Indicó que ahora ya están concentrados en lo que será la campaña para las elecciones municipales y la renovación de autoridades partidarias.
Igualmente, resaltó que dentro del PLRA, e incluso dentro de la Juventud Liberal, existen mujeres que son muy capaces, que tienen una excelente formación, con mucha capacidad de liderazgo, que no se puede permitir que se apaguen.
“Esto es un golpe también para esas jóvenes mujeres que se apuntaban a buscar integrar el Directorio de partido, pero tenemos que seguir trabajando para lograr convencer de nuevo y recuperar este logro que se tuvo, porque esto es un retroceso que no puede ser válido para el mismo Partido Liberal, que en este mismo momento está pasando una crisis por la falta de diálogo, tolerancia y comprensión”, acotó.
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Gobierno anuncia plan de contingencia ante la huelga de choferes de dos días
El Gobierno anunció un plan de contingencia para asegurar el traslado de pasajeros del transporte público, debido a que no se pudo impedir la huelga anunciada por sindicatos de choferes de ómnibus.
Durante una conferencia de prensa en Mburuvichá Róga, el viceministro de Transporte, Emiliano Fernández, aseguró que el programa de Reforma de Transporte Público ya está en marcha y no se detendrá, a pesar de la huelga de choferes del 16 y 17 de diciembre.
El plan contempla la utilización de 341 buses del sistema de transporte, 208 vehículos del sector público (Itaipú Binacional, Fuerzas Armadas, Patrulla Caminera, Policía Nacional, y de otros organismos)
Habrá acompañamiento de la Policía Nacional para resguardar la seguridad de los usuarios; se cubrirán los principales accesos al centro de Asunción y puntos estratégicos del área metropolitana. La frecuencia estimada de los vehículos será de cada 15 minutos, y el horario de la presencia de vehículos, camiones, camionetas será de entre las 5:00 y 21:00.
Normas internacionales
El funcionario aseguró que la ley está acorde a las normativas laborales internacionales y que se garantiza que el 60 % de la flota de transporte público debe brindar servicio en los días que se lleven a cabo las huelgas del sector.
El subsecretario de Estado aseguró que igualmente, se cuenta con una flota de buses para un plan de contingencia que se activará cuando se informe de forma adecuada al Viceministerio del Trabajo, sobre los días que se llevarán a cabo la medida de fuerza.
“El usuario no puede seguir aguantando el mal servicio, por tanto la reforma de transporte público está en marcha. Este trabajo de reforma está pensada en mejorar la calidad de vida del ciudadano y ese es el principal objetivo", enfatizó.
Agregó que, si bien, toda reforma empuja a estas situaciones que a veces no se desea. “Pero la huelga y el paro es una acción ante el cual el Estado no se detiene; la huelga y el paro no son amenazas que no vamos a tolerar, el Estado seguirá trabajando en la reforma para llegar con un transporte público de calidad”, enfatizo.
Remarcó que se estableció un mínimo de salida de buses de las empresas, el cual debe alcanzar el 60 %; y solamente el 40 % de los buses pueden parar en el tiempo que dure la huelga, conforme a lo que está establecidos en las normativas, las cuales fueron entregadas a los trabajadores y sindicatos durante la reunión tripartita que se realizó en la fecha.
“El plan de contingencia comprende el uso de las unidades de buses que cuenta las distintas entidades del Estado, que comenzarán su servicio a partir de las 5:00 de la mañana en las principales cabeceras de los troncales de las distintas ciudades, que son utilizados por el sistema de transporte público” precisó.
Tres puntos cuestionados
Por otra parte, explicó que durante la reunión tripartita no pudieron llegar a un acuerdo con el gremio de choferes que mantiene la huelga. En la ocasión, se presentaron tres pedidos, uno de los cuales se refiere al artículo 20 de la Reforma del Transporte Público, sobre el servicio imprescindible.
El otro punto cuestionado es el artículo 39 que habla sobre los trabajadores que serán absorbidos por la empresa nueva que operen cuando se realice las licitaciones en el marco de la reforma y el otro punto tiene que ver con la manera de contratación que se realizará en el marco de la reforma.
“Son tres artículos en discusión, y cada uno de estos está conforme con la normativa local y de acuerdo a las normativas internacionales, así como a la técnica de transporte. También está bajo los modelos exitosos en este formato de trabajo”, acotó.
Derecho a movilizarse
No obstante, hizo la acotación de que en cuanto al servicio imprescindible lo que está en discusión en estos momentos es el mínimo que se debe garantizar, sin importar que sean paros o huelgas.
“Este mínimo no es arbitrario, este mínimo está establecido en organismos internacionales. Entonces, por qué se exige un mínimo servicio de transporte público, porque la ciudadanía tiene derecho igualmente a movilizarse, así como los trabajadores y dueños de empresas tiene derecho al paro”, expresó.
Ante esta situación, el viceministro sostuvo que se debe garantizar “ese mínimo imprescindible” para garantizar el derecho a la movilidad del ciudadano. Recordó que ese mínimo ya fue establecido en la ley recientemente sancionado por el Congreso, estableciendo el 60 %.
Al respeto, destacó que la propia Organización Internacional de Trabajo, cuenta con un Comité de Libertad Sindical, que ya desde el año 1993, estableció que el transporte público es un “servicio de importancia trascendental”; por lo que tiempo de paros o huelgas se puede garantizar un mínimo de servicio.
“Estamos en armonía con lo que dice la norma internacional de trabajo, pero también estamos en armonía con lo que dice nuestra constitución nacional en su artículo 98, que establece el derecho a la huelga y el paro. Pero en la última parte de este artículo establece que se reglamentará esta ley en el caso de servicios imprescindibles”, acotó.
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