Asepy exhorta al Gobierno a promulgar la ley para deducir el 100% del IVA
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La Asociación de Emprendedores de Paraguay (Asepy) expresó su total acuerdo con la promulgación del proyecto de ley que permite la deducción del 100% del IVA de las compras de alimentos y otros insumos. Afirma que sería un impulso a la formalización del país, beneficiando a muchas personas.
El proyecto que modifica los artículos 88 y 89 de la Ley N° 6.380/2019 “De modernización y simplificación del sistema tributario nacional”, presentado por el diputado Hugo Ramírez, permitiría a los profesionales independientes deducir el total del IVA de facturas de supermercados, tiendas, restaurantes y otros rubros. Actualmente, la normativa admite solo la deducción de gastos relacionados con la actividad gravada o profesional del contribuyente.
David Caballero, presidente de la Asepy, señaló que esta iniciativa sería fundamental para apoyar la formalización de la economía. “El proyecto presentado por el diputado y aprobado por la Cámara de Diputados es una propuesta que beneficia no solo a los contribuyentes que tributan IVA por la prestación de servicios personales o profesionales, sino que además aumentaría la cantidad de contribuyentes y sentaría las bases para que el Estado pueda combatir el contrabando y la evasión fiscal”, enfatizó.
Por otro lado, Caballero mencionó que ante una eventual afectación en la recaudación, la misma podría ser paliada con otras medidas económicas, como la optimización y mejora del gasto público, y la incorporación de nuevos contribuyentes al universo existente. “El veto de esta iniciativa sería inoportuno e inconveniente, conforme a los intereses de la economía formal paraguaya”, sostuvo el titular del gremio.
Por otra parte, la Asepy solicita al Gobierno la promulgación de esta ley, ratificando a su vez su compromiso con la formalización de los emprendedores para así construir un Paraguay donde emprender sea mucho más fácil.
SET, en contra
El lunes último, desde el Ministerio de Hacienda, especialmente desde la Subsecretaría de Estado de Tributación (SET), manifestaron su preocupación y mencionan que el proyecto desnaturaliza el impuesto y fomenta desigualdad.
El viceministro de Tributación, Óscar Orué, advirtió que de promulgarse el proyecto de ley que permite la deducibilidad del impuesto al valor agregado (IVA) para los productos de la canasta básica en un 100%, se perderá la esencia del tributo y se estaría cometiendo una injusticia social, al permitir que algunos sectores queden exentos del pago. Sumado a eso, la entrada en vigencia de la legislación significará una menor recaudación para el fisco.
”Independientemente al impacto en la recaudación, que será de más de US$ 100 millones anuales, lo más importante será que esta ley desnaturaliza el impuesto y viola el principio de igualdad, ya que habrá dos sectores. Por un lado, un sector privilegiado que podrá deducir el 100% de sus compras y el otro, no podrá hacerlo”, mencionó.
Presente en casi todas las compras, el Impuesto al Valor Agregado (IVA) es la principal fuente de ingresos tributarios del país. Especialistas explican cómo funciona, quiénes deben pagarlo, cuáles son las tasas vigentes y qué novedades introdujo la Ley n.º 6380. Foto: Archivo
IVA en Paraguay: el impuesto que está presente en casi todas las compras
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Por Antonella Mateu
El Impuesto al Valor Agregado (IVA) forma parte de la vida cotidiana de los paraguayos, cada vez que una persona compra un producto, contrata un servicio o importa un bien, paga este tributo, considerado uno de los pilares de la recaudación tributaria del país.
Según datos de la Dirección Nacional de Ingresos Tributarios (DNIT), durante 2025 el IVA generó una recaudación de G. 12,88 billones, equivalente a más de la mitad de los ingresos tributarios internos administrados por la institución, consolidándose como el impuesto de mayor aporte al Estado.
La contadora Alba Talavera, directora de Educación Continuada del Colegio de Contadores del Paraguay, explicó a La Nación/Nación Media que el IVA grava principalmente la venta de bienes, la prestación de servicios, excepto aquellos realizados en relación de dependencia, y la importación de mercaderías.
“Cuando hablamos del IVA, lo primero que debemos entender es cuál es el hecho generador del impuesto. Este nace con la venta de bienes, la prestación de servicios independientes y también con la importación de bienes”, señaló.
¿Quiénes deben tributar el IVA?
Talavera indicó que son contribuyentes del IVA las personas físicas que prestan servicios profesionales o personales de manera independiente, quienes obtienen ingresos por alquileres de inmuebles, las empresas, cooperativas, asociaciones, fundaciones, sociedades, sucursales de firmas extranjeras, importadores habituales y ocasionales, además de otras entidades contempladas por la legislación tributaria.
Precisó que los trabajadores en relación de dependencia no tributan IVA por los servicios que prestan como empleados, ya que esos ingresos no forman parte del hecho generador del impuesto.
El gerente general de Impuestos Internos de la DNIT, Ever Otazú, explicó a La Nación/Nación Media que el IVA funciona sobre el valor agregado en cada etapa de la cadena económica.
En la práctica, una empresa cobra el impuesto al vender un producto o prestar un servicio, pero puede descontar el IVA que ya pagó en las compras relacionadas con su actividad económica. La diferencia entre ambos conceptos es el monto que finalmente debe ingresar al fisco.
“Por eso se habla de IVA débito e IVA crédito. El débito corresponde al impuesto generado por las ventas, mientras que el crédito representa el IVA pagado en las compras realizadas por el contribuyente”, explicó.
Por su parte, Talavera recordó que la liquidación del impuesto se realiza mensualmente, conforme al calendario establecido según la terminación del Registro Único del Contribuyente (RUC).
Alba Talavera, directora de Educación Continuada del Colegio de Contadores del Paraguay. Foto: Archivo
Tasas vigentes
En Paraguay existen actualmente dos tasas de IVA. La tasa general del 10 % se aplica a la mayoría de los bienes y servicios comercializados en el país, mientras que la tasa reducida del 5 % alcanza a determinados productos y operaciones, entre ellos algunos alimentos de la canasta básica, productos agropecuarios en estado natural, medicamentos de uso humano, venta de inmuebles y alquileres destinados exclusivamente a vivienda.
Otazú recordó además que todos los precios ofrecidos al consumidor final deben incluir el IVA, por lo que el monto exhibido ya contempla el impuesto correspondiente.
Los productos básicos como la harina, el arroz o la leche tributan una tasa reducida del 5 %. Foto: Archivo
Pago del tributo
La especialista explicó que la obligación tributaria nace cuando ocurre la entrega del bien, la prestación del servicio, el cobro total o parcial del precio o el vencimiento del plazo pactado para el pago.
En algunos servicios existen reglas específicas. Por ejemplo, en los suministros de energía eléctrica, agua potable, alcantarillado y telecomunicaciones prestados por empresas públicas, el hecho generador se produce con el vencimiento del plazo para el pago.
Asimismo, en servicios prestados desde el exterior o en operaciones de financiamiento y préstamos, la obligación tributaria también se determina por el primer hecho que ocurra entre el pago o el vencimiento correspondiente.
Cambios incorporados
Uno de los cambios más relevantes incorporados por la Ley n.º 6380 afecta a los bienes que salen del patrimonio de una empresa por destrucción, pérdida, obsolescencia, sustracción u otras causas. Talavera explicó que, en estos casos, el contribuyente debe revertir el IVA crédito previamente utilizado y emitir el comprobante correspondiente, tratándose la operación como si se hubiera realizado una venta.
Otra de las modificaciones beneficia a quienes prestan servicios personales, ya que pueden utilizar como crédito fiscal hasta el 30 % del IVA pagado en la compra de vehículos, siempre dentro de las condiciones previstas por la normativa vigente. Agregó que dicha adquisición también puede considerarse gasto deducible para el Impuesto a la Renta Personal (IRP), respetando el plazo establecido de tres años entre compras.
Ever Otazú, gerente general de Impuestos Internos de la DNIT. Foto: Gentileza
La importancia de exigir factura
Desde la DNIT resaltan que solicitar factura no solo constituye un derecho del consumidor, sino también una herramienta para combatir la informalidad. Cada comprobante deja constancia de quién realizó la venta, qué producto o servicio fue adquirido, el monto de la operación y el impuesto correspondiente. Esa información permite verificar que el IVA efectivamente sea declarado y abonado.
Además, la factura sirve como respaldo para reclamos, garantías comerciales y, en el caso de los contribuyentes, para ejercer el derecho al crédito fiscal o a determinadas deducciones permitidas por la legislación.
Clave para el financiamiento
Los recursos provenientes del IVA ingresan al Presupuesto General de la Nación (PGN) y constituyen una de las principales fuentes de financiamiento del Estado paraguayo. Con esos ingresos se sostienen áreas como salud, educación, seguridad, infraestructura, programas sociales y el funcionamiento de los servicios públicos.
Para la DNIT, cada factura emitida y cada operación formalizada fortalecen tanto la recaudación tributaria como la economía formal, permitiendo que el Estado disponga de recursos para cumplir sus funciones esenciales.
El IVA es la principal fuente de ingresos tributarios (Fuente 10) que financia el Presupuesto General de la Nación (PGN) en Paraguay. Foto: Archivo
MEF transfirió G. 1,67 billones a municipios y gobernaciones en el primer semestre
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El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) informó que transfirió un total de G. 1,67 billones, alrededor de USD 274,6 millones al cambio actual, a municipios y gobernaciones de todo del país, en diferentes conceptos, al cierre del primer semestre del ejercicio 2026.
Los datos precisos se encuentran consignados en el informe de la Dirección General de Departamentos y Municipios (DGDM), dependiente del Viceministerio de Administración Financiera (VAF). El documento está disponible en la web institucional de la cartera de Estado.
Las gobernaciones recibieron un total de G. 1,168 billones, mientras que las municipalidades percibieron G. 504.884 millones en los primeros seis meses del año. Los recursos desembolsados provienen de Royalties, Impuesto al Valor Agregado (Fuente 10 Recursos del Tesoro), Canon por Juegos de Azar y otras compensaciones.
Los interesados en realizar el seguimiento de las transferencias que recibe su municipalidad o gobernación pueden ver los datos en este enlace. Ingresando el RUC (Registro Único de Contribuyente) se despliega el monto desembolsado a cada entidad y lo pendiente por recibir. Se trata de una herramienta del MEF que permite transparentar los recursos que reciben los gobiernos locales.
En informe publicado por la cartera de Estado agrega que las entidades deben presentar rendición de cuentas e informes cuatrimestrales para recibir las transferencias correspondientes, las cuales están sujetas al cumplimiento estricto de los requerimientos legales establecidos en la ley que aprueba el Presupuesto General de la Nación (PGN) de cada año y su respectivo decreto reglamentario.
El impuesto obligatorio en países vecinos abre una gran oportunidad para Paraguay, según un estudio
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La Unión Industrial Argentina (UIA) ubicó a Paraguay entre los países con menor carga fiscal en el informe Carga Fiscal sobre el Sector Formal, dado a conocer recientemente. El documento fue elaborado tomando 30 economías alrededor del globo para analizar la elevada presión tributaria del país vecino.
Para entender la magnitud del reporte, se puede mencionar que los 30 países que fueron considerados representan el 81 % del Producto Interno Bruto (PIB) mundial y el 61 % de la población del globo.
En el caso del Impuesto al Valor Agregado (IVA), por ejemplo, Paraguay grava el 10 %, frente al 26,5 % de Brasil, 22 % de Uruguay y 21 % de Argentina, es decir, menos de la mitad que los países vecinos, excepto Chile, que tiene fijado el tributo en 19 %.
Tabla sobre las tasas del IVA en los países analizados. Foto: UIA
Con relación a las ganancias, Impuesto a la Renta Empresarial (IRE), también el 10 % que tiene establecido el país se encuentra en el nivel más bajo, solo superado por Suiza, con 8,5 %. En este caso, Argentina imputa 35 %, Brasil 34 %, Chile 27 % y Uruguay 25 %, solo por mencionar economías que están más próximas.
Tasa de impuesto a la renta en los países analizados. Foto: UIA
La UIA lamenta sobre la Argentina que “la elevada presión fiscal que enfrentan las empresas en Argentina constituye uno de los principales obstáculos para el desarrollo productivo y la mejora de la competitividad”. En contraposición, Paraguay está ganando en inversiones, sobre todo de empresas brasileñas, que ven a la economía local como un escape ante el agobio de los elevados tributos. Vienen a producir en territorio nacional, para elevar productividad y ganar competitividad.
Otro de los hechos plasmados en el documento consiste en que Paraguay no tiene un impuesto determinado a los sellos (trámites) y que cuenta con un régimen de tasas municipales que son fijadas por los propios municipios, con base en leyes vigentes.
Buenas expectativas de recaudaciones para el segundo semestre del año, tras cierre positivo a junio
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El director Nacional de Ingresos Tributarios (DNIT), Oscar Orué, sostuvo que la recaudación del primer semestre del año se mantuvo en línea positiva. El crecimiento registrado fue del 2 % en comparación con el primer semestre del 2025. Aun así, explicó que este resultado estuvo por debajo de las proyecciones previstas para este 2026.
Indicó que el principal factor para ello tiene que ver con la caída del dólar. Recordó que en un año, el tipo de cambio se devaluó un 22 % y esto tuvo un fuerte impacto en la recaudación. “Aunque las importaciones aumentaron, al convertir los valores a guaraníes se recauda menos. Todos los productos importados se cotizan en dólares”, dijo a la 780 AM.
Respecto a los impuestos internos, dijo que sí se observa un crecimiento del 6,1 %, acompañado de un descenso marginal en la recaudación general, pero que se estima que mejoraría al finalizar este año. “Por el lado de impuestos internos sí estamos bien, con un 6,1 % de crecimiento en lo que fue junio; en la recaudación general sí hubo una caída del 5 %, pero marginal a consecuencia del tipo de cambio. En términos globales, de enero a junio sí estamos en terreno positivo, esperando que el segundo semestre mejore”, aseveró.
Por otro lado, habló sobre la mejoría del consumo, reflejada en el crecimiento del Impuesto al Valor Agregado (IVA), además de un movimiento interesante en importaciones con regímenes especiales, que no pagan impuestos.
“Vemos en el IVA un crecimiento; en consumo estamos bien; también hay muchos regímenes especiales, eso significa que al momento de importar productos no se pagan impuestos, maquila, ley de inversión, materia prima, pero por el lado del crecimiento económico, vemos también que somos uno de los que más vamos a crecer en América Latina”, expresó.
Recaudaciones
Al cierre de junio de 2026, Ingresos Tributarios registró una recaudación en efectivo de G. 2.988.126 millones (USD 491,3 millones), lo que representa una variación interanual de -5,9 % respecto al mismo mes de 2025. Este resultado implicó una variación negativa de G. 187.254 millones menos (USD 30,8 millones) en términos absolutos.