El Ministerio de Hacienda, a través de la Dirección General de Personas y Estructuras Jurídicas y de Beneficiarios Finales (DGPEJBF), decidió extender el plazo de comunicación del registro administrativo de personas y estructuras jurídicas y el registro de beneficiarios finales.

En el transcurso de esta semana será debidamente comunicado el nuevo calendario, conforme a la terminación del RUC.

Atendiendo el vencimiento del plazo de actualización de datos del registro administrativo de personas y estructuras jurídicas y registro administrativo de beneficiario final, establecido para hoy, 30 de junio del 2021, según decreto Nº 3.241/20, y considerando la sobrecarga de trámites percibida en la víspera, lo que ocasiona inconvenientes en la conclusión de trámites, la DGPEJBF determinó la prórroga del plazo pertinente.

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En este registro deberán inscribirse todas las personas físicas que, directa o indirectamente, posean una participación sustantiva o control final sobre la persona jurídica o estructura jurídica (la cual debe estar inscrita en el Registro Administrativo de Personas y Estructuras Jurídicas), o se beneficien de estas.

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Los beneficiarios finales serán siempre personas físicas, las cuales reúnen ciertos requisitos como tener participación sustantiva; es decir, la tenencia de acciones o participaciones en un porcentaje igual o mayor al 10% con respecto al capital total de la persona o estructura jurídica.

También los gerentes, administradores o quienes frecuentemente usen o se beneficien de los activos que son propiedad de la persona o estructura jurídica, o en cuyo nombre o beneficio se realice una transacción de la persona o estructura jurídica.

La ley y su decreto reglamentario prevén que serán aplicadas medidas como impedimento de abrir nuevas cuentas, realizar depósitos o remesas, bloqueo de RUC, suspensión en la tramitación de cualquier otra presentación ante el Ministerio de Hacienda, así como la aplicación de distintas multas si no se realiza dicha inscripción o comunicación.

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