El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTESS) aclaró que más allá de la restricción horaria para circular, los trabajadores pueden hacerlo pasando las 20:00, ya que es entendible que deben llegar a sus casas.

Es así que conforme al decreto Nº 5.160/21, los trabajadores que se retiran de sus puestos laborales a las 20:00, el máximo permitido para abrir locales, pueden circular sin inconvenientes en la vía pública para desplazarse hasta sus respectivos domicilios.

No obstante, los trabajadores deberán contar con una constancia laboral que demuestre que se hayan retirado del trabajo, que indique lugar, empresa, cargo y horario en el que esta persona debe cumplir su labor.

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Deben portar constancia

Para tranquilidad de todos, el MTESS recuerda que está disponible la constancia laboral para circulación de los trabajadores en el horario restringido por la emergencia sanitaria. Para acceder al modelo de constancia, los empleadores pueden ingresar al siguiente enlace: https://www.mtess.gov.py/medidas-laborales-aplicad.

La cartera laboral reitera que la medida establecida por el Poder Ejecutivo respecto al horario de desplazamiento, que es de 5:00 a 20:00 en las ciudades que se encuentran en el nivel rojo de transmisión comunitaria del COVID-19, mientras que en las demás localidades continúa vigente el horario de 5:00 a 23:59.

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