El Banco Central del Paraguay (BCP) ha resuelto extender hasta el 31 de diciembre de 2021, las medidas excepcionales complementarias de apoyo para la formalización de las renovaciones, refinanciaciones o reestructuraciones de créditos, a clientes de todos los sectores.

“En el actual estado de emergencia sanitaria es prudente aún prever eventuales impactos económicos adversos en ciertas actividades comerciales, financieras, industriales y productivas del país, sin importar el tamaño de la empresa”, cita el documento.

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Añade que, en la misma línea de las anteriores medidas emitidas por el BCP, la reciente disposición tiene el propósito de mantener facilidades y preservar un entorno favorable para que los bancos y empresas financieras brinden adecuada asistencia a las empresas y familias de todos los sectores que demanden la reprogramación de sus créditos.

“El BCP, al mismo tiempo de ratificar el firme compromiso con su mandato legal de velar por la solvencia, estabilidad e integridad del sistema financiero, entiende que la prórroga y las adecuaciones de esta medida regulatoria facilitarán la oportuna provisión de recursos financieros al mercado y contribuirá fuertemente a impulsar la actividad económica” destaca el documento. Para acceder a la normativa: Resolución N°1, Acta N°17 de fecha 25.03.2021

Entrega y seguimiento de expedientes

Además, el BCP informa que, hasta el 30 de junio de 2021, las mesas de entrada de la Secretaría General del BCP, Superintendencia de Bancos y de la Superintendencia de Seguros, implementarán el siguiente procedimiento para la recepción y tramitación de documentos.

La tramitación y/o gestiones deberán ser canalizadas preferentemente a través de medios electrónicos (correo electrónico). En el caso de recepciones digitales de expedientes se deberá tener en cuenta las siguientes consideraciones: El mismo deberá tener la nota de presentación, debidamente firmada por el recurrente en la que se indique los siguientes datos del firmante: nombre y apellido, número de cédula de identidad, domicilio, número de teléfono, dirección de correo electrónico y cualquier otro dato de contacto relevante.

La documentación presentada deberá estar foliada con número y letra, en el ángulo superior derecho de la hoja, a partir de la nota. Si el documento cuenta con anexos deberán estar firmados.

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El tamaño del documento escaneado deberá ser de hasta un máximo de 10 megas. Si la documentación requiere de mayor capacidad, deberán fraccionar y remitir en otro correo electrónico, dando continuidad a la foliatura y en el cual se aclare la referencia de la presentación que está siendo complementada.

Al recibirse el documento se notificará al remitente, vía correo electrónico, sirviendo como acuse de recibido la firma electrónica del operador responsable del registro remitido por la misma vía, la que informará el número de expediente. La fecha de recepción será la del envío del correo electrónico. Las solicitudes recibidas luego de las 12:30 horas serán registradas a partir de las 8:30 horas del día hábil siguiente.

El seguimiento de expedientes, se realizará mediante correo electrónico, utilizando para el efecto a las direcciones señaladas más abajo.

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