Desde el 1 de enero del presente año, los agentes de retención del Impuesto a la Renta Empresarial (IRE) designados a través de la resolución general N° 71/2020 deben retener el impuesto por la enajenación de ganado vacuno.

Así lo reitera la Subsecretaría de Estado de Tributación, dependiente del Ministerio de Hacienda. Ratifica que la retención debe realizarse a través del software Tesakã, seleccionando el concepto “Retenciones en carácter de pago a cuenta para contribuyentes obligados por el impuesto”.

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Así también, la administración tributaria señala que el listado de contribuyentes designados se puede consultar en el anexo de la Resolución General N° 71/2020, ingresando por medio de la página institucional www.set.gov.py.

“El sector agropecuario cuenta con una significativa participación en la economía nacional, por lo que resulta necesario establecer mecanismos que faciliten a los contribuyentes del IRE cumplir con sus obligaciones tributarias”, fundamenta la citada resolución del Ministerio de Hacienda.

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Para obtener más datos sobre la citada disposición ministerial, los interesados pueden recurrir al siguiente enlace: https://bit.ly/35gPn4h. A su vez, el detalle del Registro Único de Contribuyentes (RUC), nombres y apellidos o razón social de los agentes de retención se puede encontrar en este link: https://bit.ly/3s78Oqj.

“La retención en la fuente constituye un mecanismo idóneo, ágil y práctico, permite mantener con regularidad la mayor parte del tributo que será ingresado al momento del vencimiento para el pago del adeudo tributario, hecho que hace necesaria su utilización como medio de recaudación. Para dicho fin es necesario comunicar a los contribuyentes afectados con la debida anticipación, facilitándole de esta forma cumplir debidamente con esta obligación”, refiere la resolución ministerial.

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