El Ministerio de Hacienda dio a conocer este lunes el decreto del Poder Ejecutivo N° 4.617 por el cual se fijan los nuevos valores fiscales inmobiliarios, establecidos por el Servicio Nacional de Catastro para el ejercicio fiscal 2021. El ajuste realizado es de 1,7% tanto para inmuebles urbanos como rurales.

Se aclara que se ajustarán los valores fiscales para el presente año solo por la tasa del Índice de Precios al Consumidor (IPC), emitida por el Banco Central del Paraguay (BCP), que en el período de los doce meses anteriores al 1 de noviembre del 2020 alcanza 1,7% a través de la Nota BC/N° 241/2020.

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Así también el documento alude que ante la crisis actual por la pandemia del COVID-19 y que afecta negativamente a la economía del país y del mundo se posterga por un año más la actualización (de cada cinco años) de valores fiscales por el índice de variación del mercado inmobiliario. Esto conforme a la Ley N° 5513/2015 y que a partir del año 2022 serán actualizados los valores fiscales de acuerdo con el índice de variación de precios inmobiliarios, que ya considere el impacto de la crisis.

De esta forma se aprueban los valores fiscales expresados en guaraníes por metro cuadrado de los inmuebles urbanos ubicados en la capital de la República y en los municipios del interior del país, determinado por el Servicio Nacional de Catastro.

Igualmente se dispone que a los efectos de la valoración fiscal, el SNC utilizará la nomenclatura catastral Cuenta Corriente para los inmuebles ubicados en zonas urbanas. En tanto se usará la nomenclatura catastral Padrón para los inmuebles ubicados en zonas rurales, estableciendo las excepciones mencionadas en el citado decreto presidencial.

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