La Dirección General de Jubilaciones y Pensiones (DGJP), dependiente del Ministerio de Hacienda, en el marco de las medidas administrativas asumidas en virtud de la presente emergencia sanitaria, informa que dispuso la ampliación de plazos de sus diferentes procesos.

La ampliación del plazo de los siguientes procesos, que tienen vencimiento entre el 23 de marzo y el 30 de junio, va hasta el 31 de julio y son los siguientes: pensión a herederos a jubilados y pensionados a herederos a funcionarios fallecidos en servicio, los recursos de reconsideración, devolución de los aportes, los pagos de haberes atrasados a pedido de parte, las jubilaciones, haberes de retiro y pensión por invalidez, así como los aportes complementarios.

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Los siguientes procesos recepcionados vía correo electrónico a partir del 20 de abril de este año tendrán una ampliación de plazo de 60 días hábiles contados desde el día siguiente hábil registrado en el Sistema de Mesa de Entrada (Sime): jubilación, haber de retiro y pensionados de invalidez, pensión a herederos a jubilados y pensión a herederos de funcionarios fallecidos en servicio, los pagos del 50% para los herederos de las FFAA y, por último, la devolución de los aportes.

Las solicitudes recibidas por correo electrónico que reúnan las condiciones serán registradas en el Sime en un plazo no mayor a tres (3) días hábiles y la recepción o el rechazo serán notificados al remitente por la misma vía.

Este hecho podrá ser verificado mediante el número de expediente en la página web del Ministerio de Hacienda/Estado de Expedientes, o a través del call center llamando al (021) 419-8010.

La Dirección de Jubilaciones también señala que para facilitar el acceso a las resoluciones particulares, las mismas son publicadas en el Sime, por lo que las personas interesadas podrán acceder a dichos documentos con el último número de Sime asignado en la columna de “Ver archivos”.

Recordemos que las medidas son adoptadas por la dependencia estatal en el marco de la emergencia sanitaria. No obstante, la DGJP está arbitrando los mecanismos que son necesarios para asegurar la prosecución de los trámites tendientes al pago de jubilaciones y pensiones y demás trámites.

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