La Subsecretaría de Estado de Tributación SET dio de baja la obligación del Impuesto a la Renta del Servicio de Carácter Personal (código de obligación 121) a las Sociedades Simples al 31/12/2019 y de alta la obligación IRE General (código de obligación 700) a partir del 01/01/2020. A raíz de eso y de los regímenes simplificados del Sistema Tributario Nacional, Oscar Orué, viceministro de Tributación, habló con Radio Uno.
“Tenemos que hacer una aclaración sobre el impuesto RESIMPLE que se trata del régimen simplificado para las pequeñas empresas. Los que ya están inscriptos van a tener que pagar desde este año”, destacó.
El titular de Tributaciones aseguró que en el caso del impuesto a la renta personal se está "haciendo más equilibrado, más equitativo”
“Los que están en el régimen RESIMPLE no hace falta que tengan un contador, lo único que deben hacer es emitir sus facturas y pagar su impuesto mensualmente. Desde el régimen SIMPLE si es recomendable tener un contador”, aclaró.
Formalizar
Los nuevos impuestos simplificados, Simple y Resimple, rigen para pequeñas empresas cuya facturación va de 0 a 80 millones de guaraníes. El porcentaje que van a pagar es el 1% de sus ganancias.
“Lo que se quiere es que esta gente se formalice para que puedan acceder a créditos blandos, porque hoy en día están acudiendo a usureros. La gente no entiende nomás por eso critican y dicen pobres yuyeros”, declaró Alba Talavera, del Colegio de Contadores del Paraguay, al dar un ejemplo.
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DNIT suma otro cierre temporal de local por presuntas irregularidades tributarias
La Dirección Nacional de Ingresos Tributarios (DNIT) procedió al cierre temporal de un local gastronómico ubicado en Ciudad del Este, departamento de Alto Paraná, ante el presunto incumplimiento de obligaciones tributarias.
La suspensión de las actividades comerciales del establecimiento, dedicado al rubro de restaurante y parrillada, se ejecutó conforme a una orden emanada del juzgado competente, que dispone la clausura por un periodo de tres días debido a la no emisión de comprobantes de venta.
El cierre es resultado de un proceso iniciado con verificaciones realizadas mediante procedimientos de compras simuladas, en las que se constató el incumplimiento de las disposiciones vigentes en cuanto a la emisión y entrega de comprobantes. Según la DNIT, se trata de un caso reincidente, al que se suman otras faltas de obligaciones formales detectadas durante los controles.
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En paralelo a la medida judicial, se notificó al contribuyente la orden de Fiscalización Puntual, con el objetivo de determinar la existencia o no de defraudación fiscal. Asimismo, funcionarios de la Dirección General de Fiscalización Tributaria, dependiente de la Gerencia General de Impuestos Internos, realizan tareas de inventario en el marco del proceso de control.
La DNIT también informó que, además de estas intervenciones, lleva adelante acciones de reconocimiento a los establecimientos que cumplen con la emisión de comprobantes de venta, en el contexto de promoción de la formalización económica.
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DNIT habilita canales de consulta para municipios sobre avalúo fiscal de inmuebles
La Dirección Nacional de Ingresos Tributarios (DNIT) informó que habilitó nuevos canales de comunicación dirigidos a las municipalidades de todo el país, con el objetivo de facilitar consultas y coordinar técnicamente temas relacionados con el avalúo fiscal de inmuebles para la liquidación del impuesto inmobiliario.
Según detalló la institución, los gobiernos municipales podrán comunicarse directamente con el Departamento de Fiscalidad Inmobiliaria, dependiente de la Gerencia General de Impuestos Internos, a través del teléfono (021) 417 7745 o del correo electrónico dfi@dnit.gov.py. Estos canales estarán disponibles para atender consultas vinculadas a la determinación del valor fiscal de los inmuebles y otros aspectos técnicos de la fiscalidad inmobiliaria.
La DNIT recordó que el valor fiscal determinado por la institución constituye la base imponible del impuesto inmobiliario, el cual posteriormente es remitido a los gobiernos municipales para su correspondiente recaudación, conforme a lo establecido en el artículo 21 del Decreto Reglamentario N.º 5305/2026.
Marco legal y competencias
La entidad también reiteró que es la autoridad competente para realizar el avalúo inmobiliario y determinar el valor fiscal de los inmuebles en todo el país, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley N.º 7.424/2025, que crea el Sistema Nacional Unificado Registral y Catastral y el Registro Unificado Nacional (RUN), así como en su Decreto Reglamentario N.º 5305/2026.
Asimismo, recordó que el artículo 60 de la Ley N.º 125/1991, modificado por la Ley N.º 7.424/2025, establece que la DNIT tiene a su cargo la determinación del valor fiscal de los inmuebles, además de la definición del sistema de avaluación y del procedimiento para su cálculo.
En ese contexto, la institución reafirmó su compromiso con la uniformidad técnica, la seguridad jurídica y la transparencia en la determinación de la base imponible del impuesto inmobiliario en todo el país, mediante la coordinación permanente con los gobiernos municipales.
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Rotación obligatoria de auditores busca consolidar credibilidad del sistema tributario
La Dirección Nacional de Ingresos Tributarios (DNIT) dispuso nuevos criterios para la contratación y rotación de auditores externos impositivos (AEI) mediante la Resolución General N.° 43, vigente desde el 30 de enero de 2026. La medida, que comenzará a aplicarse desde el ejercicio fiscal 2026, busca fortalecer la transparencia, alinear la práctica local con estándares internacionales.
Entre los principales cambios se establece que los auditores externos no podrán firmar dictámenes para un mismo contribuyente por más de tres ejercicios fiscales consecutivos. Para retomar ese vínculo profesional, deberá transcurrir un mínimo de dos ejercicios fiscales sin prestar servicios a ese cliente.
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La normativa, no obstante, mantiene la libre elección de auditores registrados por parte de las empresas, pero introduce una rotación obligatoria, el profesional firmante ya sea el AEI persona física o un socio de la firma auditora solo puede suscribir informes durante tres periodos consecutivos antes de cumplir el intervalo establecido.
En conversación con La Nación/Nación Media, Antulio Nirvan Bohbout, encargado de despacho de la Gerencia General de Impuestos Internos de la DNIT, explicó que la actualización responde a la necesidad de adecuar la normativa a la realidad actual del mercado, especialmente considerando que muchas grandes empresas locales, incluidas aquellas que cotizan en bolsa o cuentan con capital extranjero, están sujetas a regulaciones internacionales de auditoría.
El funcionario señaló que estas compañías suelen contratar firmas globales por exigencias de sus casas matrices o accionistas internacionales. “Se está regularizando lo que se viene verificando desde hace años y sincerando la actividad”, indicó, destacando que la medida busca mayor claridad normativa y responsabilidad profesional.
Asimismo, enfatizó que el nuevo esquema refuerza la responsabilidad del auditor firmante. La normativa actualiza lo dispuesto en la Resolución General N.° 30/2019 que faculta a la DNIT a administrar el Registro de Auditores Externos Impositivos y establecer los criterios de habilitación.
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Ingresos de la Dnit con superávit mes a mes
Las recaudaciones tributarias acompañan las señales de expansión económica, con aumentos tanto en términos interanuales (7 %) como en los acumulados (9,6 %).
La Dirección Nacional de Ingresos Tributarios (DNIT), compartió el informe mensual de recaudaciones al mes de julio de este año, las cuales reflejan armonía con la expansión económica proyectada, que ahora fue revisada al alza, arrojando superávit mes a mes.
Por un lado, los ingresos acumulados de la entidad, de enero a julio del 2025, ascienden a USD 3.404 millones (G. 25.293.666 millones), que representa un 9,6 % más que el mismo periodo del 2024, o lo que serían USD 298 millones más.
En lo que respecta al mes de julio concretamente, la DNIT recaudó USD 531,0 millones (G 3.945.760 millones), que se traducen a un crecimiento de 7,0 % en comparación al mismo mes del 2024, logrando USD 34,8 millones más (G. 258.495 millones) que el mismo mes del año anterior.
El desglose de la Dnit explica que la Gerencia General de Impuestos Internos recaudó un total de USD 322,5 millones, que representa una variación interanual de 10,0 %, equivalente a USD 29,4 millones más.
El aumento se refleja por los pagos realizados por los sectores de comercio, intermediación financiera, bebidas y tabaco, construcción, servicios a empresas y a los hogares, transportes, alimentos, telecomunicaciones, información y comunicación, entre otros.
En tanto que la Gerencia General de Aduanas alcanzó una recaudación en efectivo de USD 208,5 millones, obteniendo una variación interanual de 2,6% respecto al mismo mes del año anterior, equivalente a USD 5,3 millones más.
En este segmento incidieron rubros como informática y telecomunicaciones; aceites esenciales, perfumes y cosméticos; manufactura de tejidos como prendas y complementos de vestir; bienes de capital; electrónica; aluminios y sus manufacturas, abonos; máquinas aparatos y material eléctrico y sus partes; así como vehículos, entre otros.