La Subsecretaría de Estado de Tributación SET dio de baja la obligación del Impuesto a la Renta del Servicio de Carácter Personal (código de obligación 121) a las Sociedades Simples al 31/12/2019 y de alta la obligación IRE General (código de obligación 700) a partir del 01/01/2020. A raíz de eso y de los regímenes simplificados del Sistema Tributario Nacional, Oscar Orué, viceministro de Tributación, habló con Radio Uno.
“Tenemos que hacer una aclaración sobre el impuesto RESIMPLE que se trata del régimen simplificado para las pequeñas empresas. Los que ya están inscriptos van a tener que pagar desde este año”, destacó.
El titular de Tributaciones aseguró que en el caso del impuesto a la renta personal se está "haciendo más equilibrado, más equitativo”
“Los que están en el régimen RESIMPLE no hace falta que tengan un contador, lo único que deben hacer es emitir sus facturas y pagar su impuesto mensualmente. Desde el régimen SIMPLE si es recomendable tener un contador”, aclaró.
Formalizar
Los nuevos impuestos simplificados, Simple y Resimple, rigen para pequeñas empresas cuya facturación va de 0 a 80 millones de guaraníes. El porcentaje que van a pagar es el 1% de sus ganancias.
“Lo que se quiere es que esta gente se formalice para que puedan acceder a créditos blandos, porque hoy en día están acudiendo a usureros. La gente no entiende nomás por eso critican y dicen pobres yuyeros”, declaró Alba Talavera, del Colegio de Contadores del Paraguay, al dar un ejemplo.
Leer también:
Dejanos tu comentario
Facturación electrónica elevó hasta 40,7 % el IVA a pagar, según evaluación del BID
Resultados preliminares de una evaluación de impacto sobre la implementación del Sistema Integrado de Facturación Electrónica Nacional (Sifen) fueron presentados por el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), de acuerdo con informaciones de la Dirección Nacional de Ingresos Tributarios (DNIT).
Según el organismo, el estudio confirma que la facturación electrónica se consolida como una herramienta clave para fortalecer la administración tributaria y promover la formalización de la economía.
De acuerdo con la evaluación, basada en información correspondiente al período 2018-2023, los contribuyentes incorporados al Sifen registraron un incremento del 27,3 % en la base imponible del IVA, un aumento del 31,3 % en el IVA declarado y un crecimiento del 40,7 % en el IVA a pagar, resultados que reflejan un mayor nivel de cumplimiento de las obligaciones tributarias.
Metodología internacional de “Diferencias en Diferencias”
El estudio analizó una base de datos compuesta por 1.369 empresas y 98.568 registros, utilizando la metodología internacional de Diferencias en Diferencias, ampliamente empleada para evaluar políticas públicas. Este enfoque permitió medir de forma objetiva el impacto de la facturación electrónica, aislando sus efectos de otros factores que inciden en el comportamiento tributario.
Además del incremento en el cumplimiento fiscal, la evaluación concluye que el Sifen fortalece la transparencia y la trazabilidad de las transacciones comerciales, mejora la calidad y oportunidad de la información disponible para la administración tributaria y optimiza la gestión de riesgos mediante el uso de datos confiables para las tareas de control y fiscalización.
Adopción voluntaria del Sifen
El informe también resalta que un importante número de contribuyentes adoptó voluntariamente el sistema antes de que su uso fuera obligatorio, lo que refleja una favorable aceptación por parte del sector privado y evidencia el interés de las empresas por avanzar en la digitalización de sus procesos tributarios.
Según la DNIT, los resultados preliminares respaldan la estrategia institucional de continuar ampliando la incorporación de contribuyentes al Sifen, fortalecer las acciones de capacitación y aprovechar la información generada por la facturación electrónica para modernizar la gestión tributaria, mejorar la eficiencia institucional y contribuir al desarrollo económico del país.
Lea más: Encuentro tratará la competitividad del agronegocio con enfoque femenino
Dejanos tu comentario
DNIT suma otro cierre temporal de local por presuntas irregularidades tributarias
La Dirección Nacional de Ingresos Tributarios (DNIT) procedió al cierre temporal de un local gastronómico ubicado en Ciudad del Este, departamento de Alto Paraná, ante el presunto incumplimiento de obligaciones tributarias.
La suspensión de las actividades comerciales del establecimiento, dedicado al rubro de restaurante y parrillada, se ejecutó conforme a una orden emanada del juzgado competente, que dispone la clausura por un periodo de tres días debido a la no emisión de comprobantes de venta.
El cierre es resultado de un proceso iniciado con verificaciones realizadas mediante procedimientos de compras simuladas, en las que se constató el incumplimiento de las disposiciones vigentes en cuanto a la emisión y entrega de comprobantes. Según la DNIT, se trata de un caso reincidente, al que se suman otras faltas de obligaciones formales detectadas durante los controles.
Lea más: Diego Ruíz Zubizarreta fue reelecto para representar a la raza Cuarto de Milla
En paralelo a la medida judicial, se notificó al contribuyente la orden de Fiscalización Puntual, con el objetivo de determinar la existencia o no de defraudación fiscal. Asimismo, funcionarios de la Dirección General de Fiscalización Tributaria, dependiente de la Gerencia General de Impuestos Internos, realizan tareas de inventario en el marco del proceso de control.
La DNIT también informó que, además de estas intervenciones, lleva adelante acciones de reconocimiento a los establecimientos que cumplen con la emisión de comprobantes de venta, en el contexto de promoción de la formalización económica.
Dejanos tu comentario
DNIT habilita canales de consulta para municipios sobre avalúo fiscal de inmuebles
La Dirección Nacional de Ingresos Tributarios (DNIT) informó que habilitó nuevos canales de comunicación dirigidos a las municipalidades de todo el país, con el objetivo de facilitar consultas y coordinar técnicamente temas relacionados con el avalúo fiscal de inmuebles para la liquidación del impuesto inmobiliario.
Según detalló la institución, los gobiernos municipales podrán comunicarse directamente con el Departamento de Fiscalidad Inmobiliaria, dependiente de la Gerencia General de Impuestos Internos, a través del teléfono (021) 417 7745 o del correo electrónico dfi@dnit.gov.py. Estos canales estarán disponibles para atender consultas vinculadas a la determinación del valor fiscal de los inmuebles y otros aspectos técnicos de la fiscalidad inmobiliaria.
La DNIT recordó que el valor fiscal determinado por la institución constituye la base imponible del impuesto inmobiliario, el cual posteriormente es remitido a los gobiernos municipales para su correspondiente recaudación, conforme a lo establecido en el artículo 21 del Decreto Reglamentario N.º 5305/2026.
Marco legal y competencias
La entidad también reiteró que es la autoridad competente para realizar el avalúo inmobiliario y determinar el valor fiscal de los inmuebles en todo el país, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley N.º 7.424/2025, que crea el Sistema Nacional Unificado Registral y Catastral y el Registro Unificado Nacional (RUN), así como en su Decreto Reglamentario N.º 5305/2026.
Asimismo, recordó que el artículo 60 de la Ley N.º 125/1991, modificado por la Ley N.º 7.424/2025, establece que la DNIT tiene a su cargo la determinación del valor fiscal de los inmuebles, además de la definición del sistema de avaluación y del procedimiento para su cálculo.
En ese contexto, la institución reafirmó su compromiso con la uniformidad técnica, la seguridad jurídica y la transparencia en la determinación de la base imponible del impuesto inmobiliario en todo el país, mediante la coordinación permanente con los gobiernos municipales.
Lea más: Alertan sobre cinco agencias de turismo que operan vía redes sociales sin habilitación
Dejanos tu comentario
Rotación obligatoria de auditores busca consolidar credibilidad del sistema tributario
La Dirección Nacional de Ingresos Tributarios (DNIT) dispuso nuevos criterios para la contratación y rotación de auditores externos impositivos (AEI) mediante la Resolución General N.° 43, vigente desde el 30 de enero de 2026. La medida, que comenzará a aplicarse desde el ejercicio fiscal 2026, busca fortalecer la transparencia, alinear la práctica local con estándares internacionales.
Entre los principales cambios se establece que los auditores externos no podrán firmar dictámenes para un mismo contribuyente por más de tres ejercicios fiscales consecutivos. Para retomar ese vínculo profesional, deberá transcurrir un mínimo de dos ejercicios fiscales sin prestar servicios a ese cliente.
Le puede interesar: DNIT tendrá rol clave en el avalúo inmobiliario con RUN
La normativa, no obstante, mantiene la libre elección de auditores registrados por parte de las empresas, pero introduce una rotación obligatoria, el profesional firmante ya sea el AEI persona física o un socio de la firma auditora solo puede suscribir informes durante tres periodos consecutivos antes de cumplir el intervalo establecido.
En conversación con La Nación/Nación Media, Antulio Nirvan Bohbout, encargado de despacho de la Gerencia General de Impuestos Internos de la DNIT, explicó que la actualización responde a la necesidad de adecuar la normativa a la realidad actual del mercado, especialmente considerando que muchas grandes empresas locales, incluidas aquellas que cotizan en bolsa o cuentan con capital extranjero, están sujetas a regulaciones internacionales de auditoría.
El funcionario señaló que estas compañías suelen contratar firmas globales por exigencias de sus casas matrices o accionistas internacionales. “Se está regularizando lo que se viene verificando desde hace años y sincerando la actividad”, indicó, destacando que la medida busca mayor claridad normativa y responsabilidad profesional.
Asimismo, enfatizó que el nuevo esquema refuerza la responsabilidad del auditor firmante. La normativa actualiza lo dispuesto en la Resolución General N.° 30/2019 que faculta a la DNIT a administrar el Registro de Auditores Externos Impositivos y establecer los criterios de habilitación.
Lea también: Comparten estrategias para controlar la pyriculariosis en arrozales paraguayos