La Subsecretaría de Estado de Tributación (SET) habilita desde hoy un régimen excepcional de facilidades de pago con el propósito de permitir a los contribuyentes la regularización de sus obligaciones tributarias pendientes de manera más accesible, fijando tasas de interés de financiación reducidas. El mismo tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre del presente año.

Las facilidades de pago podrán ser aplicadas a las deudas impositivas consignadas en certificados de deuda, las autodeclaradas por los contribuyentes siempre que tengan fechas de vencimiento hasta el 31 de diciembre de 2017, y a aquellas que fueron determinadas mediante ajustes fiscales que se hallen en procesos de control, sumarios o recursos de reconsideración.

Esta normativa busca fundamentalmente dar la posibilidad a pequeños y medianos contribuyentes, que conforman mayoritariamente la cartera morosa de Tributación, de cumplir con sus obligaciones de manera más accesible, considerando además el alto costo que representa para el fisco y los contribuyentes, la gestión y regularización de las deudas en instancias judiciales.

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Para solicitar el servicio, se debe ingresar al Sistema Marangatu con la clave de acceso y seleccionar el programa correspondiente según el plan que elijan. Los programas 160, 161 y 162 solo estarán habilitados para aquellas deudas que sean iguales o superiores a G. 100.000.000, conforme lo dispone el Art. 1° del referido Decreto.

La SET insta a todos los contribuyentes a regularizar sus obligaciones pendientes utilizando las facilidades brindadas por esta disposición. Aquellas deudas que no son alcanzadas por el Decreto, podrán igualmente ser financiadas a través del régimen normal de facilidades de pago.

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