Hoy lunes 5, desde las 11:30 hasta las 17:00 horas, la Plataforma Móvil de Atención al Contribuyente (PAC Móvil) de la Subsecretaría de Estado de Tributación (SET) estará prestando sus servicios en la localidad de Carayaó, en el Departamento de Caaguazú, frente mismo al local de la Municipalidad.
Mañana martes 6 y el miércoles 7 estará en Juan E. Estigarribia, frente a las oficinas de la Compañía Paraguaya de Comunicaciones (Copaco), desde las 8:30 hasta las 15:00 horas, en tanto que el jueves 8 y el viernes 9 estará en la ciudad de Caaguazú, en la Plaza de la Libertad, de 8:30 a 15:00 horas.
La PAC Móvil brinda servicios al contribuyente como la inscripción y actualización de los datos del RUC, persona física y jurídica, la solicitud de Clave de Acceso Confidencial del Usuario.
También ofrece impresión de Estado de Cuentas, Constancia de RUC, Cédula Tributaria, Certificado de Cumplimiento Tributario, Constancia de No Ser Contribuyente, Constancia de Documentos Timbrados, copia de Declaraciones Juradas, Comunicación de numeración utilizada, baja y uso temporal de documentos, entre otros.
Para más informes respecto a los servicios que se pueden obtener de la PAC Móvil, favor contactar al teléfono 417-7654.
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DNIT recuerda que todos los trámites tributarios y servicios vinculados al RUC son gratuitos
La Dirección Nacional de Ingresos Tributarios (DNIT) recordó que todos los servicios vinculados al Registro Único del Contribuyente (RUC) y al cumplimiento de las obligaciones tributarias son completamente gratuitos, a modo de informar a la ciudadanía y evitar pagos indebidos por trámites o gestiones que forman parte de los servicios oficiales.
La institución enfatizó que los funcionarios públicos de las áreas de control y fiscalización no están autorizados a solicitar ni recibir dinero de los contribuyentes durante el desarrollo de los procedimientos administrativos.
En caso de detectarse incumplimientos tributarios, las obligaciones correspondientes son determinadas y cobradas exclusivamente mediante los procedimientos administrativos y los canales oficiales establecidos en la normativa vigente.
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Diversidad de servicios gratuitos
La DNIT precisó que la gratuidad abarca diversos servicios, entre ellos la inscripción, actualización y clausura del RUC, así como la emisión de documentos tributarios, como constancias y certificados de cumplimiento.
También recordó que la gestión de tributos puede realizarse a través del Sistema Marangatu, además de la atención brindada en todas las oficinas impositivas del país y mediante los distintos canales habilitados, entre ellos la Plataforma de Atención al Contribuyente Móvil (PAC Móvil).
La institución reafirmó que estos servicios forman parte de su política de atención al contribuyente, orientada a facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales sin costo alguno y con acceso a canales oficiales. Finalmente, la DNIT ratificó su compromiso con una gestión transparente, moderna y eficiente, enfocada en promover el cumplimiento voluntario de las obligaciones tributarias y garantizar servicios con integridad y calidad para la ciudadanía.
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DNIT emite el calendario de vencimientos tributarios para mayo 2026
La Dirección Nacional de Ingresos Tributarios (DNIT) dio a conocer el cronograma oficial de obligaciones fiscales correspondientes al mes de mayo de 2026. Entre las disposiciones más relevantes, la institución destaca una prórroga especial y recordatorios para la actualización de datos de los contribuyentes.
Mediante la Resolución General DNIT N.º 50/2026, la autoridad tributaria confirmó que el plazo para la presentación de los estados financieros fue prorrogado hasta junio de 2026. Esta medida aplica específicamente a aquellos contribuyentes que realizaron el cierre de su ejercicio fiscal al 31 de diciembre de 2025.
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Fechas y vencimientos
El calendario establece plazos diferenciados según el tipo de impuesto y la modalidad de liquidación:
- IVA e ISC (General): El vencimiento se rige por el Calendario Perpetuo para el periodo fiscal de abril 2026.
- Retenciones de IVA y Rentas: La confirmación de la liquidación debe realizarse hasta el 6 de mayo, con fecha de pago límite el 7 de mayo.
- IDU (Dividendos y Utilidades): El plazo para confirmar la liquidación vence el 12 de mayo, debiendo abonarse el impuesto el día 13 de mayo.
- Servicios Digitales (INR): Los proveedores no residentes deben efectuar el pago correspondiente al periodo de abril el 15 de mayo.
Actualización obligatoria del RUC
La DNIT recuerda que los contribuyentes cuya terminación de RUC sea el dígito 5 deben proceder con la actualización de sus datos durante este mes. Según la normativa vigente, esta gestión debe iniciarse a partir de mayo a través del Sistema Marangatu, utilizando la clave de acceso confidencial del usuario.
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DNIT recuerda vigencia del impuesto a dividendos y señala reglas de su aplicación
La Dirección Nacional de Ingresos Tributarios (DNIT) recordó a los contribuyentes la vigencia del Impuesto a los Dividendos y Utilidades (IDU), que grava la distribución de ganancias a socios, accionistas o propietarios de empresas, en el marco del fortalecimiento del sistema fiscal.
Según explicó la DNIT, el tributo aplica a personas físicas, jurídicas y otras entidades, tanto residentes como no residentes, que perciban dividendos, utilidades o rendimientos. La tasa es del 8 % para residentes y del 15 % para no residentes.
El impuesto fue establecido por la Ley N.° 6380/2019, como parte de la reforma de modernización tributaria, y su aplicación varía según el tipo de contribuyente. En las sociedades anónimas, la obligación surge conforme a lo resuelto en asamblea; en las sociedades de responsabilidad limitada, según sus estatutos o en el cuarto mes posterior al cierre del ejercicio; mientras que en empresas unipersonales se genera en ese mismo plazo, salvo reinversión de utilidades.
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Para garantizar el cumplimiento, la normativa establece que las Entidades Generadoras de Dividendos, Utilidades y Rendimientos (Egdur) actúen como agentes de retención. Estas incluyen empresas unipersonales bajo el régimen general, sociedades, consorcios de obras públicas y entidades extranjeras con presencia en el país.
El pago del impuesto se realiza mediante retención a través del sistema Marangatu, y las entidades deben emitir el comprobante correspondiente dentro del plazo que se extiende hasta el último día del mes en que se genera la obligación o se realiza el pago.
La DNIT también recordó que las empresas deben actualizar sus datos en el Registro Único de Contribuyentes (RUC) e incorporar la obligación “Retención del IDU” (código 726), además de gestionar el timbrado de comprobantes.
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DNIT recuerda que declaración del IRP 2025 debe presentarse durante marzo
La Dirección Nacional de Ingresos Tributarios (DNIT), recordó a los contribuyentes que durante el mes de marzo se debe realizar la liquidación del Impuesto a la Renta Personal (IRP) correspondiente al ejercicio fiscal 2025.
Según informó la institución, un total de 346.519 contribuyentes deberán presentar su Declaración Jurada a través del sistema Sistema Marangatu. La fecha de vencimiento para cada caso se determina de acuerdo con la terminación del Registro Único de Contribuyente (RUC), conforme al calendario perpetuo de vencimientos.
Para la presentación del IRP se deben utilizar dos formularios: el N.º 515, correspondiente a Rentas por prestación de servicios personales, y el N.º 516, destinado a Rentas y ganancias de capital.
En el caso de las rentas derivadas de servicios personales, el impuesto grava los ingresos de fuente paraguaya obtenidos por el trabajo personal, ya sea en relación de dependencia o de forma independiente. Se excluyen de esta categoría conceptos como el aguinaldo, los aportes jubilatorios o de seguridad social.
Dentro de los egresos deducibles, los contribuyentes pueden declarar gastos personales y de familiares a cargo, como alimentación, vestimenta, alquiler y mantenimiento de vivienda, compra de muebles y electrodomésticos, gastos de movilidad, seguros, así como gastos de salud y educación realizados tanto en el país como en el exterior. También se permite deducir la adquisición de un vehículo cada tres años y un inmueble cada cinco años.
Por su parte, el apartado de rentas y ganancias de capital incluye ingresos generados por el patrimonio o por incrementos patrimoniales que no derivan de la prestación de servicios personales. Entre ellos se encuentran la venta o alquiler de inmuebles, premios de loterías, rifas o sorteos desde G. 500.000, la venta de bienes muebles que superen los G. 20 millones en un ejercicio fiscal, así como la venta de acciones, cuotas partes o cesión de derechos.
En estos casos, la normativa permite deducir ciertos gastos asociados a las operaciones, como honorarios de notarios y escribanos, tributos, tasas de registro, costos administrativos y de publicidad, además de honorarios pagados a intermediarios, siempre que las erogaciones estén debidamente documentadas.