- Fuente: AFP
Un total de 338 nominaciones fueron registradas este año para el Premio Nobel de la Paz, anunció el miércoles el Instituto Nobel noruego, sin revelar nombres tal como marcan los estatutos. Las candidaturas se dividen entre 244 personas y 94 organizaciones, precisó el instituto en un comunicado.
Se trata de un aumento significativo en comparación con las 286 nominaciones del año pasado, aunque esta cifra aún es inferior al récord de 376 candidaturas registradas en 2016.
De acuerdo con los estatutos del Premio Nobel la identidad de los candidatos permanece en secreto durante 50 años. Sin embargo los miles de patrocinadores (parlamentarios y ministros de todos los países, antiguos laureados, algunos profesores universitarios...) son libres de revelar la identidad de sus patrocinados.
Un miembro del Congreso estadounidense, Darrell Issa, indicó el lunes en X que propondría a Donald Trump para este prestigioso premio, agregando simplemente: “Nadie lo merece más”.
Los servicios de Issa luego precisaron a los medios estadounidenses que esta nominación estaba motivada por los esfuerzos de paz de Trump en Oriente Medio. Sin embargo esta nominación habría sido presentada después de la fecha límite del 31 de enero.
Los miembros del Comité Nobel noruego pueden añadir nombres a la lista en su primera reunión, que, según el instituto, tuvo lugar el 28 de febrero.
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Feminicidio de Deisy: Corte convoca a jueza de Paz por presuntas negligencias
El pleno de la Corte Suprema de Justicia convocó para la próxima semana a la jueza de Paz de Lambaré, Lidia Mariana Fariña, para que comparezca ante los altos magistrados en el marco de la investigación sobre las actuaciones judiciales previas al feminicidio de la joven Deisy Paola Giménez, ocurrido días atrás en Lambaré. La convocatoria se produce tras detectarse presuntas demoras y falta de diligenciamiento de las medidas de protección que la joven había solicitado antes de ser asesinada.
Igualmente, el ministro de la Corte Suprema de Justicia, Eugenio Jiménez Rolón, presentó los primeros resultados de la auditoría de reacción inmediata sobre el caso de Deisy Paola Giménez Segovia, víctima de feminicidio el 8 de octubre en Lambaré. Según el informe, pasaron ocho días hábiles entre la recepción de la denuncia por incumplimiento de la orden de alejamiento y la audiencia de ratificación. Ante esta situación, la Corte resolvió convocar a la jueza de Paz de Lambaré, Lidia Fariña, para que comparezca y brinde detalles sobre su actuación.
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La magistrada comunicó a la Fiscalía el supuesto desacato de Aldo Alexis Duarte Moreira, expareja de la víctima, el 7 de octubre, un día antes del crimen. Sin embargo, Jiménez Rolón advirtió que no existen constancias de que se haya diligenciado el oficio mediante el cual el juzgado debía comunicar formalmente al Ministerio Público el incumplimiento de la medida de protección.
El ministro explicó que Deisy presentó la denuncia el 18 de septiembre y que la jueza de turno, Natalia Molas, dictó ese mismo día la medida de protección y la orden de alejamiento contra Duarte Moreira. Por cuestiones de territorialidad, el expediente pasó al Juzgado de Paz de Lambaré, que recibió la documentación el 21 de septiembre. Posteriormente, durante la audiencia, Deisy ratificó su denuncia e informó que su expareja había incumplido la orden judicial. El 7 de octubre, Fariña notificó el hecho a la Fiscalía para que investigara el presunto desacato, pero no se encontró constancia de que el oficio haya sido efectivamente diligenciado.
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La decisión que transformó una frontera disputada en una zona de paz
- Embajador Carlos José Fleitas
- Fotos: Gentileza
A lo largo de su historia, Paraguay recurrió en tres momentos decisivos al arbitraje para resolver controversias territoriales. El primero fue el laudo Hayes con la Argentina en 1878, que reconoció la soberanía paraguaya sobre el territorio situado entre los ríos Verde y Pilcomayo; el segundo, el laudo arbitral del Chaco del 10 de octubre de 1938, que fijó la frontera con Bolivia después de la guerra del Chaco; y el tercero, conocido como el arbitraje del cerro Chovoreca, culminó con el fallo del 11 de julio de 1969 y determinó la ubicación correcta de uno de los vértices establecidos en 1938.
Pese a su importancia para la definición territorial del país, el laudo de 1938 ha recibido menor atención que los otros dos casos. Detrás de su pronunciamiento existió, además, un episodio poco conocido y todavía controvertido: el acta reservada del 9 de julio de 1938, mediante la cual las partes y los países mediadores anticiparon el trazado fundamental de la futura frontera antes de la firma del Tratado de Paz y del fallo formal de los árbitros.
DE LA TREGUA AL ARBITRAJE
El Protocolo de Paz firmado en Buenos Aires el 12 de junio de 1935 puso fin a las hostilidades de la guerra del Chaco y abrió las negociaciones para resolver la cuestión territorial. La Conferencia de Paz del Chaco, integrada por representantes de Argentina, Brasil, Chile, Estados Unidos, Perú y Uruguay, asumió la tarea de acercar las posiciones de los antiguos contendientes.
Las negociaciones se extendieron durante más de tres años, prueba de que el cese del fuego no había resuelto automáticamente el problema de límites. Finalmente, el 21 de julio de 1938, Paraguay y Bolivia firmaron en Buenos Aires el Tratado de Paz, Amistad y Límites, bajo los auspicios y la garantía moral de los seis Estados mediadores.
Por Paraguay participaron, entre otros, Cecilio Báez, José Félix Estigarribia, Luis A. Riart y Efraím Cardozo; por Bolivia, Eduardo Diez de Medina y Enrique Finot. Los instrumentos de ratificación fueron intercambiados el 29 de agosto de 1938 (González de Bosio, 2022).
ACUERDO RESERVADO
Antes de la firma pública del Tratado de Paz, Amistad y Límites, en la madrugada del 9 de julio de 1938 las delegaciones de Paraguay y Bolivia rubricaron, junto con los mediadores, el proyecto de tratado, aunque debían someterlo a la aprobación de sus respectivos gobiernos. En esa misma fecha se suscribió un documento reservado titulado “Paraguay-Bolivia.
Acta rubricada en la ciudad de Buenos Aires, 9 de julio de 1938”, en el cual los representantes de las partes y de los países mediadores anticiparon el recorrido general que debía respetar el futuro laudo arbitral.
El acta afirmaba que la Conferencia de Paz había identificado, con el asesoramiento de sus técnicos militares y después de escuchar separadamente a las partes, una delimitación transaccional basada en los puntos de coincidencia existentes. En él se anticipó una línea que comenzaba en Esmeralda, sobre el río Pilcomayo; se dirigía hacia 27 de Noviembre, dejando Yrendague al este; continuaba por Capitán Ustares, Palmar de las Islas, Fortín Paredes y cerro Chovoreca; y llegaba al río Negro u Otuquis y a su desembocadura en el río Paraguay.
El documento declaraba que el futuro laudo respetaría esa solución “fiel y escrupulosamente”, considerándola razonable y definitiva por los negociadores (Rout, 1970).
Los compromisos del 9 de julio fueron confirmados y complementados, ya que el 19 de julio Bolivia solicitó nuevas garantías de que el Colegio Arbitral respetaría lo acordado, mientras Paraguay recibió seguridades escritas sobre el sector occidental de la frontera y la permanencia de los fortines Patria y Galpón bajo su jurisdicción.
El acta no fue un documento aislado, sino la pieza central de una negociación reservada más amplia que preparó el camino para la firma pública del Tratado de Paz, el 21 de julio, y para el laudo arbitral del 10 de octubre. Aunque el fallo mantuvo la orientación general del acta, incorporó referencias geográficas como Villazón, el punto situado diez kilómetros al oeste de Estrella; Cerrito Jara y determinadas intersecciones de paralelos y meridianos. Es decir, el trazado definitivo mantuvo la orientación fundamental del acuerdo previo, pero no lo reprodujo literalmente. El documento, por tanto, no sustituye al laudo arbitral, aunque permite comprenderlo como la culminación jurídica de una solución política negociada previamente y mantenida bajo reserva.
CONTROVERSIA
El acta ha generado controversias históricas, su carácter reservado y su divulgación pública muchos años después motivaron cuestionamientos sobre la transparencia de las negociaciones. Además, al afirmar que el futuro laudo respetaría “fiel y escrupulosamente” la línea acordada, abrió la discusión sobre el margen de decisión que conservaron los árbitros. También provocó reparos jurídicos porque fue rubricada antes de que las delegaciones obtuvieran la aprobación definitiva de sus gobiernos y antes de la firma y ratificación del Tratado de Paz. A ello se sumaron las diferencias internas de la representación paraguaya ante las concesiones territoriales discutidas.
BASE JURÍDICA
El tratado no sometió nuevamente a discusión la totalidad del Chaco Boreal. Reconoció directamente determinados espacios y estableció una zona dentro de la cual los árbitros debían fijar la línea definitiva. La decisión tendría el carácter de un arbitraje de equidad: los árbitros debían pronunciarse según su leal saber y entender, considerando la experiencia de la Conferencia de Paz y los dictámenes de sus asesores militares.
A diferencia de un arbitraje estrictamente jurídico, centrado principalmente en la aplicación de tratados anteriores, títulos coloniales y otras normas de derecho, los árbitros de equidad podían buscar una solución considerada justa, razonable y viable para ambas partes. Debían pronunciarse según su “leal saber y entender”, tomando en consideración los antecedentes reunidos por la Conferencia de Paz, los dictámenes de los asesores militares y las condiciones geográficas, económicas y de seguridad de los dos países. La finalidad era alcanzar una fórmula que pudiera cerrar el conflicto y evitar una nueva guerra.
El Tratado fijó los márgenes que la decisión no podía sobrepasar. En el sector occidental, la línea debía situarse dentro de una franja determinada entre el río Pilcomayo y el meridiano del fortín 27 de Noviembre. En el norte y el este, debía mantenerse entre la propuesta presentada por la Conferencia de Paz el 27 de mayo de 1938 y la contrapropuesta paraguaya del 24 de junio. Además, el litoral del río Paraguay situado al sur de la desembocadura del río Negro u Otuquis quedó expresamente excluido del arbitraje.
Los árbitros eran los presidentes de Argentina, Brasil, Chile, Estados Unidos, Perú y Uruguay, quienes delegaron sus funciones en representantes plenipotenciarios. Argentina designó a José María Cantilo, Isidoro Ruiz Moreno y Pablo Santos Muñoz; Brasil, a José de Paula Rodrigues Alves; Chile, a Luis Barros Borgoño y Manuel Bianchi; Estados Unidos, a Spruille Braden; Perú, a Felipe Barreda Laos y Luis Fernán Cisneros; y Uruguay, a Eugenio Martínez Thédy. Sus poderes los facultaban para deliberar y suscribir el fallo en nombre de los respectivos jefes de Estado (Comisión Mixta Demarcadora de Límites Boliviano-Paraguaya, 2007).
EL FALLO
Cumplidas las ratificaciones, los delegados de los seis presidentes mediadores se reunieron en Buenos Aires como Colegio Arbitral y el 10 de octubre pronunciaron el fallo que determinó la línea divisoria.
Paraguay y Bolivia fueron oídos en una audiencia especial y presentaron alegatos acompañados de documentación y una Comisión Militar Asesora realizó un relevamiento aerofotográfico y reconoció las zonas definidas. El Colegio Arbitral no examinó solamente los antecedentes jurídicos e históricos, sino también las condiciones geográficas, económicas y de seguridad de ambas partes. Sobre esa base, concluyó que la línea adoptada representaba una solución equitativa y aprobó el fallo por unanimidad.
La frontera quedó organizada en dos grandes zonas que convergían en 27 de Noviembre o Gabino Mendoza. En la zona occidental, la línea partía de ese punto, descendía hacia Villazón, pasaba diez kilómetros al oeste de Estrella y terminaba en el thalweg o canal navegable del río Pilcomayo. En la zona norte, avanzaba hacia el cerro Capitán Ustares, la Cañada del Palmar de las Islas y la intersección del meridiano de Fortín Paredes con el paralelo de Fortín Ravelo. Luego alcanzaba el punto más alto del cerro Chovoreca y Cerrito Jara, llegaba al río Negro u Otuquis y seguía su thalweg hasta la desembocadura en el río Paraguay.
El uso de fortines, elevaciones, palmares, cursos de agua, paralelos y meridianos muestra que la frontera combinó referencias militares, accidentes naturales y líneas geométricas. El documento fue dado en Buenos Aires en tres ejemplares redactados en español, inglés y portugués, y dispuso que el texto en español prevalecería en caso de duda.
DELIMITAR VS. DEMARCAR
El laudo delimitó la frontera: determinó jurídicamente por dónde debía pasar. Todavía era necesario demarcarla, es decir, identificar sus puntos en el terreno, calcular coordenadas, abrir picadas y construir los hitos que harían visible la separación entre los dos Estados.
El acta del 25 de noviembre de 1938 constituyó la Comisión Mixta Demarcadora de Límites. Bolivia estuvo representada por el coronel Abelardo Prieto y el mayor Walter Salinas; Paraguay, por el teniente coronel Abdón Palacios y el teniente primero de Marina Néstor Rodríguez. Como quinto miembro y presidente fue designado el coronel argentino Ernesto Florit, en representación de los países mediadores.
La Comisión debía dictar su reglamento, acordar el plan de acción y definir los métodos de trabajo. El presidente dirigía los debates, verificaba la ejecución de las decisiones y resolvía definitivamente las cuestiones técnicas y prácticas en las que las partes no alcanzaran un acuerdo.
LEGADO
El Tratado de Paz estableció la fórmula política y jurídica; el laudo determinó la línea dentro de la zona acordada; y la Comisión Mixta se encargó de reconocerla y demarcarla materialmente.
Los documentos producidos durante la demarcación –actas, mapas, croquis, fotografías, informes y libretas de campo– muestran una dimensión de la historia fronteriza que suele quedar oculta detrás de los grandes acontecimientos diplomáticos. La frontera no fue únicamente una línea decidida por presidentes y cancilleres: también fue recorrida por técnicos, topógrafos, militares, ingenieros y delegados que debieron confrontar las palabras del fallo con la geografía del Chaco.
El carácter equitativo del arbitraje permite comprender por qué la solución de 1938 no coincidió plenamente con las aspiraciones territoriales máximas de ninguna de las partes. Aunque la consigna del Dr. Manuel Domínguez –“Ni más allá ni más acá del Parapití”– había expresado durante años la reivindicación paraguaya de reconocer aquel río como límite histórico del Chaco, la frontera definitiva surgió de una realidad más compleja.
Las consecuencias de la guerra, las posiciones de Paraguay y Bolivia, la intervención de los mediadores y la necesidad de evitar un nuevo enfrentamiento exigieron concesiones y una intensa negociación diplomática. Para el Paraguay significó el reconocimiento de la mayor parte del Chaco Boreal y la preservación de su soberanía sobre el litoral del río Paraguay; para Bolivia, consolidó el dominio sobre el sector noroccidental.
El laudo no satisfizo todas las aspiraciones territoriales de ambos países, pero alcanzó algo que décadas de conversaciones, protocolos y mediaciones no habían conseguido: transformar el final de la guerra de dos naciones hermanas en una frontera jurídicamente definida y así abrir una nueva etapa de paz entre Paraguay y Bolivia.
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Último día para inscribir candidaturas de abogados al Consejo de la Magistratura
El Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE) informa que este viernes 9 de octubre, a las 14:00, fenece el plazo para que los abogados que aspiren a integrar el Consejo de la Magistratura (CM) inscriban sus candidaturas rumbo a las elecciones previstas el sábado 28 de noviembre.
Desde el domingo 11 hasta el martes 13 de octubre se realizará la puesta de manifiesto de las listas de candidatos y proponentes, ante la Secretaría Judicial del (TSJE) de 8:00 a 14:00. Las mismas serán publicadas en la página web de la Justicia Electoral y en las sedes de los Tribunales Electorales de cada circunscripción de la república, a los efectos de las tachas o impugnaciones a las que pudieran dar lugar.
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Los profesionales del derecho elegirán a sus representantes para el periodo 2026-2029, en las sedes y locales establecidos por la Corte Suprema de Justicia (CSJ). Los actuales representantes del gremio son: Gerardo Ramón Bobadilla Frizzola (quien además ejerce la presidencia del Consejo) y Enrique Javier Berni Brítez. Anteriormente, en periodos previos, ocuparon dicho escaño profesionales como Óscar Paciello y Jorge Bogarín Alfonso.
El Consejo de la Magistratura (CM) es un órgano constitucional cuya función principal es garantizar la independencia del Poder Judicial mediante la selección de candidatos para la magistratura; entre sus atribuciones clave se encuentran la elaboración de las ternas de postulantes para la Corte Suprema de Justicia, los tribunales de apelación, los juzgados y los agentes fiscales del Ministerio Público, así asumiendo la responsabilidad de evaluar la idoneidad, méritos y honorabilidad de los aspirantes a través de concursos públicos de oposición.
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Concejalía: con 7.568 votos Kathia Del Puerto se convierte en la mujer más votada
Kathia Del Puerto se posicionó como la más votada entre todas las candidatas mujeres que se postulaban para la concejalía entre las principales ciudades del país. Con 7.568 votos preferenciales, la joven candidata de la Lista 1 fue electa concejal para la ciudad de Caaguazú.
De esta forma, alcanzó la mayor votación femenina entre las candidatas a concejalas a nivel país, tomando como referencia los resultados de Asunción, Luque, San Lorenzo, Capiatá, Lambaré, Ciudad del Este y Encarnación.
Haciendo una comparación con las otras mujeres que lograron mayor caudal de votos, se tiene en Asunción, Fiorella Forestieri, Lista 2 obtuvo 6.996 votos y Cynthia Romero, Lista 1 tuvo 6.284. En Luque, Elen Núñez, Lista 1 alcanzó 4.863 y Daysi Rolón, Lista 2, 3.859. En San Lorenzo, Clarita Gómez, Lista 1 registró 4.524 preferencias, mientras que en Capiatá, Belem Melgarejo Jara, Lista 2 obtuvo 4.924 y Minerva Medina, Lista 1, 4.576 votos.
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Otras ciudades tomadas como referencia, Valeria Romero, Lista 123 Ciudad del Este, alcanzó 5.769 votos; Laura Moreira, Lista 2 de Lambaré, 3.920; Mabel Servín, Lista 1 también de Lambaré, 1.117 y Claudia Arévalos, Lista 5 de Encarnación, 2.336. En Minga Guazú, Paola Mercado de la Lista 1 alcanzó los 2.804 votos.
Todas estas cifras de referencia muestran que la votación obtenida por Del Puerto supera las preferencias alcanzadas por las demás candidatas consideradas en esta comparación. El resultado cobra especial relevancia por tratarse de su primera candidatura electoral.
Primera candidatura con 29 años
La joven logró este resultado electoral con apenas 29 años, encabezando incluso la votación preferencial de la Lista 1 en Caaguazú y obtuvo una de las seis bancas que la ANR consiguió en la Junta Municipal. En total, la Lista 1 alcanzó 20.744 votos para la Junta Municipal de Caaguazú.
Desde el equipo político de la Lista 1 en Caaguazú, resaltan que su llegada a la Junta Municipal abre ahora una nueva etapa, en la que Del Puerto deberá llevar el respaldo obtenido en las urnas al trabajo de representación y al debate de los temas que hacen al desarrollo de su ciudad. Destacan que su juventud y el resultado alcanzado en su debut electoral marcan el inicio de una nueva experiencia en la política municipal.
La candidatura de Kathia Del Puerto formó parte del proyecto electoral encabezado por Raquel Alvarenga, candidata a la Intendencia de Caaguazú, y contó con el acompañamiento político de su padre, el diputado Miguel Del Puerto.
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