Al menos 58 menores de edad, de entre 14 y 17 años, continúan detenidos por las autoridades venezolanas tras ser arrestados durante las protestas posteriores a las elecciones presidenciales del 28 de julio, en las que fue dado por ganador Nicolás Maduro a pesar de las denuncias de fraude de la oposición, según la ONG Foro Penal.
El vicepresidente de ONG, Gonzalo Himiob, ha destacado en declaraciones a la cadena CNN que desde el 29 de julio y hasta el 9 de septiembre fueron arrestados 142 adolescentes, de los cuales 85 continúan retenidos. “Son datos que tenemos que seguir contrastando y corroborando continuamente porque no hay acceso oficial a la información”, ha apuntado Himiob.
Estos jóvenes fueron imputados por los delitos de incitación al odio y obstrucción de la vía pública, en algunos casos además hay acusaciones de terrorismo y destrucción de la propiedad pública-privada, según Himiob.
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Entre los detenidos se encuentran incluso adolescentes con discapacidad que ni siquiera participaban en las protestas, según la organización. En concreto Himiob se ha referido a un menor autista detenido el 29 de julio en Los Nuevos Teques, en el estado de Miranda. El detenido estaba en la puerta de su casa cuando ocurrían las manifestaciones, sin participar de la protesta.
La última excarcelación de un grupo de menores que verificó Foro Penal ocurrió el sábado 31 de agosto, cuando 19 adolescentes fueron liberados tras sus audiencias judiciales.
La organización Justicia, Encuentro y Perdón, que vigila violaciones de derechos humanos en Venezuela, ha advertido de que “es inaceptable que menores de edad sean objeto de detenciones arbitrarias y abusos en el contexto de su derecho a la protesta pacífica”, por lo que ha exigido su “liberación “inmediata”, “así como el respeto a sus derechos conforme a lo establecido en la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y en la Constitución”.
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Fuente: Europa Press
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Ciudad del Este: continúa indefinición en designación del intendente interino
La Cámara de Diputados resolvió destituir a Miguel Prieto de la intendencia de Ciudad del Este, luego de que la conclusión de la intervención lo señalara como autor de varias irregularidades cometidas por su administración. La comuna esteña sigue a la espera de la designación del intendente interino, en tanto, se realicen las elecciones en el distrito.
“La decisión todavía no fue tomada, estamos conversando con los colegas, estamos trabajando, viendo hasta los últimos detalles para tomar la mejor decisión posible, pero creo que esto no pasaría de hoy o mañana probablemente. No puedo decir una fecha porque hasta no agotar todos los temas que estamos abordando no habrá una definición”, explicó el presidente de la Junta Municipal, Sebastián Martínez.
De acuerdo a lo manifestado por el Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE) las elecciones internas simultáneas en Ciudad del Este serían en octubre mientras que la elección municipal propiamente dicha sería en noviembre, por lo que el intendente interino estaría unos tres meses al frente de la municipalidad.
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La Constitución establece que ante la destitución de un intendente se debe convocar a elecciones y en tanto la ciudadanía elige a una nueva autoridad, la Junta Municipal debe designar de entre sus miembros a quien dirigirá la intendencia de manera interina.
“Los tiempos son relativos, puede ser mucho tiempo para cierto tipo de acciones y puede ser poco para grandes cambios estructurales, la decisión (del intendente interino) debe ser tomada con mucha responsabilidad, agotar el debate hasta llegar a un consenso que finalmente garantice a la ciudadanía y un resultado óptimo”, añadió en conversación con la 1020 AM.
La intervención en Ciudad del Este, encabezada por el economista Ramón Ramírez desencadenó en una denuncia ante la Fiscalía por indicios de hechos punibles cometidos por Prieto y otros allegados. El proceso develó la existencia de una caja paralela, licitaciones, adjudicaciones y transferencias irregulares.
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Diputados brasileños aprueban ley para que redes sociales protejan a niños
La Cámara de Diputados de Brasil aprobó ayer miércoles una ley que amplía las obligaciones de las plataformas digitales para proteger a los menores en redes sociales, en medio de un escándalo de presunta explotación sexual infantil por un conocido influenciador. El texto obliga a las empresas a hacer verificaciones de edad más estrictas y a vincular las cuentas de menores de 16 años a las de sus padres, entre otras disposiciones.
La regulación de las redes sociales es un asunto especialmente espinoso en Brasil. El presidente izquierdista Luiz Inácio Lula da Silva dijo esta semana que la “sociedad estará bajo constante amenaza sin la regulación de las Big Techs”. En tanto, la oposición de derecha acusa al gobierno y a la justicia de querer “censurar” las plataformas.
El texto fue aprobado por amplia mayoría en la Cámara baja semanas después de un escándalo de presunta explotación sexual infantil por parte de Hytalo Santos, un influenciador que divulgaba en Instagram contenidos con menores semidesnudos en danzas sensuales. En adelante, las redes “deben comunicar los contenidos de aparente explotación, abuso sexual” a las autoridades brasileñas.
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También deberán vincular las cuentas de niños y adolescentes a las de sus padres, quienes podrán controlar quiénes se comunican con sus hijos y cuánto tiempo los menores usan las plataformas. Las redes tendrán que “monitorear y restringir, dentro del límite de sus capacidades técnicas, la exhibición de contenidos que tengan como objetivo evidente atraer a los niños”, agrega el texto.
Atendiendo pedidos de expertos, el parlamento vetó la autodeclaración de edad como mecanismo de control para entrar a sitios web que ofrezcan contenido para adultos. También exige a las redes sociales “mejorar continuamente sus mecanismos de verificación de edad para identificar cuentas gestionadas por niños”.
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Multas y prohibición
Las plataformas que incumplan estas disposiciones serán sancionadas con multas que pueden llegar a 50 millones de reales (unos 9 millones de dólares), suspensiones o, en casos de reincidencia, “prohibición”. La ley entrará en vigor un año después de que el presidente la sancione. Por ahora, debe volver al Senado para su definitiva aprobación.
Brasil, con 212 millones de habitantes ultraconectados, ha sido uno de los países más activos en la regulación de las redes sociales. El año pasado, la justicia suspendió durante 40 días la red social X por ignorar una serie de decisiones relacionadas con la lucha contra desinformación. En junio la corte suprema votó para que haya mayor responsabilidad de parte de las empresas tecnológicas sobre los contenidos publicados por los usuarios. Desde entonces las plataformas tienen el deber de retirar contenidos ilícitos por su propia iniciativa, sin necesidad de intervención judicial.
El lunes el gobierno le pidió a Meta- casa matriz de Instagram, Facebook y WhatsApp, entre otras- que elimine de sus plataformas a chatbots que aparentan ser niños, pero son capaces de hacer insinuaciones sexuales, luego de detectar una “proliferación” de estos robots.
La iniciativa para endurecer los controles fue aprobada en un momento de crisis diplomática y comercial con Estados Unidos, en la que la regulación de redes sociales también entró en conflicto. El presidente estadounidense, Donald Trump, acusa a Brasil de “ataques” a “las empresas estadounidenses de redes sociales”.
En una decisión similar a la que tomó contra X, a principios de 2025 el supremo ordenó suspender la plataforma de videos Rumble porque se negaba a bloquear la cuenta de un brasileño residente en Estados Unidos. Trump le impuso aranceles del 50% a la mayor economía latinoamericana, en parte, por estas sanciones y por el juicio contra su aliado, el expresidente Jair Bolsonaro, acusado de golpismo.
Fuente: AFP.
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Movimiento Yo creo de Prieto no está habilitado para próxima elección esteña
El movimiento Yo Creo, encabezado por el destituido intendente Miguel Prieto, se encuentra imposibilitado de presentar candidatura para la intendencia de Ciudad del Este, en la elección prevista este año para completar el mandato de forma interina, confirmó el Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE).
Dicho impedimento fue expuesto por el director de Procesos Electorales, Carlos María Ljubetic, de acuerdo con el artículo 19 del Código Electoral, que establece claramente que los partidos políticos en formación no podrán presentar aspirantes para los comicios generales departamentales o municipales.
Prieto fue apartado ayer del cargo mediante una amplia mayoría en la Cámara de Diputados tras graves irregularidades confirmadas por una intervención y que fueron detectadas con anterioridad por la Contraloría General de la República (CGR). Desde el órgano electoral informaron que las elecciones internas se encuentran programadas para el primer domingo de octubre, mientras que los comicios generales municipales están previstos para el 9 de noviembre.
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No obstante, el senador de Yo Creo Rubén Velázquez manifestó que analizan solicitar al TSJE el reconocimiento de un movimiento dentro del cronograma electoral que dictará próximamente la institución.
“Yo Creo está en fase de reconocimiento como partido político, entonces ya no llegamos por el tiempo, pero nosotros podemos pedir el reconocimiento de un movimiento político y tener un candidato. Por ejemplo puede ser el movimiento Conciencia Democrática Esteña, que lo llevó a Prieto por primera vez como concejal municipal y nuestro eslogan podrá ser Yo Creo”, dijo en una entrevista con el programa “Arriba hoy” del canal GEN y Universo 970 AM/Nación Media.
Yo Creo evalúa la posibilidad de lanzar la candidatura de Daniel Pereira Mujica para completar el este período. El economista se desempeña como asesor político de Prieto. En las pasadas elecciones generales del 2023 fue candidato a la gobernación de Alto Paraná.
“Ya existe un precedente, cuando Prieto fue electo también intendente por primera vez en el 2019, se dio justamente por un movimiento político inscripto durante ese período electoral que duró 90 días (llamado de elecciones). Es un período electoral comprimido, pero se puede hacer, existe precedentes”, dijo.
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Elección de nuevo intendente de CDE se proyecta en noviembre
El Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE) tiene el plazo de 10 días hábiles para convocar a la elección del intendente para completar el mandato en Ciudad del Este, que se contabiliza desde el 19 de agosto, tras recepcionarse la notificación de la Cámara de Diputados sobre la destitución de Miguel Prieto, explicó Luis Alberto Mauro, director de Comicios Electorales, de acuerdo a la Ley 834, Código Electoral.
“Ayer (martes) recibimos de la Cámara de Diputados la notificación que oficializa y nos permite a nosotros hacer la convocatoria a elecciones en Ciudad del Este. Se establece el procedimiento (del Código Electoral) cuando se producen destituciones de gobernadores y de intendentes, y ahí muy claramente se señala que la Justicia Electoral, al recibir la notificación, que fue ayer, tiene 10 días para realizar la convocatoria”, detalló Mauro, este miércoles, en entrevista con el programa “Así son las cosas” del canal GEN y Universo 970 AM/Nación Media.
“En esta misma ley, en su artículo 154, también dice que después de los 10 días deben pasar 40 días para realizar las internas simultáneas de todos los partidos y movimientos que deseen participar de las elecciones. Después de las elecciones internas deben pasar otros 40 días para las elecciones municipales en sí”, señaló el director de Comicios Electorales.
Dentro de ese plazo de diez días hábiles se debe establecer un cronograma electoral y realizar la convocatoria. Para inicios de octubre se abrirá un periodo de 40 días para la realización de internas partidarias, y otros 40 días para las municipales, previstas en noviembre o diciembre. Todo este proceso debe durar 90 días. En tanto, el TSJE programó las elecciones municipales ordinarias para el 4 de octubre de 2026, con internas previstas el 7 de junio de 2026.
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Elecciones con papeletas
Por otra parte, Mauro explicó que estas elecciones se realizarán con boletines de votos, pese a que la ley vigentes es la 6318/2019, que establece el voto electrónico, pero en la misma queda claro que las máquinas de votación se aplican sobre todo cuando existen candidaturas plurinominales, concejalías, diputados, senadores, porque se trata de una lista desbloqueada.
“Cuando se trata de cargos unipersonales, que es este caso, porque se elige un solo cargo, un intendente, se puede utilizar los boletines de votos. De hecho, esto ya lo hicimos hace unos años en Villarrica, donde se produjo una situación similar, al final se presentó un solo candidato, pero lo hicimos con boletines de votos. Estamos habilitados a usar los boletines de votos y en estas elecciones de Ciudad del Este, y también si se produce la misma situación en Asunción”, puntualizó.
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Lo que dice el Código Electoral
Artículo 154 (modificación por Ley n.º 1.890/02): Destitución de Gobernadores e Intendentes. En caso de destitución de gobernadores e intendentes, la convocatoria a elecciones para cubrir la vacancia deberá ser efectuada dentro de los diez días de producido el hecho y las elecciones deberán realizarse dentro de los ochenta días posteriores a la convocatoria. Los partidos y movimientos políticos elegirán sus candidatos a gobernadores e intendentes en elecciones que se realizarán en forma simultánea, el día domingo ubicado entre los cuarenta y cuarenta y seis días antes de la fecha de elección señalada en la convocatoria respectiva.
Artículo 255.- En caso de ausencia no justificada por más de treinta días, renuncia, inhabilitación o muerte de un intendente municipal, el Presidente de la Junta Municipal asumirá interinamente las funciones de aquél y convocará a sesión de la misma, en la cual mediante el voto secreto de cada uno de sus miembros, se elegirá de entre los mismos un nuevo intendente municipal para completar el período, cualquiera sea el tiempo que haya transcurrido desde la elección.
Artículo 257.- El intendente municipal no podrá ser reelecto en el cargo, en el período inmediato siguiente. Quedan excluidos de esta prohibición los concejales municipales o ciudadanos que hayan sido designados o electos para llenar una intendencia vacante, siempre que renunciaren al cargo por lo menos seis meses antes de la elección. Los miembros de las Juntas Municipales podrán ser reelectos.