El tribunal federal de Sao Paulo condenó este lunes al actor argentino Juan Darthés a seis años de prisión por la violación de la actriz Thelma Fardin cuando ella tenía 16 años y él 44, informó la abogada de la víctima. “Es una victoria muy importante porque es un fallo condenatorio en que (...) por mayoría entendieron la materialidad de la autoría del crimen de estupro con pena de seis años, que es la pena mínima de estupro en Brasil”, dijo la abogada Carla Junqueira al canal La Nación +.
La sentencia fue sostenida por dos jueces contra uno, en un tribunal que había anulado el proceso judicial en febrero al considerar que éste debía desarrollarse en un tribunal del estado de Sao Paulo, pero revirtió su decisión en marzo para retomar el caso. Junqueira aclaró que la sentencia aún no está firme y que Darthés puede apelar al mismo tribunal y “después tienen la defensa superior de tercera instancia”. Hasta que la sentencia no quede firme el actor seguirá en libertad.
Fardin, de 31 años, denunció a Darthés en diciembre de 2018 ante la fiscalía de Nicaragua por el delito de violación en un cuarto de hotel en 2009. En aquel entonces, Fardin tenía 16 años y el actor, 44, y ambos participaban de una gira en Managua como parte del elenco de la popular serie televisiva juvenil “Patito Feo”.
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Fuente: AFP.
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Confirman 17 años de cárcel para un padrastro por abuso y condena a la madre por omisión
El Tribunal de Apelaciones resolvió confirmar la condena de 17 años de cárcel para un hombre por el hecho punible de abuso sexual en niños, y de 2 años y 8 meses para la madre de la víctima por violación del deber de cuidado o educación.
La agente fiscal Sussy María Riquelme Brizuela representó al Ministerio Público durante el juicio oral y público donde, mediante las pruebas producidas, logró las condenas para ambas personas. El Tribunal de Sentencia que dictó el fallo en primera instancia estuvo integrado por los jueces Christian Fabián González, Natalia Cacavelos y Darío Báez.
De acuerdo con la acusación fiscal, el 4 de enero de 2023, la adolescente (de entonces 16 años) relató a una vecina que la pareja de su madre le había tocado sus partes íntimas en varias ocasiones desde que ella tenía 13 años. El padrastro aprovechaba la ausencia de la mujer y de sus otros hijos menores para cometer los actos y, bajo amenazas, le prohibía contar lo ocurrido.
Cuando la adolescente cumplió 15 años, le confesó a su madre los abusos del hoy condenado y le manifestó que ya no quería vivir con ellos; sin embargo, la madre nunca la defendió ni denunció a su pareja.
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Condenan a 15 años de prisión a un hombre por abusar de su hijastra de 9 años
Ciudad del Este. Agencia Regional.
Un joven de 25 años fue condenado a 15 años de prisión por el abuso sexual de una niña de 9 años, su hijastra. El juicio oral concluyó este jueves 9 de abril en el Palacio de Justicia de la capital del Alto Paraná y el sentenciado está en prisión desde abril del 2025.
El Tribunal de Sentencia, presidido por la jueza Gloria Vera e integrado por sus pares Diego Duarte y Margarita Martínez, consideró plenamente demostrado el hecho y la responsabilidad del acusado, aun cuando la niña se retractó en la Cámara Gesell al igual que su madre durante el juicio.
La fiscal del caso fue Julia González, de la Unidad Especializada en Hechos Punibles contra Niños y Adolescentes N° 2 de Ciudad del Este.
El Ministerio Público sostuvo la acusación mediante informes psicológicos, victimológicos y testimonios de las profesionales que evaluaron a la víctima. Durante el juicio fue expuesto que el ahora condenado abusó de la niña varias veces, al manosearla en sus partes íntimas.
La víctima se retractó durante la diligencia en Cámara Gesell y la madre hizo lo mismo durante el juicio oral. Ante esto, la Fiscalía demostró que existieron factores externos que influyeron en dichas retractaciones.
“Los informes sicológicos, tanto al inicio como posterior a la etapa de la denuncia, refieren claramente el abuso sufrido por la niña; ella realizó relatos coherentes sobre la veracidad de lo ocurrido”, dijo a La Nación/Nación Media la fiscal Julia González, al ser consultada sobre la retractación.
Asimismo, explicó que se presentó en el juicio un informe detallado del trabajo socio ambiental que se realizó sobre la situación en que sobrevive la niña y las condiciones de un entorno de amenaza. Agregó que la niña vive en un asentamiento y parte de la familia del agresor presionaba a la madre porque podría perder su casa en el lugar, según incluyó el informe en juicio.
Hecho juzgado
Los abusos ocurrieron en una vivienda del barrio Guaraní de Ciudad del Este. El último episodio sucedió el 11 de abril de 2025, cuando el agresor llegó al domicilio para almorzar. En un momento dado, tomó del brazo a su hijastra y la llevó por la fuerza hasta una habitación, donde procedió a manosearla tras bajarle sus prendas de vestir.
El relato fiscal detalla que el acto se interrumpió cuando el aparato celular del agresor comenzó a sonar. Al atender la llamada, la niña aprovechó el descuido para escapar de la habitación. No obstante, tras finalizar la comunicación, el hombre intentó retomar el acto de agresión y la niña logró zafarse.
Tras el relato inicial de la menor, la madre radicó la denuncia y declaró ante la Fiscalía, iniciando el proceso de investigación que culminó este jueves con la aplicación de la pena privativa de libertad.
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Condenan a feminicida a 28 años de prisión más 5 años de medida seguridad
Ciudad del Este. Agencia Regional.
El Tribunal de Sentencia, presidido por la magistrada Zunilda Martínez Noguera e integrado por los jueces Herminio Montiel y Edgar Lezcano, dictó un fallo condenatorio de 28 años prisión más 5 años de medida de seguridad a Eusebio Ovelar (46), quien fue hallado culpable por feminicidio.
El hoy condenado fue responsabilizado por la muerte de su expareja, Carolina Benítez Vallejos, ocurrida en octubre de 2024. La agente fiscal Viviana Sánchez, de la Unidad Zonal 2 de Presidente Franco, fue quien defendió la condena en el juicio oral y público que culminó ayer.
La pena aplicada es la que había solicitado la fiscal, mientras que la medida de seguridad está sustentada en informes de Salud Mental del Ministerio Público, que concluyeron que Ovelar Bogado presenta rasgos compatibles con sicopatía.
El hecho juzgado ocurrió el 2 de octubre de 2024, en horas de la tarde. Ese día, el acusado se encontraba en su domicilio del barrio San Miguel de Presidente Franco junto con la víctima, desde donde ambos se trasladaron en un vehículo Toyota Carina hasta la vivienda de Carolina Benítez, ubicada en el km 8, Fracción Willy.
Cámaras de circuito cerrado registraron el ingreso del rodado a las 18:26, con el acusado al mando y la víctima en su interior, permaneciendo en el lugar hasta las 19:52, momento en que el vehículo se retira. En ese lapso, luego de las 19:20, Eusebio Ovelar Bogado atacó a la mujer con un arma punzocortante, causándole múltiples heridas en la cabeza, tórax y brazos.
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El informe forense determinó 37 lesiones y como causa de muerte un shock hipovolémico por heridas en cráneo y tórax. El cuerpo fue hallado el 3 de octubre de 2024 en la vivienda por su hermano, tras ser alertado por el empleador de la víctima ante su ausencia en el trabajo.
Ese mismo día, la Fiscalía se constituyó en el lugar para el levantamiento del cadáver. El análisis de cámaras confirmó la presencia del acusado durante el horario del hecho, sin ingreso de otras personas.
Asimismo, se determinó que la víctima realizó su último contacto a las 19:19, mediante el envío de un video, cuando el acusado aún estaba en el domicilio. Tras el hecho, se constató la desaparición de un celular corporativo, un celular personal, una tablet, el control del portón eléctrico y una mochila con dinero.
Posteriormente, el 4 de octubre de 2024, el acusado llevó un celular y una tablet de la víctima a un técnico en reparación, solicitando la eliminación de datos (flasheo) con fines de venta.
Finalmente, la investigación acreditó antecedentes de violencia psicológica y amenazas previas, en el marco de una relación que ya había finalizado años antes, período en el que la víctima habría sido objeto de hostigamiento constante por parte del hoy condenado.
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Ministerio de Defensa impulsa acción penal por presunta agresión en Acosta Ñu
El ministro de Defensa, Óscar González informó este martes que la institución a su cargo presentó ante el Ministerio Público, no una denuncia, sino lo que en el ámbito jurídico se denomina “notitia criminis”, respecto a un presunto caso de agresión física en el Liceo Militar Acosta Ñu.
En conferencia de prensa, el ministro explicó que este término jurídico es una herramienta que se utiliza cuando se tiene conocimiento de la presunta comisión de un delito, y por medio de ella se da inicio al proceso penal para su investigación.
Esto se da, teniendo en cuenta que el caso en particular habría ocurrido en el 2021 y que reapareció en redes sociales desde el 2022, donde se puede observar a un cadete del último año del Liceo Militar Acosta Nu, en perjuicio de otro cadete, en ese tiempo de segundo año.
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González, quien se encontraba en compañía del Gral. del Ejército, César Augusto Moreno Landaira, comandante de las Fuerzas Militares, enfatizó que desde la institución militar solicitaron a la Fiscalía que el hecho no quede impune.
“Lo que queremos que esta presunta violación de los Derechos Humanos no quede impune, a pesar del tiempo transcurrido. Todos sabemos que los delitos en contra de los Derechos Humanos son imprescriptibles y nosotros como autoridad del Estado tenemos la obligación de informar sobre este hecho y a la vez, coadyuvar a la Fiscalía General del Estado, para que el responsable no quede impune”, expresó.
Involucrados identificados
El ministro de Defensa aseguró que el responsable está plenamente identificado e incluso la institución militar elaboró un dosier que está firmado por el comandante actual del Liceo Militar Acosta Ñu, en el cual se detalla la identidad tanto del agresor, como el de la víctima. Indicó que este dosier se adjuntó a la nota que se presentó ante el Ministerio Público.
“Nosotros, y al decir nosotros me refiero al Ministerio de Defensa, Fuerzas Armadas de la Nación, Fuerzas Militares que me acompaña, no vamos a tolerar ningún hecho irregular, y menos hechos de abuso de autoridad dentro de las Fuerzas Armadas de la Nación, porque consideramos que un puño que golpea a un inferior no es el puño de un cadete, ni de un teniente, ni de un general, es el puño del Estado paraguayo, y eso no puede tolerar”, enfatizó.
El ministro de Defensa expresó además su indignación, ya que el joven agresor culminó su formación en el Liceo Militar, se retiró y no siguió con la carrera militar. Mientras que el joven agredido solicitó su retiro en el segundo año de formación en el Liceo Militar. Indicó que hoy estos dos jóvenes, tanto agresor como víctima son personas civiles fuera de la carrera militar cursando sus estudios universitarios correspondientes.
González recordó que el Liceo Acosta Ñu es un instituto de educación superior dependiente de las Fuerzas Armadas de la Nación, donde los cadetes egresan con título de bachiller, y con el rango de Subteniente de Infantería de Reserva. Luego, los que deseen seguir con la carrera militar pueden continuar su formación en la Academia Militar, iniciando como subteniente de carrera.
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