La Ley 6.299/19, conocida como Ley de Transparencia, es el punto más destacado del actual gobierno de Mario Abdo Benítez, quien promulgó la referida normativa en mayo de este año y entró en vigencia de inmediato, obligando al Consejo de la Magistratura (CM), al Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM) y a la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) a hacer públicas sus sesiones a través de un sistema audiovisual directo.

Para el analista José María Costa, “la ley que dispuso la transmisión de sesiones de diversos órganos del Estado, entre ellos la Corte, el Consejo y el Jurado, es un gran aporte, ya que posibilitará un mayor acceso de la ciudadanía a los procesos de decisiones. Anteriormente, estos órganos se manejaron en el secretismo, pero hoy en día están expuestos mediante esta ley, enmarcada en una oleada de transparencia que está teniendo el país”.

La Ley 6.299/19 obliga al CM a hacer público el proceso de selección de candidatos a ocupar un cargo, así como que cada consejero explique su voto para la selección de los candidatos. Con relación al JEM, los miembros deberán explicar detalladamente por qué un juez debe ser sancionado o destituido de su cargo. Ambas instituciones están transmitiendo sus sesiones cada lunes en el CM y cada martes en el JEM. Asimismo, la Sala Constitucional de la CSJ televisa las sesiones de Acuerdo y Sentencia a través de TV Justicia. La propuesta fue presentada por el Ejecutivo en el 2018.

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MODIFICACIÓN DEL ART. 245 DEL CPP

A raíz de la masacre registrada en la cárcel de San Pedro, se conformó una comisión especial, integrada por varias instituciones, que tuvo a su cargo analizar la modificación del artículo 245 del Código Procesal Penal (CPP). Este artículo anteriormente impedía conceder medidas alternativas a la prisión a procesados por delitos considerados crímenes. Con la actual modificación se deja a criterio del magistrado conceder dichas medidas y así lograr reducir el hacinamiento en las cárceles del país.

Por otro lado, la modificación de los artículos 129, 141 y 251 fija nuevos plazos para los trámites vinculados con las revisiones de medidas. Ambos artículos se complementan con el objetivo de reducir los niveles de hacinamiento en las penitenciarías, que se dan, en parte, por el excesivo otorgamiento de la prisión preventiva.

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