La Asociación Rural del Paraguay (ARP) se pronunció en contra del fallo que obliga al Servicio Nacional de Calidad y Salud Animal (Senacsa) a proveer a un ciudadano informaciones privadas de los ganaderos como, por ejemplo, cantidad de animales de ganado vacuno por nombre de establecimiento y destino final. El gremio apoyó al Senacsa para presentar una acción de inconstitucionalidad ante la Corte Suprema de Justicia (CSJ) solicitando la nulidad de los fallos de primera y segunda instancia.
La resolución judicial que obliga a proveer esos datos privados fue dictada por la magistrada Lizza Reyes, y confirmada por el Tribunal de Apelación en lo Civil y Comercial. Dichas informaciones fueron solicitadas al Senacsa por el ciudadano de nombre Federico Legal Aguilar, amparándose bajo la Ley Nº 5.282/2014 que garantiza el libre acceso ciudadano a la información pública y transparencia gubernamental.
Carlos Miguel Goiburú, presidente de la comisión de asuntos legales de la ARP, comentó que el solicitante de las informaciones desde hace ya un tiempo, pidió datos varios a la Senacsa, entre los cuales hay datos públicos que ya fueron proveídos. “La Constitución Nacional dice que la intimidad personal y familiar, como el respeto de la vida privada, son inviolables. Según los constitucionalistas, forman parte de la intimidad, el derecho a la imagen, al honor, al nombre y también la personalidad económica de una persona”, afirmó.
“Estamos muy preocupados, esas informaciones privadas de los ganaderos podrían ser utilizadas con fines delictivos, como extorsiones o secuestros”, expresó Goiburú.
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Operativo Veneratio: ratifican extracción de datos de 308 teléfonos incautados al clan Rotela
Tribunal de apelaciones confirmó la resolución del juez penal de Garantía Yoan Paul López, quien autorizó la extracción de datos de 308 teléfonos celulares, 2 tablets, 10 pendrive, 2 notebook y 2 computadoras, en el marco de la investigación del Operativo Veneratio.
El proceso recae sobre el líder del Clan Rotela, Armando Javier Rotela, y otros ocho reclusos imputados por motín de internos, transgresión a la ley de armas y asociación criminal.
Ahora, deberá jurar el perito que realizará la extracción de datos a los dispositivos incautados al clan durante el operativo que posibilitó que las autoridades del Estado retomen el control de la cárcel de Tacumbú.
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Los camaristas Delio Vera Navarro, Bibiana Benítez y José Agustín Fernández firmaron el fallo de segunda instancia que ratifica la resolución del juez inferior.
Imputación
Los agentes fiscales Fátima Girala, Miguel Quintana y Marcial Machado formularon imputación contra Armando Javier Rotela, Milciades Giménez Prieto, César Ramón Ortiz Sosa, Juan Valentín Insfrán Espínola, Miguel Ángel Saravia Medina.
La lista continúa con Lucas Ramón Duarte Rolandi, Oscar Ariel Cabello Azcona, Arsenio Erico Alvarenga Sosa y Alan Ricardo Caballero. Todos, por transgresión a la Ley Nº 4036/2010 “De armas de fuego, sus piezas y componentes, municiones, explosivos, accesorios y afines”, y asociación criminal, en calidad de coautores.
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Información de cumplimiento en el historial crediticio impulsa inclusión
Equifax Paraguay registra más de 2 millones de personas que cuentan con un historial de crédito de cumplimiento en el sistema financiero. La incorporación de información de cumplimiento de los clientes sigue representando el factor más importante que genera un salto en la inclusión financiera en el país y en el acceso a productos financieros.
Hernán Pariso, director de Equifax Paraguay SA, en un encuentro con medios de comunicación, señaló que la inclusión de datos de cumplimiento en el historial crediticio de las personas es obligatoria. La última modificación de la Ley n.° 6534 de Protección de Datos Personales, sancionada en 2020, establece que todos los usuarios de información crediticia deben reportar el comportamiento de pago positivo y negativo de los consumidores. Explicó que la información de cumplimiento es la forma en la que el usuario se comporta mensualmente en sus actividades crediticias pasando de informar solo la “foto” de la morosidad, sino más bien el nivel de pago que se tiene, dando un mejor panorama sobre el comportamiento de las personas activas financieramente.
EVALUACIÓN INTEGRAL
La información de cumplimiento incluye pago puntual de facturas, servicios, préstamos, créditos comerciales, entre otros, que proporcionan una imagen más completa de la salud financiera de los usuarios. A su vez, todo esto permite a las entidades evaluar de manera más integral la capacidad crediticia que tienen los consumidores, o si tuvieron alguna dificultad con algún compromiso, además de posibilitar que se puedan ofrecer mejores oportunidades de acceso a crédito, de acuerdo a cada comportamiento financiero. “Es muy importante comprender que el buró de créditos hoy es aliado de los usuarios y de los consumidores, porque cuenta la historia crediticia de manera segura, fidedigna y objetiva a las entidades donde van a solicitar un crédito”, comentó Pariso.
“EQUILIBRIO EN LA ECUACIÓN”
Esto se considera debido a que, si no existiese información, cada persona debería llevar certificados, copias y numerosos trámites para conseguir un crédito, por lo que dificultará el proceso de concesión de créditos. Pariso indicó que, desde la modificación de la ley, se logró un equilibrio en la ecuación dado que se cuentan con ambas informaciones: positivas y negativas de pagos, siendo este incluso un derecho para los consumidores. “Pude estar pagando bien y me atrasé un mes por algunos motivos, después volví a pagar, ese historial de crédito es importante”, afirmó.
La evolución del buró de créditos no solo representa un cambio positivo para los consumidores en general, sino también deriva en la economía al permitir que un mayor número de personas puedan acceder a créditos para emprender negocios, adquirir viviendas y realizar inversiones.
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CSJ no da lugar a pedido de suspender designación de Pucheta en el Consejo
La Corte Suprema de Justicia (CSJ) resolvió no dar lugar al pedido presentado por Enrique Kronawetter, para suspender los efectos de la designación de Alicia Pucheta como representante del Poder Ejecutivo ante el Consejo de la Magistratura. La máxima instancia judicial considera que los promotores de la acción no pudieron demostrar cuál era el “perjuicio irreparable” de esta designación.
“La Sala Constitucional resuelve no hacer lugar a la suspensión de efectos, solicitada por Alfredo Enrique Kronawetter y Calor César Trapani por sus propios derechos bajo el patrocinio de los abogados Luis Lezcano Claude y Jorge Rolón Luna del decreto N.° 714 por el cual se nombran representantes del Poder Ejecutivo ante el Consejo de la Magistratura”, dice el auto interlocutorio de la Corte.
Kronawetter, exrepresentante del Ejecutivo en el Consejo, presentó esta acción ante la CSJ apuntando a dejar sin efecto la designación realizada por el presidente Santiago Peña, quien postuló a la doctora Alicia Pucheta para ocupar dicho lugar. El exmiembro del Consejo alegó que su permanencia en el órgano debía extenderse hasta el 2026.
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“Haciendo un análisis de lo expresado en el escrito presentado, los accionistas ni alegaron ni demostraron concretamente el perjuicio irreparable. En efecto la sola mención de forma genérica de la existencia de un perjuicio o gravamen no es equiparable al gravamen ‘irreparable’ previsto por la norma”, refiere la resolución.
La argumentación de Kronawetter para permanecer en el cargo se sustentaba en que al ser designado por el entonces presidente Mario Abdo en en el 2023 para representar al Ejecutivo, su mandato se extendería hasta el 2026, cumpliendo así los tres años de duración en el cargo. No obstante, él solo estaba ocupando la vacancia generada por la designada original del expresidente, Mónica Seifart, nombrada en el 2020, por lo que su periodo feneció en octubre del 2023.
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Autorizan extraer datos de celular del músico Pablo Benegas, imputado por abuso sexual
La jueza penal de Garantías Cynthia Lovera hizo lugar a la extracción de datos y pericia informática de un aparato celular, propiedad del músico Pablo Benegas, procesado penalmente por abuso sexual en niños y abuso sexual en personas indefensas.
La diligencia judicial tiene por objetivo extraer imágenes y videos, incluso las ocultas o colocadas en carpetas seguras y las eliminadas del aparato telefónico, en las que se observen conversaciones, imágenes de desnudos, filmaciones de mujeres, niñas y/o adolescentes que indiquen o induzcan ofrecimiento de servicios sexuales, o que muestren actos sexuales, bailes sensuales o tocamientos con fines sexuales.
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El Ministerio Público tiene hasta el próximo 13 de octubre para presentar su requerimiento conclusivo en el que si se tienen elementos probatorios se presentará la acusación y el pedido de que el proceso se discuta en un juicio oral y público.
La fiscala Claudia Aguilera fue quien solicitó la prórroga atendiendo a que aún faltan incorporar varios elementos de prueba tales como pericia informática sobre el contenido del aparato celular del imputado, estudio socioambiental del lugar donde se encuentran las niñas, informe de la evaluación psicológica del imputado, así como también el informe victimológico de las mismas.
Igualmente deben declarar varios testigos, como los profesionales médicos del Hospital Barrio Obrero, que recibieron a las niñas en fecha 10 de noviembre del año pasado, y otros elementos que se deben incorporar.
Antecedentes
El Ministerio Público inició una investigación penal contra el referido cantante, por existir sospechas de abuso sexual contra dos niñas y a raíz de eso ambas víctimas tuvieron que ser internadas de urgencia.
El suceso fue denunciado el pasado 10 de noviembre por personal de blanco del Hospital Barrio Obrero, hasta donde llegaron las niñas para una atención médica. Las víctimas mencionaron lo sucedido a una profesora del Centro Comunitario Chacarita. Una vez inspeccionadas en el centro asistencial, los médicos constataron que una de ellas tenía cocaína en su sistema, por lo que inmediatamente se dio aviso al Ministerio Público.
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