El juez penal de Garantías de Delitos Económicos, Humberto Otazú, hizo lugar al requerimiento del Ministerio Público y decretó la inhibición general de enajenar y gravar bienes del expresidente de la República, Santiago Peña, y del extitular del Banco Central del Paraguay (BCP), Carlos Dagoberto Carvallo Spalding.
La resolución judicial también dispone el embargo preventivo de los fondos existentes y de aquellos que pudieran ingresar posteriormente en las cuentas corrientes, cajas de ahorro y otros productos financieros registrados a nombre de ambos imputados en entidades bancarias, financieras y cooperativas.
De esta manera, la medida no se limita al dinero que actualmente se encuentra depositado, sino que también comprende los recursos que puedan acreditarse en esas cuentas en el futuro.
Asimismo, el magistrado autorizó al Ministerio Público a realizar las diligencias necesarias para localizar otros bienes y derechos patrimoniales registrados a nombre de Peña y Carvallo.
La decisión fue adoptada tras analizar el requerimiento presentado por los agentes fiscales Christian M. Benítez Cáceres, Silvia Margarita González Vester, Elena Fiore Franco y Ruth Benítez.
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La Fiscalía imputa a Peña y requiere su prisión preventiva
Los fiscales Christian Benítez, Silvia González, Elena Fiore y Ruth Benítez formalizaron el Acta N.º 7 contra el exmandatario y el extitular del BCP.
En un nuevo giro dentro del entramado judicial que rodea la quiebra de ueno bank SA, el Ministerio Público presentó en la mañana del sábado la imputación formal contra el expresidente de la República, Santiago Peña Palacios, y el expresidente del Banco Central del Paraguay (BCP), Carlos Dagoberto Carvallo Spalding, en la Causa Penal N.º 92/2026.
La investigación fiscal sitúa a ambos exfuncionarios en el centro de un esquema de irregularidades en la canalización, renovación y mantenimiento de fondos estatales y previsionales hacia la mencionada entidad bancaria, además de cuestionar la omisión o adulteración de informes de fiscalización del sistema financiero.
Los hechos atribuidos el rol de los imputados
La Fiscalía imputó a Santiago Peña por la supuesta comisión de administración en provecho propio (en calidad de autor) y lesión de confianza (en calidad de instigador).
La hipótesis del equipo investigador señala que, durante su mandato presidencial, Peña influyó directamente en la colocación e inmovilización de recursos públicos en ueno bank, entidad con la que mantenía vínculos económicos y accionarios a través de ueno Holding SAECA.
Entre los elementos recabados figuran registros de reuniones con directivos del Instituto de Previsión Social (IPS) para direccionar inversiones financieras hacia la firma.
Por su parte, a Carlos Carvallo se le atribuyen los hechos de lesión de confianza, administración en provecho propio y producción inmediata de documentos públicos de contenido falso, todos en calidad de autor.
El Ministerio Público indaga su gestión al frente del BCP por presuntamente flexibilizar la supervisión y omitir alertas sobre límites de exposición crediticia y préstamos a empresas vinculadas del grupo. Asimismo, se analiza una nota remitida al Senado el pasado 7 de octubre de 2026, cuyo contenido habría alterado datos técnicos concluyentes de la banca matriz.
Volumen de fondos y severidad de las medidas cautelares
Reportes de la Dirección General del Tesoro Público (MEF) revelan que, a setiembre de 2026, los depósitos de organismos estatales en ueno bank sumaban aproximadamente G. 3,6 billones (G. 3.608.550.782.201) y USD 233,4 millones.
Ante la magnitud del perjuicio patrimonial estimado y los riesgos procesales, la representación fiscal solicitó al Juzgado Penal de Garantías la prisión preventiva para Peña y Carvallo, sumada a la inhibición general de vender y gravar bienes, la localización de activos y el bloqueo preventivo de todas sus cuentas bancarias e inversiones.
Expresidente seguirá en el Escolta Presidencial
El juez penal de Garantías de Delitos Económicos, Humberto Otazú, resolvió que el exmandatario Santiago Peña seguirá guardando reclusión en la sede del Regimiento Escolta Presidencial. El economista se encuentra imputado por los hechos punibles de lesión de confianza y administración en provecho propio, en calidad de autor.
La medida apunta a garantizar su permanencia en el país y su sometimiento al proceso penal abierto por la causa ueno bank, evitando el riesgo de fuga. El magistrado comentó que para la decisión se tuvo en cuenta la información sensible que Peña manejó durante su gobierno, tanto financiera como relacionada con el crimen organizado y las leyes antilavado.
Otazú mencionó también que Peña se abstuvo de declarar. “Acá tenemos dos circunstancias, medidas cautelares de cáracter personal y real. Con respecto a la primera el juzgado ya ha tomado la decisión y se ha decretado la prisión preventiva del ciudadano Santiago Peña a los efectos de que pueda seguir el proceso, entendemos que se debe tener las garantías de su permanencia en el país es por eso que se decretó su prisión preventiva.
Se maneja mucha información sensible y entiendo que la prudencia debe reinar”, comentó a los medios de comunicación.
Agregó que “seguirá guardando reclusión en el Regimiento Escolta Presidencial y se tiene en consideración toda la información que él pudo haber manejado como primer mandatario tanto en el ámbito financiero y del crimen organizado. Se sabe que estos son flagelos que tienen mucha repercusión y son circunstancias que uno debe tener en cuenta”.
Con relación a los demás requerimientos realizados por el Ministerio Público como por ejemplo, decreta la inhibición general de enajenar y gravar sus bienes, la identificación e inmovilización de sus cuentas bancarias, depósitos e inversiones, así como la localización de sus bienes y derechos patrimoniales, Otazú refirió que “el juzgado está analizando, hay circunstancias que consideramos pertinentes”.
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Fiscalía imputa a Santiago Peña y requiere su prisión preventiva
Los fiscales Christian Benítez, Silvia González, Elena Fiore y Ruth Benítez formalizaron el Acta N.º 7 contra el exmandatario y el extitular del BCP.
En un nuevo giro dentro del entramado judicial que rodea la quiebra de ueno bank SA, el Ministerio Público presentó en la mañana del sábado la imputación formal contra el expresidente de la República, Santiago Peña Palacios, y el expresidente del Banco Central del Paraguay (BCP), Carlos Dagoberto Carvallo Spalding, en la Causa Penal N.º 92/2026.
La investigación fiscal sitúa a ambos exfuncionarios en el centro de un esquema de irregularidades en la canalización, renovación y mantenimiento de fondos estatales y previsionales hacia la mencionada entidad bancaria, además de cuestionar la omisión o adulteración de informes de fiscalización del sistema financiero.
LOS HECHOS ATRIBUIDOS Y EL ROL DE LOS IMPUTADOS
La Fiscalía imputó a Santiago Peña por la supuesta comisión de administración en provecho propio (en calidad de autor) y lesión de confianza (en calidad de instigador).
La hipótesis del equipo investigador señala que, durante su mandato presidencial, Peña influyó directamente en la colocación e inmovilización de recursos públicos en ueno bank, entidad con la que mantenía vínculos económicos y accionarios a través de ueno Holding SAECA.
Entre los elementos recabados figuran registros de reuniones con directivos del Instituto de Previsión Social (IPS) para direccionar inversiones financieras hacia la firma.
Por su parte, a Carlos Carvallo se le atribuyen los hechos de lesión de confianza, administración en provecho propio y producción inmediata de documentos públicos de contenido falso, todos en calidad de autor.
El Ministerio Público indaga su gestión al frente del BCP por presuntamente flexibilizar la supervisión y omitir alertas sobre límites de exposición crediticia y préstamos a empresas vinculadas del grupo. Asimismo, se analiza una nota remitida al Senado el pasado 7 de octubre de 2026, cuyo contenido habría alterado datos técnicos concluyentes de la banca matriz.
VOLUMEN DE FONDOS Y SEVERIDAD DE LAS MEDIDAS CAUTELARES
Reportes de la Dirección General del Tesoro Público (MEF) revelan que, a setiembre de 2026, los depósitos de organismos estatales en ueno bank sumaban aproximadamente G. 3,6 billones (G. 3.608.550.782.201) y USD 233,4 millones.
Ante la magnitud del perjuicio patrimonial estimado y los riesgos procesales, la representación fiscal solicitó al Juzgado Penal de Garantías la prisión preventiva para Peña y Carvallo, sumada a la inhibición general de vender y gravar bienes, la localización de activos y el bloqueo preventivo de todas sus cuentas bancarias e inversiones.
Expresidente seguirá guardando reclusión en el REP
El juez penal de Garantías de Delitos Económicos, Humberto Otazú, resolvió que el exmandatario Santiago Peña seguirá guardando reclusión en la sede del Regimiento Escolta Presidencial. El economista se encuentra imputado por los hechos punibles de lesión de confianza y administración en provecho propio, en calidad de autor.
La medida apunta a garantizar su permanencia en el país y su sometimiento al proceso penal abierto por la causa ueno bank, evitando el riesgo de fuga. El magistrado comentó que para la decisión se tuvo en cuenta la información sensible que Peña manejó durante su gobierno, tanto financiera como relacionada con el crimen organizado y las leyes antilavado.
Otazú mencionó también que Peña se abstuvo de declarar. “Acá tenemos dos circunstancias, medidas cautelares de cáracter personal y real. Con respecto a la primera el juzgado ya ha tomado la decisión y se ha decretado la prisión preventiva del ciudadano Santiago Peña a los efectos de que pueda seguir el proceso, entendemos que se debe tener las garantías de su permanencia en el país es por eso que se decretó su prisión preventiva.
Se maneja mucha información sensible y entiendo que la prudencia debe reinar”, comentó a los medios de comunicación.
Agregó que “seguirá guardando reclusión en el Regimiento Escolta Presidencial y se tiene en consideración toda la información que él pudo haber manejado como primer mandatario tanto en el ámbito financiero y del crimen organizado. Se sabe que estos son flagelos que tienen mucha repercusión y son circunstancias que uno debe tener en cuenta”.
Con relación a los demás requerimientos realizados por el Ministerio Público como por ejemplo, decreta la inhibición general de enajenar y gravar sus bienes, la identificación e inmovilización de sus cuentas bancarias, depósitos e inversiones, así como la localización de sus bienes y derechos patrimoniales, Otazú refirió que “el juzgado está analizando, hay circunstancias que consideramos pertinentes”.
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Carlos Carvallo, expresidente del BCP, también fue imputado ayer
El Ministerio Público imputó ayer al expresidente del Banco Central del Paraguay (BCP) Carlos Carvallo por los hechos punibles de lesión de confianza, producción inmediata de documentos públicos de contenido falso y administración en provecho propio, todos en calidad de autor.
El órgano extrapoder investiga su actuación en los procesos de autorización, regulación y supervisión de ueno bank, así como su anterior vinculación con la financiera ueno y las observaciones técnicas relacionadas con límites de exposición crediticia, operaciones con empresas vinculadas y aspectos patrimoniales de la entidad.
Asimismo, se investiga una comunicación remitida a la Cámara de Senadores el 7 de octubre de 2026, cuyo contenido, de acuerdo a la hipótesis fiscal, presentaría diferencias respecto de informes y observaciones técnicas existentes en el Banco Central del Paraguay.
Como parte de las diligencias, los agentes fiscales incorporaron informes técnicos, actas de directorio, expedientes administrativos, declaraciones testificales y documentación financiera relacionada con los hechos investigados.
La Fiscalía también requirió la prisión preventiva para Carvallo, quien se expone a una pena de hasta 20 años de cárcel. A la vez ordenó la inhibición general de enajenar y gravar sus bienes, la identificación e inmovilización de sus cuentas bancarias, depósitos e inversiones, así como la localización de sus bienes y derechos patrimoniales.
IMPORTANTES DEPÓSITOS Y COLOCACIONES
Según la hipótesis fiscal, entre el 2023 y 2026 la entidad bancaria habría recibido importantes depósitos y colocaciones de entidades públicas y previsionales, al tiempo que habría realizado operaciones crediticias con empresas vinculadas a su grupo económico que presentaban presuntas irregularidades.
Permanecerá recluido por 15 días en la Agrupación
En la causa penal n.º 92/2026, iniciada por el Ministerio Público tras las revelaciones sobre el presunto desvío sistemático de fondos públicos y provisionales hacia ueno bank, la situación procesal de los principales imputados ha ingresado a una fase decisiva en el ámbito de las medidas cautelares privativas de libertad.
Respecto a las determinaciones judiciales recientes, el expresidente del Banco Central del Paraguay (BCP) Carlos Carvallo estará recluido inicialmente por un plazo de 15 días en la Agrupación Especializada de la Policía Nacional.
De manera paralela, la magistratura resolvió solicitar informes detallados al sistema penitenciario y de justicia con el fin de evaluar y determinar el establecimiento penal definitivo donde el imputado deberá cumplir la medida de prisión preventiva mientras avanza la etapa investigativa.
LOS ANTECEDENTES DE LA INVESTIGACIÓN JUDICIAL
La medida privativa de libertad se enmarca dentro de una investigación de gran escala iniciada por la Fiscalía Especializada en Delitos Económicos y Anticorrupción. En el expediente incoado se indaga la presunta comisión de los hechos punibles de lesión de confianza, administración en provecho propio y producción de documentos de contenido falso.
Los antecedentes de la causa señalan que, durante el ejercicio de sus funciones al frente de la entidad reguladora monetaria, Carvallo habría omitido alertas operativas y administrativas relativas a la inyección masiva de recursos estatales provenientes de cajas previsionales y entes descentralizados hacia la referida entidad bancaria.
De acuerdo con el acta de imputación formulada por los fiscales intervinientes, la presunta maniobra financiera habría facilitado la concentración irregular de liquidez en favor de ueno bank sin aplicar las salvaguardas ni los límites normativos de colocación de capital público previstos en la legislación bancaria vigente.
TRANSFERENCIAS DE FONDOS ESTATALES Y MEDIDAS CAUTELARES PATRIMONIALES
La causa penal n.º 92/2026 contempla operaciones financieras por montos que superan los G. 3.608.550.782.201 y los USD 233.400.495 en depósitos de carácter estatal e institucional. La hipótesis fiscal sostiene que las decisiones tomadas desde los organismos de control y la máxima autoridad del BCP habrían permitido una exposición indebida de los fondos del Instituto de Previsión Social (IPS) y de otras entidades del Estado, comprometiendo la estabilidad de las reservas y las coberturas previsionales de miles de aportantes.
Como parte del trámite procesal, el Juzgado de Garantías resolvió disponer, además de la prisión preventiva, la inhibición general de vender y gravar bienes de los imputados, junto con la inmovilización de sus cuentas bancarias, títulos y valores en el sistema financiero nacional.
SITUACIÓN PROCESAL Y DESTINO PENITENCIARIO
La estadía temporal de Carlos Carvallo en la Agrupación Especializada responde a los protocolos de seguridad aplicados a exaltas autoridades administrativas del Estado imputadas en causas de alta complejidad. Transcurrido el periodo de 15 días fijado por la magistratura, y una vez remitidos los reportes técnicos sobre las condiciones institucionales de resguardo, el Juzgado determinará si el imputado continuará en dicha sede policial o si será derivado a un centro de reclusión del sistema penitenciario nacional.
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Expresidente del BCP estará recluido en la Agrupación Especializada por 15 días
En el marco de la imposición de medidas, el juez penal de garantías de Delitos Económicos, Humberto Otazú, decretó este que el expresidente del Banco Central del Paraguay (BCP), Carlos Carvallo, guardara reclusión por 15 días en la sede de la Agrupación Especializada.
“Pasará a guardar reclusión primera por un periodo de 15 días en la Agrupación Especializada y el juzgado está oficiando también en este momento al Ministerio de Justicia, para recabar información sobre un establecimiento donde se pueda resguardar la integridad de esta persona”, comentó a los medios de comunicación.
Otazú acotó: “Hay que tener en cuenta que el señor Carvallo, en el ejercicio de la banca central del Paraguay, había formulado la denuncia contra los exdirectivos de ueno bank quienes se encuentran en la expenitenciaria de Tacumbú; entonces debe prevalecer la prudencia en este tipo de casos. Debemos guardar la integridad”.
El magistrado indicó también que “vamos a aguardar la respuesta del Ministerio de Justicia para que luego sea trasladado a una institución dependiente del mismo”.
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Respecto a los demás requerimientos realizados por el Ministerio Público, como por ejemplo, decreta la inhibición general de enajenar y gravar sus bienes, la identificación e inmovilización de sus cuentas bancarias, depósitos e inversiones, así como la localización de sus bienes y derechos patrimoniales, Otazú refirió que “yo calculo que a partir de ahora, en un tiempo no muy extenso, tomaré una resolución. Carvallo se abstuvo de declarar, pero sus abogados defensores sí hicieron los fundamentos y los planteamientos que el juzgado ha considerado, pero ya hemos tomado la decisión”, mencionó.
Carvallo imputado por tres hechos punibles
Carvallo fue imputado por la Fiscalía por los hechos punibles de lesión de confianza, producción inmediata de documentos públicos de contenido falso y administración en provecho propio, todos en calidad de autor.
El órgano extrapoder investiga su actuación en los procesos de autorización, regulación y supervisión de ueno bank, así como su anterior vinculación con la financiera ueno y las observaciones técnicas relacionadas con límites de exposición crediticia, operaciones con empresas vinculadas y aspectos patrimoniales de la entidad.
Asimismo, se investiga una comunicación remitida a la Cámara de Senadores el 7 de octubre de 2026, cuyo contenido, de acuerdo a la hipótesis fiscal, presentaría diferencias respecto de informes y observaciones técnicas existentes en el Banco Central del Paraguay.
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