La jueza Mafalda María Cameron Luque fue acusada ante el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM) por presunto mal desempeño de sus funciones.
La acusación se relaciona con supuestas irregularidades en la firma y ejecución de medidas cautelares dictadas en el marco de un litigio societario entre las empresas Cargo Line y Cimportex, cuyos representantes legales son los empresarios Juan José Zapag y María Arlette Zapag.
Los acusadores solicitaron al JEM el enjuiciamiento y la suspensión en sus funciones.
La acusación se fundamenta en el artículo 14, incisos b y g, de la Ley N.º 6814/21, que contempla el incumplimiento grave de obligaciones legales y constitucionales, así como la manifiesta parcialidad o ignorancia del derecho.
Según el escrito, la magistrada Cameron Luque concedió una medida cautelar que excedía lo solicitado por la parte actora Blas y Nora Zapag, socios de las firmas mencionadas más arriba, sin la debida fundamentación y con vulneraciones de las normas civiles y procesales relativas a la administración de sociedades, la designación de autoridades y la intervención judicial.
Entre los cuestionamientos figura la rapidez con la que se tramitó la medida cautelar. De acuerdo con la acusación, transcurrieron apenas 26 minutos y 41 segundos entre la presentación de la demanda, registrada a las 8:49:01, y la emisión del Auto Interlocutorio N.º 1.392, a las 9:15:42. También se señala que los mandamientos y oficios para ejecutar las medidas fueron firmados a las 9:35, pese a que, según los acusadores, todavía no se había completado la contracautela ofrecida para respaldarlas.
Otro de los puntos cuestionados es el procedimiento realizado en la sede de Cargo Line, donde, según la acusación, habría participado un abogado ajeno al expediente judicial civil, identificado como Fernando Marecos quien fue imputado luego por la Fiscalía por coacción y usurpación de funciones públicas atendiendo a que se tomó atribuciones que no tenia facultad para hacerlo y a su vez coaccionó a un alto funcionario de la mencionada empresa.
Asimismo, los denunciantes objetan que los libros contables y societarios secuestrados fueron entregados en custodia judicial al propio demandante Blas y Nora Zapag, en lugar de quedar bajo responsabilidad del interventor designado por la jueza Cameron.
También la acusación sostiene que la jueza acusada por mal desempeño habría otorgado a una de las partes la calidad de “Directora Titular” sin que ello fuera solicitado en la demanda y en contradicción con los estatutos.
Además, cuestiona que la magistrada declarara inaplicable el régimen legal de sustitución de síndicos previsto en el artículo 1.121 del Código Civil, atribuyendo a esa decisión una invasión de competencias de la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia.
Asimismo, la acusación sostiene que las medidas adoptadas por la jueza Cameron Luque habrían sido desproporcionadas e incluido allanamientos y secuestros de documentos en domicilios particulares de terceros, sin garantías suficientes.
Ante estos hechos, los denunciantes solicitaron al JEM que inicie el enjuiciamiento de la magistrada y, considerando los indicios de presunto mal desempeño de sus funciones, requiera a la Corte Suprema de Justicia su suspensión mientras dure la investigación.
Ahora, los integrantes del JEM deberán estudiar la acusación presentada contra la jueza Cameron Luque y definir si corresponde enjuiciar y solicitar a la máxima instancia judicial la suspensión de sus funciones de la magistrada acusada.

