La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, ratificó la condena de 28 años de cárcel para Óscar Ariel Caballero Sahlmann, condenado por la muerte del exfiscal y exviceministro de Seguridad Interna, Javier Ibarra, ocurrido en noviembre del 2023 en San Lorenzo, departamento Central. Caballero fue sentenciado en abril del 2025 por homicidio doloso y hurto especialmente grave.
Con el voto en mayoría de los ministros Carolina Llanes y Manuel Ramírez Candia, la máxima instancia judicial no admitió el recurso de casación planteado por la defensa del condenado. Ambos altos magistrados señalaron que el escrito carece de fundamentación suficiente que habilite a la Sala Penal para estudiar la procedencia del recurso interpuesto.
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Asimismo, señalan que “los impugnantes se limitan a formular afirmaciones de carácter genérico, sin individualizar cuáles son las pruebas que, a su criterio, fueron omitidas o incorrectamente apreciadas por el Tribunal, ni explicar de qué manera la supuesta errónea valoración probatoria habría incidido en el sentido del fallo. En consecuencia, la crítica recursiva carece del desarrollo argumentativo mínimo necesario para demostrar la existencia del vicio denunciado”, indica la resolución judicial de la Corte.
Condena
El tribunal de sentencia integrado por Gloria Garay, Leticia Frachi y Ana Carolina Silveira, condenó a 28 años de cárcel a Óscar Ariel Caballero Sahlmann luego de ser encontrado culpable por el homicidio del exfiscal Javier Ibarra. La determinación se dio a conocer luego del juicio oral y público. El fiscal del caso fue Julio Ortiz, quien pudo demostrar la responsabilidad del acusado en el grave hecho registrado donde resulto víctima fatal el exrepresentante del Ministerio Público.
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Ministros disertaron sobre la independencia judicial y comunicación institucional
El ministro superintendente de la Circunscripción Judicial de Alto Paraná, César Diesel Junghanns y la ministra María Carolina Llanes disertaron en una jornada académica organizada por la Asociación de Magistrados del Alto Paraná (ASOMAP), en Ciudad del Este.
Las exposiciones abordaron la independencia judicial como garantía para el ejercicio de la función jurisdiccional y los desafíos para avanzar gradualmente hacia una comunicación institucional más coordinada y comprensible, orientada a facilitar a la ciudadanía el acceso a información confiable y oportuna sobre la labor del Poder Judicial.
La actividad se desarrolló en el Salón Auditorio del Palacio de Justicia de Ciudad del Este y congregó a la magistratura, representantes de asociaciones y gremios, profesionales del derecho, funcionariado judicial e invitados especiales.
El ministro César Diesel desarrolló la conferencia “El valor de la independencia judicial”, en la que destacó que la independencia constituye un elemento indispensable para la vigencia del Estado de derecho y el adecuado ejercicio de la función jurisdiccional. Durante su exposición se refirió al papel constitucional del Poder Judicial y al control de constitucionalidad dentro del sistema de separación, equilibrio y recíproco control entre los poderes del Estado.
Asimismo, sostuvo que la legitimidad de las decisiones judiciales se sustenta en el conocimiento de los hechos, la aplicación del derecho correspondiente y la debida fundamentación de los fallos, con respeto a las garantías del debido proceso. Diesel abordó además las garantías constitucionales destinadas a preservar la independencia institucional y funcional de la magistratura y destacó su importancia para que jueces y tribunales puedan ejercer sus funciones con apego a la Constitución y las leyes.
Finalmente, remarcó que la independencia judicial también requiere fortalecer la calidad de la administración de justicia, mediante decisiones debidamente fundamentadas, adoptadas sin demoras innecesarias y con el tiempo necesario para garantizar el debido proceso.
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Por su parte, la ministra, María Carolina Llanes Ocampos, presentó el tema “Implementación de la Política Comunicacional” y expuso aspectos vinculados al desarrollo operativo de la Política de Comunicación del Poder Judicial, aprobada mediante Resolución N.º 9990/2023 de la Corte Suprema de Justicia.
Durante su presentación destacó la importancia de facilitar a la ciudadanía el acceso a contenidos institucionales confiables y comprensibles. En ese contexto, explicó que el desarrollo operativo de la Política de Comunicación se concibe como un proceso gradual de fortalecimiento institucional, orientado a consolidar criterios, procesos e instrumentos que contribuyan a una comunicación más coordinada y acorde con las particularidades del Poder Judicial.
Otro de los ejes abordados fue la necesidad de promover una justicia comprensible mediante información clara y un lenguaje accesible que permita a la ciudadanía conocer las funciones y competencias del Poder Judicial, comprender sus procedimientos, identificar los servicios disponibles y consultar información institucional.
La ministra se refirió además a la participación de las distintas circunscripciones judiciales en la identificación de necesidades, experiencias y buenas prácticas, con miras a construir herramientas adaptadas a las diferentes realidades territoriales.
Señaló que, cuando corresponda evaluar una actuación comunicacional, deberán considerarse los derechos involucrados, las competencias institucionales, el interés público, la proporcionalidad y las características de cada situación. En ese sentido, explicó que la comunicación estratégica requiere contar con criterios y herramientas que permitan determinar cuándo corresponde comunicar y de qué manera hacerlo, preservando las competencias y responsabilidades institucionales.
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Ministro Diesel habilitó Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de Juan León Mallorquín
Con presencia del ministro de la Corte Suprema de Justicia y superintendente de la Circunscripción Judicial de Alto Paraná, César Diesel, y de los miembros del Consejo de Administración, se llevó a cabo el acto de habilitación de las nuevas instalaciones del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de Juan León Mallorquín.
La puesta en funcionamiento de esta sede se enmarca en las acciones impulsadas para fortalecer el acceso a la Justicia y mejorar la atención a la ciudadanía en todo el territorio nacional.
Durante el acto, el ministro Diesel señaló que uno de los objetivos centrales de la máxima instancia judicial es garantizar una justicia ágil, eficiente y cercana. Asimismo, exhortó al equipo de trabajo, liderado por la magistrada Gloria Liz González, a desempeñar sus funciones con atención a las necesidades de la ciudadanía.
A su turno, la jueza de Primera Instancia y encargada del despacho, Gloria Liz González, señaló que la habilitación de la sede judicial representa el fortalecimiento de la presencia institucional del Poder Judicial al servicio de la ciudadanía y refleja el compromiso con el acceso a la Justicia en la zona.
El inmueble, cedido a la Corte Suprema de Justicia mediante un contrato con sus propietarios, albergará las dependencias judiciales destinadas a fortalecer la atención y la prestación de los servicios de justicia en la zona.
Del acto oficial participaron también la intendenta municipal, Marta Santander de Correa, magistrados de diversas localidades, profesionales abogados y representantes de gremios de la región, quienes acompañaron la habilitación de esta nueva sede judicial, que permitirá acercar los servicios de justicia a la ciudadanía de Juan León Mallorquín y de su zona de influencia.
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Directora de Garantías Constitucionales cumple con los requisitos para el cargo
La Dirección de Asuntos Jurídicos de la Corte Suprema de Justicia hizo mención a cuáles son los requisitos para acceder a un cargo titular cualquier dirección general en el Poder Judicial. En ese sentido, recordó que las acordadas dictadas en los años 2019, 2020 y 2022 no introdujeron la exigencia de título universitario para ser designado como director general en el Poder Judicial, sino que reconocieron expresamente la naturaleza de confianza de las Direcciones Generales y establecieron un régimen compatible con la permanencia de quienes ya las ejercían.
Esta aclaración se dio en vista de las publicaciones periodísticas en las que se cuestiona que la titular de la Dirección General del Poder Judicial no cuenta con título universitario.
El dictamen hace mención a los requisitos establecidos para ocupar el cargo de director/a general, en cualquier Dirección General del Poder Judicial, cargo que actualmente ocupa la señora Verónica Lina Sienra Bertón quien ejerce funciones en esa dependencia hace aproximadamente tres décadas.
Primeramente, el artículo 47, numeral 3, de la Constitución de la República, garantiza el acceso igualitario a las funciones públicas no electivas sin más requisito que la idoneidad.
El dictamen explica que esta idoneidad no se identifica necesariamente con un título universitario, en tanto que dicha exigencia comprende la formación, la experiencia, los conocimientos y la trayectoria necesarios para el adecuado desempeño del cargo. Un título académico sólo es exigible cuando una norma o el perfil específico del puesto lo establece expresamente, y ninguna disposición aplicable a la Dirección General de Garantías Constitucionales lo hace.
Seguidamente, no puede dejarse de mencionar la trayectoria de la funcionaria. La señora María Verónica Lina Sienra Bertón ingresó al Poder Judicial el 11 de septiembre de 1998, contratada como jefa de la dependencia de Garantías Constitucionales, Remates y Peritos Judiciales, cuando el actual ministro Luis María Benítez Riera todavía no integraba la Corte Suprema de Justicia. Desde entonces, desempeñó de manera continua funciones de jefatura en la misma dependencia: fue nombrada en el año 2000, confirmada como jefa supervisora en 2002 y designada como jefa de sección en 2008.
Su nombramiento como directora general, el 31 de enero de 2012, no significó el ingreso de una persona ajena a la institución ni el acceso repentino a un cargo gerencial, sino la culminación de más de trece años de carrera desarrollada en el área cuyos procedimientos conocía desde todos los niveles de responsabilidad.
En cuanto al marco normativo, señala el dictamen que no existe reglamentación alguna al tiempo del nombramiento en el 2012, que exigiera un título universitario para acceder al cargo de Directora General y, conforme al principio de irretroactividad del artículo 14 de la Constitución de la República y la regla tempus regit actum, la validez de una designación debe juzgarse según las normas vigentes al momento de dictarse.
Las Acordadas posteriores (N° 1.309/2019, N° 1.479/2020 y N° 1.679/2022) tampoco incorporaron esa exigencia: declararon a las Direcciones Generales como cargos de confianza, contemplaron expresamente la permanencia de quienes ya los ocupaban y, al referirse al “nivel académico necesario”, emplearon una fórmula funcional que no impone una titulación específica.
A su vez, la Acordada N° 1.815/2025 define a la Dirección General de Garantías Constitucionales como una unidad administrativa de asistencia jurisdiccional que no ejerce jurisdicción, así como tampoco exige una profesión reglamentada.
En conclusión, las acordadas dictadas en los años 2019, 2020 y 2022 no introdujeron la exigencia de título universitario para ser designado como director general en el Poder Judicial, sino que reconocieron expresamente la naturaleza de confianza de las Direcciones Generales y establecieron un régimen compatible con la permanencia de quienes ya las ejercían.
Asimismo, la Acordada N° 1.815/2025 define a la Dirección General de Garantías Constitucionales como una unidad de estructura administrativa de asistencia jurisdiccional y no exige para su titularidad una profesión reglamentada ni un título universitario de grado determinado. Dicha dependencia no resuelve casos judiciales, ni ejerce función jurisdiccional algunos reservados a los jueces.
En consecuencia, concluye el dictamen, no corresponde inferir la irregularidad en la designación o la permanencia de la funcionaria en el cargo, a partir de la ausencia de una titulación universitaria que ninguna disposición aplicable exige.
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Fiscalía pidió a la Corte destrabar proceso penal por lavado de dinero de Miki Zaldívar y otros
Los fiscales Jorge Arce, Francisco Cabrera y Verónica Valdez solicitaron a la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia destrabar el proceso penal por lavado de dinero que enfrentan Miguel Ángel Zaldívar, presidente del Banco Atlas, y otros coimputados.
El Ministerio Público exige a los miembros de la máxima instancia judicial resolver la recusación dilatoria presentada por el abogado Enrique Kronawetter, defensor del acusado Celio Tunholi, contra los camaristas Silvana Luraghi, Mario Camilo Torres y Paublino Escobar.
Debido a que ya transcurrieron cuatro meses desde la presentación de esta chicana sin que se haya dictado una resolución, la Fiscalía urge definir la situación para garantizar la celeridad procesal y continuar con las actuaciones.
Acusación
El Ministerio Público presentó una acusación formal por lavado de dinero y solicitó la apertura de un juicio oral y público contra Miguel Ángel Zaldívar y los demás procesados. La nómina de acusados incluye a Jorge Enrique Vera Trinidad, Celio Tunholi, Eleno Concepción Martínez Duarte, Eduardo Queiroz García y José Miguel Ángel Páez Corvalán.
A raíz de los constantes recursos dilatorios interpuestos por la defensa de los acusados, hasta el momento no se ha podido realizar la audiencia de imposición de medidas cautelares. Asimismo, permanece pendiente la fijación de la audiencia preliminar, instancia en la cual se definirá si la causa se eleva a la etapa de juicio oral y público.
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