Un tribunal de Sentencia condenó a 3 años de cárcel a Elián López Torres, luego de ser encontrado culpable de arrojar un vaso de vidrio durante una fiesta en el local Kingfish, que derivó en la pérdida del ojo derecho de una joven. Los jueces Yolanda Portillo, María Fernanda García de Zúñiga y Héctor Capurro concluyeron que en el caso existió dolo eventual, por lo que dictaron una condena por lesión grave.
La presidenta del colegiado, Yolanda Portillo, explicó que no se acreditó que el vaso haya impactado directamente contra la víctima Dahiana Benítez, pero sí que el resultado lesivo se produjo como consecuencia de la acción realizada por el condenado. Según los jueces, López no buscaba causar específicamente la lesión sufrida por la joven, pero al lanzar un vaso de vidrio en medio de un grupo numeroso de personas asumió la posibilidad de que alguien resultara herido.
De acuerdo con los antecedentes, el hecho ocurrió el 10 de noviembre de 2024, alrededor de las 05:00, en el interior del local nocturno Kingfish, ubicado en Asunción.
La acusación señaló que el incidente se produjo tras una discusión entre dos grupos de personas. En ese contexto, López Torres arrojó un vaso de vidrio hacia el grupo en el que se encontraba Dahiana Benítez.
Durante el juicio se estableció que el vaso impactó contra un joven identificado como Iván Villamayor y que, como consecuencia de un movimiento reflejo de este, su codo golpeó el rostro de la víctima. A raíz de ese golpe, Benítez sufrió un estallido del globo ocular derecho, lesión que derivó en la pérdida total del órgano y en una disminución permanente de su capacidad visual.
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Condenan a 18 años de cárcel a un hombre por abuso sexual en niños
Un tribunal de sentencia condenó a 18 años de pena privativa de libertad a un hombre encontrado culpable por el hecho punible de abuso sexual en niños. La agente fiscal, Cynthia Carolina Huespe Ortega, estuvo a cargo de sostener la acusación fiscal.
El hoy condenado abusó en reiteradas ocasiones de una niña de 11 años, entre los años 2019 y 2020. Durante el juicio oral, la representación fiscal expuso de manera detallada el daño psicológico y físico ocasionado a la víctima.
Las declaraciones de la menor (realizadas bajo el sistema de Cámara Gesell para evitar su revictimización), los testimonios de familiares y los informes de los peritos médicos y psicológicos, así como las demás pruebas documentales ofrecidas, fueron producidas ante el Tribunal de Sentencia. Dicho colegiado dictó la pena de 18 años de encierro al quedar plenamente demostrada la conducta reprochable del acusado en el hecho.
Tras la lectura íntegra del fallo, la defensa del condenado cuenta con el plazo legal establecido por la ley para interponer un recurso de apelación especial. En caso de presentarse dicha objeción, el caso será remitido a un Tribunal de Apelación en lo Penal. Esta instancia de alzada tendrá la responsabilidad de examinar el proceso y definir si corresponde confirmar, revocar o modificar la sentencia condenatoria dictada en primera instancia.
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Tía Chela: Miguel Prieto a juicio oral por corrupción con kits de alimentos que ocasionó millonario perjuicio a la comuna de CDE
Tras varias chicanas rechazadas en todas las instancias y nuevos intentos de seguir dilatando el inicio del juicio oral y público, este lunes el exintendente de Ciudad del Este, Miguel Prieto, debe responder ante la Justicia por el supuesto mega negociado en la compra de kits de alimentos para familias vulnerables durante la pandemia del covid-19, en el caso conocido como “Tía Chela”. El perjuicio patrimonial sostenido por el Ministerio Público supera la millonaria suma de G. 2.130.036.016. La audiencia oral comenzará a las 08:00.
Además de Prieto —quien cuenta con otras dos acusaciones por negociados y centenares de denuncias en trámite—, deberán estar sentados en el banquillo de los acusados: Maggi Elizabeth Fariña Almada, coordinadora de la Unidad Operativa de Contrataciones; Sebastián Martínez Insfrán, director de Desarrollo Social; José Félix Cáceres Galeano, jefe de Desarrollo Comunitario.
La lista de acusados sigue con: Julián Benítez Gamarra, jefe de Almacenes; Francisco Arrúa Álvarez, director de Administración y Finanzas; Higinio Ramón Acuña, jefe de Adquisición y Suministros; Cirle Alcaraz Ramírez, encargado de Órdenes de Pago; Nelson Segovia Acevedo, tesorero; Fermín Ávalos Britos, propietario de Tía Chela SRL; y Emili Vanessa Florentín Páez, propietaria de la firma Vanemi SA.
El Tribunal de Sentencia que tendrá a su cargo juzgar a Prieto y a los demás procesados está conformado por los jueces Ana Rodríguez, Karina Cáceres y Yolanda Morel. Por su parte, el fiscal del caso es Silvio Corbeta, quien tendrá que sostener la acusación. El representante del Ministerio Público cuenta con sobrados elementos probatorios para demostrar la gravísima responsabilidad de Prieto y de cada uno de los procesados en el presente caso.
En el juicio, la Fiscalía sostendrá la acusación en la cual se menciona que Prieto causó un perjuicio patrimonial de G. 2.130.036.016. Para el Ministerio Público, el exintendente encabezó un esquema de corrupción que se instaló en el municipio y estuvo conformado por funcionarios a su cargo, quienes habrían operado para el desvío de recursos municipales.
Esquema delictivo
El 25 de marzo del año 2020, en plena pandemia, el intendente opositor Miguel Prieto anunciaba con bombos y platillos en sus redes sociales que estaba distribuyendo víveres a las comunidades carenciadas. Según explicó a la Contraloría General de la República, estos víveres los adquirió a través de una contratación de urgencia a la firma Tía Chela SRL. El inconveniente es que, según los papeles, este contrato con la empresa de víveres se concretó recién el 27 de marzo del 2020, pero Miguel Prieto ya estaba publicando los videos jactándose de la entrega el 25 de marzo; es decir, dos días antes.
Curiosamente, el 27 de marzo de 2020, el mismo día que la municipalidad firmaba el contrato con Tía Chela SRL, se producía la primera entrega de 15.000 kits de los 25.000 que debían proveerse, y se elaboraba la factura de crédito. Es decir, la licitación se encontraba apenas en proceso, pero dos días antes, Miguel Prieto ya estaba haciendo pública la entrega de alimentos, exhibiendo incluso canastas en sus videos.
El Ministerio Público llegó a la conclusión de que Miguel Prieto se aprovechó de su cargo de ordenador de gastos para hacer uso y abuso de los recursos, comprando kits de alimentos que, en realidad, no fueron proveídos por Tía Chela SRL.
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Otros casos de Prieto
Prieto deberá enfrentar otro juicio oral por lesión de confianza, administración en provecho propio y asociación criminal, tras un perjuicio patrimonial estimado en más de 300 millones de guaraníes. Así lo resolvió en su momento el juez Penal de Garantías, Humberto Otazú, quien elevó a juicio oral y público el “Caso Tajy”.
Igualmente, el exjefe comunal de Ciudad del Este, Miguel Prieto, soporta un tercer caso penal junto a otras 10 personas por la presunta comisión del hecho punible de lesión de confianza, en una investigación vinculada al uso de fondos municipales destinados a obras en el Hospital Regional de la capital de Alto Paraná.
En el presente proceso penal, siete de los once imputados ya admitieron los hechos de corrupción cometidos por Prieto y otros, lo que robustece la teoría del Ministerio Público en la causa contra el exintendente de Ciudad del Este. El perjuicio patrimonial en este tercer proceso sería de G. 757 millones, en el marco de trabajos que no se realizaron correctamente en el Hospital Regional de Ciudad del Este entre diciembre de 2019 y agosto de 2022.
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Feminicidio de María Fernanda: tribunal aplicó penas de entre 10 y 3 años de cárcel a los acusados
Un Tribunal de Sentencia de Coronel Oviedo condenó a los cinco adultos acusados por el feminicidio de la joven María Fernanda Benítez Martínez. La lectura de la sentencia comenzó poco antes de las 23:00 del martes 25, atendiendo a la gravedad del juzgamiento a los acusados.
El colegiado integrado por los jueces Luis Ovelar, Víctor Vera y Andrea Riquelme emitieron su veredicto final tras finalizar el debate oral y escuchar a todas las partes. Además, durante la jornada de hoy dio la posibilidad de brindar algunas declaraciones a los procesados.
A la joven Mikhaela Chiara Yasy Rolón Melgarejo, acusada por instigación al feminicidio, asociación criminal y omisión de aviso, los jueces la encontraron culpable a las 23:59 y la condenaron a una pena de 10 años de cárcel.
A continuación, Ricardo Villamayor, acusado por ocultamiento de indicios y omisión de denuncia, a las 00:23 del miércoles fue condenado a 3 años de cárcel.
A las 01:05, Franco Antonio Acosta, acusado por complicidad en tentativa de aborto y frustración de la persecución penal, fue condenado a 5 años de privación de libertad.
Finalmente, a las 01:22, este colegiado decidió que los padres del joven de 17 años sindicado como principal responsable del feminicidio, Armando Silva y Karent Villar, sean condenados a 4 años y 6 meses de cárcel, luego de ser encontrados culpables por exposición al peligro, simulación de hecho punible y frustración de la persecución penal.
Antecedentes del caso
El fiscal Fermín Segovia pidió 10 años de prisión para Mikhaela Chiara Yasy Rolón Melgarejo por su presunta participación en el feminicidio. En tanto que, para los padres del autor principal 4 años y medio; para Franco Antonio Acosta 4 años de cárcel por complicidad y para Ricardo Villamayor solicitó 3 años de pena privativa de libertad por ocultamiento de indicios y omisión de denuncia.
El feminicidio de María Fernanda Benítez Martínez, de 17 años, se reportó el 27 de mayo del 2025 en la ciudad de Coronel Oviedo, departamento de Caaguazú, pero el hallazgo del cuerpo de la joven se dio recién el 31 de mayo de ese mismo año. Este estaba enterrado y totalmente calcinado en un patio baldío del barrio Villa del Maestro.
El presunto autor material del crimen al ser menor de edad al momento del hecho enfrenta un juicio en paralelo bajo el régimen penal adolescente con un pedido de pena máxima de 8 años.
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Condenan a 40 años de cárcel a sicarios que asesinaron a hija de exgobernador de Amambay
Un Tribunal de Sentencia condenó a 30 años de cárcel más 10 años de medidas de seguridad, totalizando así 40 años de pena privativa de libertad, a Julio César Centurión Cantaluppi y Diego Alexi Vázquez Martínez, por el cuádruple homicidio ocurrido en octubre de 2021 en Pedro Juan Caballero, donde también fue asesinada Haylee Acevedo, hija del exgobernador de Amambay, Ronald Acevedo.
Asimismo, fue sentenciado a 23 años de cárcel más 6 de medidas de seguridad, sumando un total de 29 años, Derlis Javier López Arce. Los dos primeros fueron encontrados culpables de ejecutar, junto con Edson Vargas (actualmente prófugo), el ataque en el que murieron Haylee Acevedo, su pareja -el presunto narcotraficante Osmar Vicente Álvarez, alias “Bebeto”- y las estudiantes de Medicina Rhannye Jamilly Borges de Oliveira y Kaline Reinoso de Oliveira.
El terrible suceso se registró el 9 de octubre de 2021 y, según el fallo de primera instancia, estuvo relacionado con una disputa de territorio para el tráfico de drogas entre el grupo de Marcio Ariel Sánchez, alias “Aguacate” y “Bebeto”. El colegiado encontró culpables a los procesados por homicidio doloso, asociación criminal, detentación ilegal de armas y lesión grave, esta última respecto a tres víctimas colaterales.
Durante el ataque se realizaron más de 100 disparos con armas largas que también alcanzaron a Bruno Elías Pereira Sánchez, Iris Esiely Molinari Villasboa y a la brasileña Rhafaelli Alves do Nascimento, quienes resultaron heridos.
Los jueces de sentencia Federico Rojas, María Luz Martínez y Dina Marchuck tuvieron en cuenta imágenes de circuito cerrado y declaraciones de agentes policiales. Las grabaciones muestran a las víctimas dentro del vehículo en el momento en que fueron atacadas. El Tribunal concluyó que los condenados formaban parte de la estructura criminal de “Aguacate”, cuyo objetivo incluía la ejecución de personas por encargo (sicariato).
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