La jueza de Sentencia, Mesalina Fernández, condenó a la abogada María Esther Roa, encontrada culpable por difamar a Guillermo Duarte, a quien acusó de hechos graves como coima, soborno y tráfico de influencia mediante la difusión de un audio, cuya autenticidad no fue verificada.
La que dice ser representante del pueblo, pero nadie acude a sus movilizaciones, fue sancionada a 100 días de multa, pero la misma será reemplazada con la suspensión de la ejecución de la pena, bajo la condición de que la condenada María Esther Roa elimine la publicación y pida disculpas a Duarte, además de otras medidas que serán especificadas en la sentencia por escrito.
Las pruebas periciales fueron importantes en el presente caso y es por ello que el juzgado concluyó que el audio difundido no fue generado con inteligencia artificial, pero sí fue editado, montado y ensamblado a partir de fragmentos de otras declaraciones realizadas por Duarte.
En el material divulgado se escuchaba la voz del abogado, supuestamente manteniendo una conversación con quien sería un ministro de la Corte sobre un pedido de prescripción en una causa penal que involucra a su suegro, el ingeniero Carlos Heisele, extitular de la Ande, acusado por lesión de confianza.
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Abogada afirma que proyecto contra la ideología de género no reduce penas a abusadores
La abogada, especialista en derecho penal, gobernabilidad, gerencia política y gestión pública, Dannia Ríos Nacif, defendió la iniciativa popular que plantea hasta 20 años de cárcel para quienes interfieran, alteren o dañen la percepción natural del niño acerca de la sexualidad o su identidad biológica.
“El proyecto de ley propone modificar el artículo 135 del Código Penal incorporando un apartado nuevo, el 135c. Este apartado tipifica como abuso infantil la elaboración, distribución, promoción o difusión de materiales o actos dirigidos a niños que interfieran, alteren o dañen su percepción natural sobre la sexualidad, el ejercicio de ella o su identidad biológica de los mismos”, afirmó Ríos Nacif en una entrevista con el diario La Nación/Nación Media.
Añadió también que “estas conductas atentan contra el desarrollo armónico del niño, el mismo bien jurídico protegido en los casos de abuso sexual en niños, denominado indemnidad, el cual consiste en el derecho del niño a no sufrir interferencias o daño en el proceso de formación adecuada de la personalidad”.
Mencionó que a través de la propuesta se “busca proteger el derecho constitucional del niño, contemplado en el artículo 54 de la Constitución Nacional, que obliga a la familia, la sociedad y el Estado, que incluye a todas las instituciones, funcionarios y autoridades, a garantizarle su desarrollo armónico e integral, protegiéndolo, entre otras cosas, contra el abuso”.
Detalló que la incorporación del artículo 135, inciso c, “abuso bajo otras formas”, no modificará ni reducirá las penas y conductas ya tipificadas en los artículos 135a y 135b. “Se mantienen según la ley vigente (Ley N.º 7394/24). Solo se agrega una figura penal nueva que protege el mismo bien jurídico”, afirmó.
Con relación al cuestionamiento de la senadora opositora Esperanza Martínez, quien sostiene que la iniciativa adolece de serios problemas constitucionales y que restablece penas más bajas para los abusadores sexuales, la abogada dijo que “esas afirmaciones no se ajustan a la verdad. El proyecto no reduce ninguna pena. Las penas por abuso sexual en niños se mantienen conforme a la ley vigente (Ley N.º 7394/24). El texto se elaboró originalmente en el año 2023 y, mediante el trámite correspondiente, será incorporado al marco legal vigente”.
Agregó que “en cuanto a la constitucionalidad, precisamente el proyecto se fundamenta en el derecho constitucional que protege al niño en su etapa de desarrollo (artículo 54 de la Constitución Nacional). Por lo tanto, este derecho no puede dejar de ser atendido, tratándose del sector más vulnerable. Invocar derechos de adultos para introducir estas ideas en niños, atenta contra ese derecho y, en última, prevalece el interés superior del niño”.
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Consultada sobre si el proyecto apunta a impedir toda forma de acceso a la información sobre diversidad sexual y género, Ríos Nacif argumentó que “el proyecto no prohíbe que los adultos accedan a información ni que discutan estos temas entre mayores de edad. Lo que busca es impedir que se introduzcan en la educación y en actividades dirigidas a niños, aquellos contenidos que interfieran en la formación de su identidad biológica y sexual, atentando contra su indemnidad. El objetivo es la protección del niño”.
Respecto a las afirmaciones de que la iniciativa equipara la educación sobre género con el abuso infantil, la abogada comentó que “el proyecto tipifica como abuso infantil aquellas acciones o materiales dirigidos a niños que le presenten la idea de que la identidad no responde al dato biológico, sino que se construye o se autopercibe y le siembra la duda acerca de la sexualidad o su identidad. Valga señalar que el niño no está en condiciones de comprender ni de consentir este tipo de ideas por ser un ser en desarrollo, es decir, no se trata de cualquier educación”.
Sectores que apoyan la propuesta
Señaló que la iniciativa popular amparada en el artículo 123 de la Constitución Nacional y las leyes, se encuentra impulsada especialmente por padres de familia y cuenta con el respaldo de las organizaciones como FEDAPAR, FENAPEP, FRENVIFA, RECNAPY y Somos Muchos Muchos Más. “También cuenta con el apoyo de sectores confesionales, sectores de la iglesia católica como evangélica y la firma de más de 50.000 ciudadanos”, comentó.
Requieren celebridad al Congreso
Puntualizó también que requerirán al Congreso Nacional que dé celeridad al tratamiento y sanción del proyecto de ley, en respeto a las 50.000 firmas ciudadanas que dan aval a su presentación.
“En las próximas semanas se acompañará el trámite legislativo, se mantendrá informada a la ciudadanía y se continuará el diálogo con los legisladores para que el proyecto sea estudiado y aprobado, protegiendo el desarrollo armónico de los niños en cumplimiento al artículo 54 de la Constitución Nacional”, argumentó.
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Jueza ordenó bloquear cuentas de cuatro procesados por el caso Narcojet
La jueza de Garantías de Crimen Organizado, Rosarito Montanía, dispuso la inhibición de bienes y el bloqueo de cuentas bancarias y otros productos financieros de cuatro imputados en la investigación por los 263,7 kilogramos de hachís hallados en un jet privado estadounidense que ingresó al Hangar ubicado en el Aeropuerto Silvio Pettirossi.
La resolución fue dispuesta a pedido de la fiscala Ingrid Cubilla y afecta a Víctor Emanuel Fernández Arce, vinculado a la empresa Munser FBO; Hermann Cecilio Melgarejo Morales, quien habría actuado como despachante de vuelo; José María Fernández Vera; y Gustavo Adolfo Sandoval Lamas, exsubgerente de Seguridad de la Dirección Nacional de Aeronáutica Civil (Dinac).
La determinación comprende la prohibición de enajenar o gravar bienes muebles e inmuebles, además del bloqueo de cuentas corrientes, cajas de ahorro y otros productos financieros a nombre de los procesados en bancos, financieras, casas de crédito y cooperativas.
El Ministerio Publico argumentó que existe una sospecha razonable de que los bienes y fondos podrían provenir de beneficios económicos relacionados con actividades ilícitas vinculadas al tráfico de drogas. La jueza consideró urgente asegurar el patrimonio ante el riesgo de que los imputados puedan ocultarlo, transferirlo o modificar su situación patrimonial para evitar un eventual comiso.
Según la hipótesis fiscal, el avión Challenger 604, con matrícula N116HL, procedente de Estados Unidos y con escala técnica en Panamá, arribó al hangar el 29 de mayo de 2026, cerca de las 21:12. La investigación apunta a presuntas coordinaciones para facilitar la recepción de la aeronave y sus ocupantes, así como el acceso al establecimiento.
Esta segunda fase investigativa identificó posibles intervenciones relacionadas con la logística aeroportuaria, la descarga de la sustancia y gestiones que, presuntamente, buscaban evitar su verificación por parte de las autoridades. Las medidas patrimoniales buscan preservar bienes y fondos mientras avanza la investigación.
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Ypytá: suspensión de constitución judicial genera duda en actuación de la jueza de Paz de PJC
La suspensión de la constitución judicial ejecutada por la jueza de Paz de Pedro Juan Caballero, Ángela Agüero, a las propiedades de la firma Ypytá —entre ellas a la Universidad Autónoma San Sebastián (UASS)— estaría presuntamente plagada de irregularidades. Esto se debe a la intervención de un abogado que no tendría personería reconocida en el expediente principal, caratulado “Ypytá Inmobiliaria, Ganadera y Comercial sobre quiebra”, en representación de Ronaldo Braga Diniz, comprador irregular de la propiedad en litigio —presunto testaferro de Ángela Toumani, exesposa del capo narco asesinado Jorge Rafaat—
A solo horas de realizarse la diligencia, el juez de Asunción, Édgar Rivas, decidió de forma sospechosa suspender la constitución judicial de varias propiedades de Ypytá. La magistrada de Paz de la mencionada zona no debió suspender la diligencia judicial, atendiendo a que el abogado Emerson Dutra presentó un simple escrito alegando ser el representante legal de Ronaldo Braga Diniz. Sin embargo, de acuerdo con las constancias del expediente principal, el citado profesional del derecho no tendría intervención en el juicio principal, por lo que la magistrada Agüero carecía de motivos válidos para frenar el procedimiento.
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Otro punto irregular es que la jueza de Paz realizó una consulta sobre la existencia de una decisión de suspensión de la constitución judicial, la cual no fue contestada por el juez Rivas. Igualmente sobre la determinación que adoptó a última hora el juez Rivas de posponer la diligencia judicial, la representante legal de Ypytá presentó una reposición por lo que seguía firme la decisión de realizar la diligencia judicial. Esta omisión genera aún más dudas sobre la actuación de la jueza de Paz de Pedro Juan Caballero, Ángela Agüero, y del criticado magistrado Édgar Rivas Laguardia.
Dudas en su actuación
La actuación del juez Rivas Laguardia genera sospechas debido a que determinó la suspensión a solo horas de llevarse a cabo el procedimiento. Esto ocurrió a pesar de que la abogada de Braga Diniz ya había comunicado, los días 7 y 14 de octubre, que existían recursos pendientes de resolución en la máxima instancia judicial.
Juez tardó nueve meses
El magistrado Rivas Laguardia tardó nueve meses en autorizar la realización de la constitución judicial a la Universidad Autónoma San Sebastián de Pedro Juan Caballero y a otras propiedades de la firma Ypytá, pero suspendió dicha diligencia en cuestión de minutos. Esto genera fuertes sospechas sobre si pudo existir algún tipo de motivación extra para tomar tal decisión.
Corte debe estudiar confirmación
El pleno de la Corte Suprema de Justicia deberá estudiar si corresponde confirmar en su cargo al juez Édgar Rivas Laguardia, fuertemente cuestionado por su sospechosa actuación en este juicio civil. Los ministros de la máxima instancia judicial tendrán la tarea de definir si confirman al magistrado o, en su defecto, apuestan por una figura nueva y más transparente para el cargo de juez civil de Asunción.
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Denuncian campaña de “difamación”
La oficina del primer ministro israelí, Benjamin Netanyahu, denunció ayer una campaña de “difamación” contra Israel y sus colonos en Cisjordania ocupada, después del ataque contra una comitiva diplomática europea.
Estas informaciones “surgen en medio de la preocupación por una campaña coordinada para difamar a Israel y a los residentes judíos de Judea y Samaria durante la cosecha anual de aceitunas, recurriendo a titulares sensacionalistas antes de que se conozcan todos los hechos”, señaló su oficina en un comunicado, utilizando el nombre bíblico de Cisjordania.
Poco antes, el ministro israelí de Relaciones Exteriores, Gideon Saar, había “condenado enérgicamente estos graves actos de violencia” y atribuido el ataque a “alborotadores israelíes”.